Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/3/2022

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 40

solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES S.L.
Domicilio: C/ Ronda del Pelirón, 5 - 11405 Jerez de la Frontera Cadiz Lugar donde se va a establecer la instalación: AVENIDA VILLA HORACIA
Término municipal afectado: Sanlúcar de Barrameda Finalidad: mejoras
Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación del Gobierno es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo previsto en los arts. 49 y 58.2.3º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por Decreto 122/2021, de 16 de marzo; la Disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre; y con lo previsto en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,
RESUELVE
CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVADE CONSTRUCCIÓN, a EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES
S.L. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:
SOTERRAMIENTO DE LA LAMT A 15 KV DONOMINADA ROCIO ENTRE EL
APOYO A120723 A SUSTITUIR Y EL APOYO A122604
COORDENADAS UTM ETRS89 HUSO: 29
A120723 a sustituir: X: 733905; Y: 4072090
Arqueta A2 nº6 a instalar: X: 734122; Y: 4072252

L.A.M.T.
- Desmontaje , junto con cuatro apoyos existentes, del tramo de línea aérea S/C entr el apoyo A120726 existente y el apoyo A122604 a retirar, longitud de 515 m.
- Desmontaje de la línea aérea S/C entre el apoyo A120723 a sustituir y el apoyo A120724 existente, longitud 60 m.
- Instalación de un nuevo apoyo A120723 de celosía ,conversión aérea-subterránea, juego de tres autoválvulas y juego de seccionadores - Nueva línea aérea de media tensión a 15 kV con conductor 67-AL1/11- ST1A LA78 S/C,
L.S.M.T.
- Desmontaje del tramo de línea subterránea de media tensión, entre el apoyo A122604
a retirar y la arqueta A2 nº6 a instalar, longitud 10 m.
- Nueva línea subterránea de media tensión S/C, con conductor RH5Z1 18/30 kV
3x1x240 mm2 Al XLPE, entre el nuevo apoyo A120723 y la arqueta A2 nº6 a instalar, donde se realizará empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 37 del CD-23388, longitud 325 m.

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación de Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación de Gobierno a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier
2 de marzo de 2022

momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recuso de alzada ante la persona titular de Consejería de Hacienda y Financiación Europea en el plazo de UN 1 MES contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Doce de noviembre de dos mil veintiuno. LA DELEGADA DEL GOBIERNO
EN CÁDIZ. FIRMADO: ANA MARÍA MESTRE GARCÍA.
Nº 103.530/21


CONSEJERIA DE HACIENDA Y FINANCIACION EUROPEA
CÁDIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ POR LA QUE
SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIAYAUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE
ALTA TENSIÓN. Expediente: AT-14666/21.

Visto el expediente AT-14666/21, incoado en esta Delegación de Gobierno, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES S.L.
Domicilio: C/ Ronda del Pelirón, 5 - 11405 Jerez de la Frontera Emplazamiento de la instalación: COORDENADAS UTM ETRS89 HUSO: 29
CD-22846 CDA-CIUDAD.JARDIN: X: 756053; Y: 4034797
Apoyo A122404 a sustituir: X: 756373; Y:4074540
Términos municipales afectados: Chiclana de la Frontera Finalidad de la instalación: mejoras
Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación del Gobierno es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo previsto en los arts. 49 y 58.2.3º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por Decreto 122/2021, de 16 de marzo; la Disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre; y con lo previsto en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,
RESUELVE
CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVADE CONSTRUCCIÓN, a EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES
S.L. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:
SOTERRAMIENTO Y RECONFIGURACION DE LAS LINEAS DE MT A 20
Kv DENOMINADAS PTO_REAL, TORNO, CHICLANA, CTRA_MEDIN, AVD.
MUEBLE Y ALBORAN

L.A.M.T.
- Desmontaje , junto con siete apoyos existentes, del tramo de línea aérea S/C entre el apoyo A102405 y A102396 , longitud 1095 m.
- Sustitución del apoyo A102404 por un nuevo apoyo de celosía.
- Nueva línea aérea de media tensión a 20 kV con conductor 47-AL1/8-ST1A LA-56
S/C, entre el apoyo A102404 y el apoyo A102405, longitud 125 m.
- Instalación en el nuevo apoyo A102404, de una conversión aérea-subterránea juego de tres autoválvulas,; juego de seccionadores unipolares y antiescalo.
- Instalación en los apoyos A102400 y PT-22840 MARQUESADO, dos conversiones aéreasubterráneas, dos juegos de tres autoválvulas, dos juegos de seccionadores unipolares y antiescalo.

L.S.M.T.
- Desmontaje del tramo de línea subterránea S/C, entre el centro de transformación CD-103373 CALLEJ.PELIGRA y el apoyo A102396 , longitud 15 m.
- Desmontaje del tramo línea subterránea S/C, entre la arqueta nº21 y la arqueta nº22, donde se cortará el conductor para sus posteriores empalmes con las nuevas L.S.M.T., longitud 5 m.
- Desmontaje del tramo de línea subterránea S/C, entre la arqueta nº19 y la arqueta nº20, donde se cortará el conductor para sus posteriores empalmes con las nuevas L.S.M.T., longitud 5 m.
- Desmontaje del tramo de línea subterránea S/C, entre los centros de transformación

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/3/2022

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data02/03/2022

Conteggio pagine15

Numero di edizioni6020

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione21/06/2024

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