Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/09/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.064
Salta, jueves 2 de septiembre de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

origen a las presentes actuaciones se asienta básicamente en dos aspectos principales: 1 La supuesta gravabilidad de los cánones locativos cobrados por la Cooperativa por la locación de inmuebles celebrada con terceros, los que no se encontrarían alcanzados por el impuesto en cuestión -afirma-, ya que la Cooperativa como tal puede recurrir a cualquier medio admitido estatutariamente para la obtención de recursos que coadyuven al cumplimiento de sus fines; 2 La supuesta gravabilidad de los ingresos provenientes por la fabricación de abonos y compuestos de nitrógenos en la Provincia de Salta cuya actividad industrial se encuentra en principio exenta del pago del tributo -arg artículo 174, inciso w, del Código Fiscal-, por haber omitido reiteradamente la recurrente practicar la percepción del impuesto a sus compradores conforme lo dispone el artículo 14 bis I de la Ley Nº 6.611, lo que derivaría en la pérdida de la exención establecida para la actividad industrial;
Que la Administración Tributaria dispuso los procedimientos previstos en los artículos 33 y 47 del Código Fiscal, y dio cumplimiento con la vista legal respectiva;
Que, en el caso de autos, la metodología empleada por el Organismo Recaudador para determinar la deuda tributaria fue acertada y legal, pues se ajusta a las pautas establecidas en el Código Fiscal;
Que la recurrente, en primer término, argumentó que dada su naturaleza jurídica sociedad cooperativano procedía la imposición fiscal por cuanto el hecho imponible contenido en el artículo 159 del Código Fiscal no respeta lo establecido en el artículo 9, inciso b, apartado 1º, de la Ley Nº 23.548 de Coparticipación Federal, por lo que - en virtud de las disposiciones de esta Ley nacional-, la norma del Código ha quedado tácitamente derogada;
Que en este sentido corresponde aclarar que el hecho de que la quejosa no sea una empresa comercial o que estatutariamente no tenga fines de lucro, no la habilita a encuadrar automáticamente todas sus actividades en las previsiones de una norma jurídica -la de la Ley de coparticipación federalque solo estableció pautas básicas para la aplicación del gravamen en cuestión, máxime cuando el hecho imponible del Impuesto sobre las Actividades Económicas se configuró con la sola circunstancia de que la Cooperativa cumplió en forma habitual actividades regulares y a título oneroso ligadas, verbigracia, a la locación comercial de inmuebles con terceros -no asociados-, persiguiendo claramente con ello un fin de lucro;
Que por ello, y respecto a los alquileres de los inmuebles ubicados sobre calle Esteco 680 y del ubicado dentro de las instalaciones de la cooperativa, corresponde señalar que los mismos se encuentran alcanzados por el Impuesto a las Actividades Económicas, en virtud de lo dispuesto por el artículo 159 del Código Fiscal, el cual grava: El ejercicio habitual y a titulo oneroso en jurisdicción de la Provincia de Salta de las locaciones de bienes, obras y servicios o de cualquier otra actividad -lucrativa o nocualquiera sea la naturaleza del sujeto que la preste, incluidas las sociedades cooperativas;
Que en consecuencia, los ingresos monetarios percibidos por la recurrente provenientes de dichas operatorias, no se encuentran alcanzados por ninguno de los beneficios exentivos establecidos en el artículo 174 del Código Fiscal;
Que en cuanto a la fabricación industrial de abonos y compuestos de nitrógeno producidos por la recurrente, resulta conveniente destacar que dicha actividad en principio se encuentra exenta del gravamen, cuando el contribuyente cumple con los requisitos que establece el artículo 174, inciso w, del Código Fiscal y el artículo 14 bis I, de la Ley Nº 6.611
Ley Impositiva;
Que sin embargo, se advierte que la impugnante no cumplió con las exigencias legales contenidas en el artículo 14 bis I, de la Ley Nº 6.611, al no haber actuado como
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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/09/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data02/09/2021

Conteggio pagine72

Numero di edizioni2483

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione19/06/2026

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