Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/09/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.068
Salta, miércoles 8 de septiembre de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

disciplinario que la administración tiene sobre sus agentes, constituye una manifestación de su propia y específica actividad que se orienta a satisfacer el bien común, regulada por normas de derecho administrativo, sea en sus aspectos sustanciales como procesales. En tal sentido, el fundamento del ius puniendi, en materia de empleo público, no es otro que una particular manifestación del poder de la administración pública para lograr la ejecución y el cumplimiento del contrato administrativo de función o empleos públicos, pues no hay que olvidar que, en definitiva, la potestad disciplinaria es un complemento de la potestad imperativa o de mando Fiorini, Bartolomé A., Derecho Administrativo, Abeledo Perrot, 1976, pág. 846; Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, Abeledo Perrot, 1994, Tomo lll-B, pág. 417 conf. CJS, Tomo 234:751/764;
Que en virtud de lo establecido en el artículo 8º, inciso a, apartado 5, de la Ley Nº 6.831, se ha dado la intervención pertinente a la Fiscalía de Estado conf. Dictamen Nº 421/2020, quien concluyó que correspondería aplicar la correspondiente sanción expulsiva;
Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82, inciso d, de la Ley Nº 5.639 - Orgánica del Servicio Penitenciarioy en el artículo 1º, Letra D, segundo párrafo del Decreto Nº 360/1970, la sanción de baja debe ser dispuesta por Decreto del Poder Ejecutivo;
Por ello, en uso de las potestades conferidas en el artículo 144, inciso 2, de la Constitución Provincial, y en las competencias atribuidas en el artículo 2º de la Ley Nº 8.171, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la baja del Cabo del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, ISIDRO HERRERA, DNI Nº 32.371.450, Clase 1985, Legajo Personal Nº 3290, de conformidad con lo establecido en el artículo 82, inciso d, de la Ley Nº 5.639 y en el artículo 1º, Letra D, segundo párrafo del Decreto Nº 360/1970 - Régimen Disciplinario para el Personal Penitenciario de la Provincia de Salta-, por haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 1º, Letra I, del mismo Decreto, dejándose establecido que la medida disciplinaria se configura para todos los efectos legales y administrativos desde el día 05 de marzo de 2017, conforme a los fundamentos expresados en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Pulleiro - Villada I
Fechas de publicación: 08/09/2021
OP N: SA100039077

SALTA, 31 de Agosto de 2021
DECRETO Nº 709
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Expediente Nº 0080050-21910/2020-0
VISTO las actuaciones sumariales obrantes en el expediente de referencia, relativas a la situación del agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta SPPS, Carlos José Miguel Tayagui Millares, LP Nº 4091; y, CONSIDERANDO:
Que las mismas se inician a raíz del informe elaborado por la Dirección de
Pág. N 19

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/09/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data08/09/2021

Conteggio pagine64

Numero di edizioni2483

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione19/06/2026

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