Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/09/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.068
Salta, miércoles 8 de septiembre de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

cumplimiento en tiempo y forma al requisito establecido en el artículo 4º apartado a de la Resolución Conjunta Nº 216 D/2018 el cual establece que: Presentar ante el Área de Personal de su dependencia nota de solicitud del otorgamiento de la Bonificación Extraordinaria, en el plazo de veinte 20 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la intimación para dar inicio a los trámites jubilatorios, acompañando la constancia de Alta del expediente
Que en consecuencia, correspondería hacer efectivo el apercibimiento previsto por el último párrafo del artículo 4 apartado b de la Resolución Nº 216 D/2018: La falta de presentación de la solicitud de otorgamiento de la Bonificación Extraordinaria dentro de los plazos establecidos en los incisos a y b, producirá la caducidad del derecho a su percepción.;
Que, conforme surge de autos, se intimó al señor Miranda a iniciar el trámite previsional en fecha 04 de abril de 2018, presentando la solicitud de otorgamiento de la Bonificación Extraordinaria en fecha 09 de mayo de 2018, es decir, fuera de los veinte 20
días establecidos por la norma citada;
Que, a mayor abundamiento, cabe añadir que la Resolución Nº 530/2020 del Ministerio de Salud Pública, resolvió las peticiones del impugnante de conformidad con lo expresamente establecido por el marco normativo aplicable al caso, resultando la misma, en un todo ajustada a derecho;
Que en virtud de todo lo expuesto, mediante Dictamen Nº 66/2021 la Fiscalía de Estado manifiesta que correspondería rechazar el recurso jerárquico interpuesto por el señor Antonio Miranda, en contra de la Resolución Nº 530/20 del Ministerio del rubro;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por los artículos 140 segundo párrafo, y 144 inciso 2º, de la Constitución Provincial y de las competencias atribuidas en la Ley Nº 8.171, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por el señor ANTONIO
MIRANDA, DNI Nº 8.459.525, ex agente de la Dirección General de Primer Nivel de Atención Área Operativa LVIZona Norte, contra la Resolución Nº 530/2020 del Ministerio de Salud Pública, por los motivos expuestos en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Esteban - Villada I
Fechas de publicación: 08/09/2021
OP N: SA100039071

SALTA, 31 de Agosto de 2021
DECRETO Nº 703
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Expediente Nº 44-246891/2020
VISTO el Recurso de Reconsideración interpuesto por el ex agente de la Policía de la Provincia de Salta, José Mauro Salas, en contra del Decreto Nº 175/2020; y,
Pág. N 9

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/09/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data08/09/2021

Conteggio pagine64

Numero di edizioni2481

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione16/06/2026

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