Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 04/08/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.044
Salta, miércoles 4 de agosto de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
124/20; y, CONSIDERANDO:
Que se procede a designar al señor Jordán Eduardo Jesús Vargas en la función de Gerente Administrativo del Hospital Dr. Ramón Carrillo de Iruya;
Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto la Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 16/19, EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Con vigencia al 09 de junio del 2021, designar al señor JORDAN EDUARDO
JESUS VARGAS DNI Nº 37.960.538, en el cargo de GERENTE ADMINISTRATIVO del Hospital Dr. Ramón Carrillo de Iruya, función 8 Decreto Nº 1.034/96.
ARTÍCULO 2º.- Con igual vigencia y hasta la aprobación del nuevo régimen remunerativo para el personal incluido en el articulo 3º inciso g de la Ley Nº 7.678 y por aplicación del artículo 31, el señor JORDAN EDUARDO JESUS VARGAS DNI Nº 37.960.538, percibirá los haberes que les corresponden a un personal del Estatuto de la Carrera Sanitaria para el Personal de Salud Pública de Salta, incluido en el agrupamiento: Administrativo, subgrupo:
2, con régimen horario de dedicación exclusiva y Disponibilidad Permanente Categoría C
Zona E" y el adicional por función jerárquica equivalente a Jefe de División.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA 081007001500 - Cuenta Objeto: 411000 - Gastos en Personal Ejercicio Vigente.
ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Esteban - Villada I
Fechas de publicación: 04/08/2021
OP N: SA100038798
RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS
RESOLUCIÓN Nº 222
TRIBUNAL ELECTORAL DE LA PROVINCIA
SALTA, 3 de Agosto de 2021.
Y VISTA: La campaña electoral; y CONSIDERANDO:
Que mediante Actas Nros. 7.968 y 8.002, y Resolución N 208/21 se aprobaron los Cronogramas Electorales para las elecciones generales de autoridades provinciales y municipales, y de convencionales constituyentes, fijando, de conformidad a lo establecido en el artículo 40 de la Ley Nº 7.697 y modificatorias, como fecha de inicio para la campaña electoral, el día 16 de julio del corriente año.
Que a través del Decreto N 190/2021 se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 8.188 y su modificatoria Ley Nº 8.206, que declara el estado de emergencia sanitaria en el territorio de
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