Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 24/08/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.057
Salta, martes 24 de agosto de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
tuviere pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72
del Decreto Nº 1.950/1977 modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2.875/1997, debiendo cesar, al finalizar estas, el pago de sus haberes;
Que es necesario dejar expresamente establecido que, al pasar a retiro voluntario la Comisario Valdez, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c, del Decreto Nº 248/1975; como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1.950/1977;
Que, por lo expresado y atento al Dictamen Nº 911/2021 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, es procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;
Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 5.519, Nº 6.818 y Nº 8.128, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Voluntario de la Comisario de la Policía de la Provincia de Salta, INÉS LILIANA VALDEZ, DNI Nº 21.768.382, Clase 1971, Legajo Personal Nº 10.193, Cuerpo Administrativo, Oficinista e Intendencia -Escalafón Únicoen mérito a las razones enunciadas en el considerando del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a retiro de la agente, deberá hacer uso de las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72
del Decreto Nº 1.950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2.875/1997.
ARTÍCULO 3º.- Déjase aclarado que la Comisario de la Policía de la Provincia, Inés Liliana Valdez, DNI Nº 21.768.382, Clase 1971, Legajo Personal Nº 10.193, cuyo pase a retiro voluntario se dispone en el artículo 1º del presente, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c, del Decreto Nº 248/1975, como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1.950/1977.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ -Pulleiro -Villada I
Fechas de publicación: 24/08/2021
OP N: SA100038929
DECISIONES ADMINISTRATIVAS
SALTA, 20 de Agosto de 2021
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 363
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA
VISTO, el Decreto Nº 13/19 y las necesidades de servicio presentada en el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia; y, CONSIDERANDO
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