Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/9/2020

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 18

B.O.P. DE CADIZ NUM. 186

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 337/2016 a instancia de la parte actora D/D. KILIAM CASTILLA PRIETO contra ARNALADUANAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado DILIGENCIA
ORDENACIÓN de fecha 20/08/2020 del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DEL LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/SRA D/D JESUS MARIA SEDEÑO
MARTINEZ En Algeciras, a veinte de agosto de dos mil veinte.A la vista del contenido del escrito presentado, se señala para que tenga lugar la comparecencia prevista en el art. 256.2 de la LRJS, el próximo día VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DE
2020 A LAS 10:00 HORAS ante el Sr. Letrado de la Administración de Justicia, previniendo a las mismas que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse y puedan practicarse en el acto, advirtiéndose a la parte actora que de no comparecer por sí o persona que la represente, se la tendrá por decaída de su petición y que de no hacerlo la demandada por sí o representante legal, se celebrará el acto sin su presencia.Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo de citación en forma a las mismas. MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS
hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Lo acuerdo y firmo. Doy fe. EL/
LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación al demandado ARNAL ADUANAS SL
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a veintiuno de agosto de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ.
Firmado.
Nº 50.572


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
CADIZ
EDICTO

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL
NUMERO 3 DE CADIZ.

HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 984/2019, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de JOSE GIL FLOR, FERNANDO ROSSI
ARAGON, MIGUEL ANGEL TELLO VIRUES y ALFONSO JAVIER CEBALLOS
MELERO contra SERVICIOS INTEGRALES Y PROYECTOS 2012 S.L., en la que con fecha 26/8/20 se ha dictado Decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Declarar al ejecutado SERVICIOS INTEGRALES Y PROYECTOS 2012
S.L. en situación de INSOLVENCIA por importe de 5.312,81.- euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Archívese el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 SocialRevisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 SocialRevisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/
mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Y para que sirva de notificación en forma a SERVICIOS INTEGRALES
Y PROYECTOS 2012 S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En CADIZ, a cuatro de septiembre de dos mil veinte. EL/LA SECRETARIO/A
JUDICIAL. Fdo.: Angel Luis Sánchez Periñan.
Nº 50.581


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
CADIZ
EDICTO
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL

28 de septiembre de 2020

NUMERO 3 DE CADIZ.

HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm.
210/2020, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de JOSE MARIA CALVO
CAUCELO contra PESCADOS NAVARRETE REYES, S.L., en la que con fecha 26/8/20 se ha dictado Decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Declarar al ejecutado PESCADOS NAVARRETE REYES, S.L. en situación de INSOLVENCIA por importe de 10.258,98.- euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Archívese el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 SocialRevisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 SocialRevisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/
mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Y para que sirva de notificación en forma a PESCADOS NAVARRETE
REYES, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En CADIZ, a veintisiete de agosto de dos mil veinte. EL/LA SECRETARIO/A
JUDICIAL. Fdo.: Angel Luis Sánchez Periñan.
Nº 50.583


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
CADIZ
EDICTO

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL
NUMERO 3 DE CADIZ.

HACE SABER:

Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 940/2019, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de JOSE LUIS RIEGO MUÑOZ contra EUROEXTINTORES FM SLU, en la que con fecha 22/6/20 se ha dictado Decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Declarar al ejecutado EUROEXTINTORES FM SLU en situación de INSOLVENCIA por importe de 15.947,64.- euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Archívese el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 SocialRevisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 SocialRevisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/
mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en forma a EUROEXTINTORES FM
SLU, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En CADIZ, a cuatro de septiembre de dos mil veinte. EL/LASECRETARIO/A
JUDICIAL. Fdo.: Angel Luis Sánchez Periñán.
Nº 50.588

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/9/2020

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data28/09/2020

Conteggio pagine19

Numero di edizioni6018

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione06/06/2024

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