Diario Oficial de Extremadura del 6/4/2020

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Source: Diario Oficial de Extremadura

NÚMERO 67
Lunes, 6 de abril de 2020

13401

En esta línea, y tratándose de una situación excepcional, se han aprobado y publicado en el Diario Oficial de Extremadura cuatro normas con rango de decreto-ley. En concreto:
El Decreto-ley 1/2020, de 18 de marzo, por el que se establecen medidas liberalizadoras de los horarios de apertura de las actividades comerciales habilitadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionado por el COVID 19;
El Decreto-ley 2/2020, de 25 de marzo, de medidas urgentes de carácter tributario para paliar los efectos del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Extremadura; y El Decreto-ley 3/2020, de 25 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes y extraordinarias en el ámbito administrativo para responder al impacto de la crisis ocasionada por el COVID-19.
Decreto-ley 4/2020, de 1 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias en el ámbito de la contratación pública para responder al impacto de la crisis ocasionada por el COVID-19.
No obstante, dada la evolución de la situación sanitaria, así como la cambiante normativa dictada por las autoridades competentes en el estado de alarma, la Junta de Extremadura considera ineludible seguir arbitrando medidas urgentes y excepcionales, complementarias de las anteriores.
II
Con ese propósito, se aprueba el presente decreto-ley de medidas urgentes y extraordinarias en materia de política social y sanitaria. Esta norma tiene un doble objetivo. En primer lugar, introducir una serie de medidas estrechamente vinculadas con el estado de alarma cuya finalidad es garantizar la atención de los colectivos más vulnerables durante la vigencia de este.
Así, se eliminan aquellos obstáculos que impiden acreditar el mantenimiento de los requisitos para ser perceptores de determinadas prestaciones sociales básicas durante su vigencia, se adoptan medidas excepcionales de renovación automática de prestaciones próximas a expirar y se faculta a la Consejería de Sanidad y Sociales para flexibilizar, provisionalmente, los requisitos de acceso, sin perjuicio de ulteriores comprobaciones de estos. Por otra parte, se permite agilizar la tramitación y resolución de convocatorias de subvenciones actualmente no publicadas y destinadas a la financiación de programas de atención social y sociosanitaria que se vienen desarrollando durante todo el año y que son fundamentales en el actual contexto socioeconómico y, finalmente, se introducen modificaciones en el régimen de pagos de actuaciones concertadas para garantizar el sostenimiento de los servicios en el marco de atención a la discapacidad en Extremadura.

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Diario Oficial de Extremadura del 6/4/2020

TitoloDiario Oficial de Extremadura

PaeseSpagna

Data06/04/2020

Conteggio pagine41

Numero di edizioni7253

Prima edizione17/01/1984

Ultima edizione24/06/2024

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