Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 09/09/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.069
Salta, jueves 9 de septiembre de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Pulleiro - Villada I
Fechas de publicación: 09/09/2021
OP N: SA100039100

SALTA, 31 de Agosto de 2021
DECRETO Nº 722
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Expediente Nº 50-142141/2014 y Cpde. 4.
VISTO las actuaciones sumariales obrantes en el expediente de referencia relativas a la situación del Sub Adjutor del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta SPPS, Eduardo Ángel David Aguirre, LP Nº 3097; y, CONSIDERANDO:
Que las mismas se inician a raíz del informe elaborado por la Dirección de Cuerpo Penitenciario del SPPS relacionado con las inasistencias registradas por el referido agente al 31/01/14, como personal dependiente de la Unidad Carcelaria Nº 1-Salta;
Que el referido informe da cuenta que el agente Aguirre registró seis 6
inasistencias sin aviso injustificadas y discontinuas al servicio durante el año 2014, lo que se encuentra tipificado como una falta muy grave en el artículo 1º, Letra I, del Decreto Nº 360/1970, que amerita la baja del agente;
Que las inasistencias imputadas quedaron debidamente acreditadas con las constancias agregadas a fojas 6/7, 8/9, 10/11, 12/13, 14/15 y 16/17;
Que, asimismo, conforme las constancias obrantes a fojas 19 y 32 se encuentra acreditado que el citado agente tomó conocimiento de los tramites de baja por la falta cometida, sin haber formulado descargo conf. artículo 3º del Reglamento de Investigaciones Administrativas para el Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, aprobado mediante el Decreto Nº 4.541/2008;
Que además, encontrándose incorporados los informes emitidos por las áreas correspondientes, surge que la desvinculación del agente sería a partir del 26/02/2014, una vez que el mismo haya gozado las licencias que tuviese pendiente de usufructuar;
Que, por otra parte, han tomado debida intervención los servicios jurídicos de la Dirección de Cuerpo Penitenciario del SPPS conf. Dictamen Nº 263/2014, de la entonces Subsecretaría de Políticas Criminales y Asuntos Penitenciarios conf. Dictamen Nº 179/2014, y del Ministerio de Seguridad conf. Dictamen Nº 1302/2020, los cuales aconsejan la sanción disciplinaria al agente baja y el dictado del instrumento legal pertinente;
Que resulta dable señalar que en el procedimiento sumarial llevado a cabo para determinar la responsabilidad disciplinaria del agente Aguirre se ha respetado el derecho de defensa y el debido proceso conf. artículos 18 de la Constitución Nacional y Provincial, motivo por cual no se observan vicios que lo invaliden y, consecuentemente, la medida expulsiva solicitada resulta ajustada a derecho;
Que debe tenerse presente que la Corte de Justicia de Salta ha manifestado en diversas oportunidades que "el ejercicio del poder disciplinario constituye una potestad
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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 09/09/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data09/09/2021

Conteggio pagine76

Numero di edizioni2486

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione24/06/2026

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