Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 12/08/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.050
Salta, jueves 12 de agosto de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
Que la Subsecretaría de Personal de la Provincia intervino expidiéndose por la viabilidad de lo solicitado;
Que en virtud de las competencias asignadas mediante Ley Nº 8.171 a esta Cartera de Estado, corresponde el dictado del presente instrumento;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 1.595/2012, LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar, con vigencia al 09 de marzo de 2021, la renuncia al cargo Nº de Orden 390, presentada por la señora AZUCENA FABIANA MÉNDEZ, DNI Nº 10.633.561, Agrupamiento Mantenimiento y Servicios Generales, Subgrupo 1, del Centro de Desarrollo Infantil San Francisco Solano - Pichanal, de la Secretaría de Primera Infancia; Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, por haber obtenido el beneficio jubilatorio.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la citada agente no se realizará el examen psicofísico de egreso.
ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Figueroa Fechas de publicación: 12/08/2021
OP N: SA100038849
SALTA, 06 de agosto de 2021
RESOLUCIÓN Nº 402 D
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 38.114/2021-código 376.
VISTO la renuncia presentada por la señora Lidia Galarza, personal de planta permanente del Ministerio de Desarrollo Social; y, CONSIDERANDO:
Que la misma se fundamenta en la obtención del beneficio jubilatorio;
Que conforme lo establece el artículo 8º, inciso f, de la Ley Nº 5.546 Estatuto del Empleado Público -modificado por el artículo 15 de la Ley Nº 8.064-, una vez que el agente obtenga el beneficio jubilatorio, corresponde emitir el pertinente acto administrativo de extinción de empleo público;
Que en tal sentido, la señora Galarza no realizó el examen médico de egreso, no registra sumario administrativo en trámite, ni posee bienes patrimoniales a su cargo;
Que la Subsecretaría de Personal de la Provincia intervino expidiéndose por la viabilidad de lo solicitado;
Que en virtud de las competencias asignadas mediante Ley Nº 8.171 a esta Cartera de Estado, corresponde el dictado del presente instrumento;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 1.595/2012, LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar, con vigencia al 17 de febrero de 2021, la renuncia presertada por la
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