Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/9/2020

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 8

B.O.P. DE CADIZ NUM. 184

celebradas en Sala podrán ser descargadas en Arconte-Portal por aquellos profesionales que estén habilitados en el Censo del Ministerio de Justicia mediante Certificado Digital, en las primeras 48 horas desde que sean autorizados por el Órgano Judicial.

- Solo podrán descargarse en un plazo de 60 días, pasados los cuales no estarán disponibles.

- Dar cuenta a S.S del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC.

Notifíquese la presente resolución a las partes
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

LOS PLAZOS CONTENIDOS EN LA PRESENTE RESOLUCIÓN SE
ENCUENTRAN SUSPENDIDOS CON MOTIVO DEL ESTADO DE ALARMA, REANUDÁNDOSE UNA VEZ FINALICE EL MISMO.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación al demandado GADUCON SERVICIOS
INTEGRALES SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En SEVILLA, a dos de septiembre de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 49.575


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 504/2018. Negociado: 6. N.I.G.:
1102044420180001446. De: D/D. FRANCISCO JAVIER BOCANEGRA MUÑOZ.
Abogado: EMILIO ALVAREZ TIRADO. Contra: TIERRAPLEX S.L.

D/D. ROSARIO MARISCAL RUIZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2
DE JEREZ DE LA FRONTERA.

HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 504/2018 se ha acordado citar a TIERRAPLEX S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 07 DE OCTUBRE DE 2020 A LAS 09:15 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Av. Álvaro Domecq. Edificio Alcazaba debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a TIERRAPLEX S.L..

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Jerez de la Frontera, a dos de septiembre de dos mil veinte. EL/LA
LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 49.593


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
HUELVA
EDICTO

D/D M CARMEN HINOJO CERVIÑO, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2
DE HUELVA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 221/2018 a instancia de la parte actora D/D. SHEREZADE MARQUEZ CANCIO contra FOGASA y SERVICIOS INTEGRALES DE PERSONAL S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado SENTENCIA de fecha 30/07/2020 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda iniciadora de los autos nº 221/18 formulada por doña Sherezade Márquez Cancio frente a Servicios Integrales de Personal S.L. y FOGASA se condena a la empresa a que abone a la actora la suma de MIL OCHENTA
Y CINCO CON CATORCE EUROS 1085,14 EUROS, más intereses moratorios en la
24 de septiembre de 2020

cuantía de ONCE CON CINCUENTA Y UN EUROS 11,51€, debiendo el FOGASA
estar y pasar por dicha declaración.

Notifíquese esta sentencia a las partes con información de que contra dicha resolución NO cabe recurso alguno por ser FIRME.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado SERVICIOS INTEGRALES
DE PERSONAL S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En HUELVA, a uno de septiembre de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 50.376

VARIOS
CAMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA
Y SERVICIOS DE JEREZ DE LA FRONTERA
CONVOCATORIA PROGRAMA
INNOCÁMARAS 2020 - CÁMARA JEREZ
BDNSIdentif.:522946

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/
convocatoria/522946

La Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Jerez de la Frontera informa de la Convocatoria Pública de ayudas para el desarrollo de Planes de implantación de soluciones innovadoras en el marco del Programa InnoCámaras, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER de la Unión Europea.

Primero. Beneficiarios Pymes y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Jerez, que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE de la demarcación de la Cámara de Comercio de Jerez.

Segundo. Objeto Concesión de ayudas para desarrollar Planes de implantación de soluciones innovadoras, que incluyen dos fases secuenciales y progresivas: Fase de Asesoramiento Diagnóstico gratuita y Fase de Implantación subvencionada en un 70%.

Tercero. Convocatoria El texto completo de esta convocatoria está a disposición de las empresas en la sede de la Cámara de Jerez. Además, puede consultarse a través de la web www.camarajerez.es/innocamaras2020En dicha dirección podrá descargarse, junto con la convocatoria, la documentación necesaria para realizar la solicitud.

Cuarto. Cuantía El presupuesto máximo de ejecución del Programa en el marco de esta convocatoria es de 86.215,00 €, enmarcado en el Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020.

La Fase I de Diagnóstico será cofinanciado por FEDER y la Cámara De Comercio de Jerez, por lo que este servicio será gratuito para las empresas participantes,
La Fase II de Ayudas tendrá un coste máximo elegible por empresa de 7.000
€, prefinanciado en su totalidad por la empresa beneficiaria y cofinanciado al 70% por FEDER, siendo por tanto la cuantía máxima de ayuda por empresa de 4.900,00 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para la presentación de solicitudes se abre a las 09:00h, una vez transcurridos 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y hasta las 14:00h del día 30 de noviembre de 2020, si bien el plazo podrá acortarse en caso de agotarse el presupuesto.

Jerez de la Frontera, 09 de septiembre de 2020. José Manuel Perea Rosado.
Secretario General.
Nº 49.956

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.P

Asociación de la Prensa de Cádiz Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia Administración: Calle Ancha, nº 6. 11001 CADIZ
Teléfono: 956 213 861 4 líneas. Fax: 956 220 783
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SUSCRIPCION 2020: Anual 115,04 euros.
Semestral 59,82 euros. Trimestral 29,90 euros.
INSERCIONES: Previo pago Carácter tarifa normal: 0,107 euros IVA no incluido.
Carácter tarifa urgente: 0,212 euros IVA no incluido.
PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
Depósito Legal: CAI - 1959

Ejemplares sueltos: 1,14 euros

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/9/2020

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data24/09/2020

Conteggio pagine7

Numero di edizioni6017

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione15/05/2024

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