Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 04/08/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.044
Salta, miércoles 4 de agosto de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
la provincia de Salta.
Que en ese sentido, el Comité Operativo de Emergencia creado para atender la problemática vinculada a la prevención, asistencia y control de estado de emergencia sanitaria, dispuso la implementación de diversas medidas conducentes a evitar la propagación del Covid-19.
Que las medidas adoptadas son, entre muchas otras, el distanciamiento físico, la utilización de tapabocas/barbijo cuando se está cerca de otros personas, evitar la aglomeración de personas y la ventilación permanente de los ambientes Resoluciones del COE Nros. 11/21 y 18/21.
Que durante la reunión mantenida con autoridades del gobierno provincial y del Comité Operativo de Emergencia Provincial en fecha 30 de julio, se advirtió sobre presuntas infracciones a los protocolos vigentes por parte de distintas fuerzas políticas en el marco de la campaña proselitista, y se solicitó a este Tribunal colaboración a fin de que las fuerzas políticas y los candidatos intervinientes en la contienda electoral, observan las medidas sanitarias vigentes.
Que el artículo 41 de la Constitución Provincial establece que "La salud es un derecho inherente a la vida y, su preservación es un deber de cada persona. Es un bien social.
Compete al Estado el cuidado de mental y social de las personas".
Que en ese orden, el conjunto de actividades desarrolladas por las fuerzas políticas, sus candidatos o terceros, mediante actos de movilización o concentración de personas no están exentas del cumplimiento de la normativa vigente y deben desarrollarse con estricto acatamiento de los protocolos y restricciones dictadas por las autoridades sanitarias de la provincia.
Por ello, EL TRIBUNAL ELECTORAL DE LA PROVINCIA
RESUELVE:
I. INSTAR a todas las fuerzas políticas y a todos los candidatos que participarán en las elecciones generales del 15 de agosto del presente año, a observar durante sus campañas proselitistas, todas las medidas de seguridad sanitaria dispuestas por el Comité Operativo de Emergencia, especialmente aquellas referidas al distanciamiento social, uso obligatorio de barbijo y limitación de aforo en lugares cerrados, en los términos de la Leyes Nros. 8.188 y 8.206 de emergencia sanitaria.
II. DETERMINAR la inmediata comunicación a las autoridades sanitarias, judiciales y al Ministerio Público Fiscal, respecto de cualquier posible infracción de la que se tome conocimiento.
III. ORDENAR que a través de Secretaría de este Tribunal se proceda a dar la mayor difusión posible de lo aquí dispuesto, pudiendo realizar todos los actos, gestiones y trámites que fuere menester en relación a la contratación de avisos publicitarios, para el cumplimiento de lo establecido precedentemente, dando debida cuenta de ello al Tribunal Electoral.
IV. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Tribunal Electoral PUBLICAR por un día en el Boletín Oficial.
Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE - Adriana Rodriguez, VICEPRESIDENTA - Pablo Lopez Viñals - Ruben Eduardo Arias Nallar - Sergio Osvaldo Petersen, VOCALES - Maria Jose Ruiz de los Llanos, SECRETARIA
Recibo sin cargo: 100010593
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