Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/07/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.025
Salta, jueves 8 de julio de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

RESOLUCIÓN AMT Nº 314/21
AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE
VISTO:
El Expte. AMT Nº 238-47761/17 Expte. AMT N 238-49622/18: s/referencia del valor de US respectos de aranceles, gastos administrativos y varios, la Ley N 7.126, el Decreto N 641, el Decreto Nº 1.103, la Ley N 7.322, el Acta de Directorio Nº 28/21 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución AMT N 601/2020, de fecha 02 de diciembre de 2020, aprobada mediante Acta de Directorio N 49/2020 quedó determinado, lo siguiente:

ARTÍCULO 1º: ESTABLECER, excepcionalmente, y por el término señalado en el artículo 3, que el valor de la Unidad de Sanción US para determinar el monto del arancel correspondiente previsto en calidad de ARANCEL GENERAL y/o ESPECIAL, conforme Resolución AMT Nº 108/18 Anexos I, II, III, IV, referirá al valor vigente a marzo de 2019, cuyo monto por unidad equivale a: pesos cuatro mil doscientos cincuenta $ 4.250. Lo referido en el párrafo precedente regirá para la determinación de los montos a satisfacer en concepto de CANON DE RECUPERO, TRASLADO Y ESTADÍA DIARIA, conforme Resolución AMT
N 64/18 Anexo, en el marco de las Leyes Nros. 7.322 y 7.126 y/o las que en un futuro las reemplacen. La presente regirá únicamente respecto de actuaciones administrativas originadas y/o generadas a partir del 01 de enero de 2021, en el marco de las Leyes Nros.
7.322 y 7.126 y/o las que en un futuro las reemplacen; ARTÍCULO 2º: ESTABLECER, en iguales términos y condiciones, que el artículo 1 de la presente, que todo arancel y/o similar que estén ajustados al valor de las US unidades de sanción se vincule a la referencia citada, en el marco de las Leyes Nros. 7.322 y 7.126 y/o las que en un futuro las reemplacen; ARTÍCULO 3º: DISPONER que lo previsto en la presente se extenderá hasta el 30
de junio de 2021, inclusive, prorrogable únicamente mediante Resolución.
Que el citado instrumento fue dictado en el marco de las potestades, facultades y obligaciones de la Autoridad Metropolitana de Transporte, que las leyes le atribuyen.
Que en dicho sentido, por medio de la Ley Nº 7.322 se creó la AMT, como entidad autárquica, a la cual se le asignó competencia para planificar, organizar, regularizar, fiscalizar y controlar el servicio público de transporte por automotor de personas, propio e impropio, de la región metropolitana, a fin de cumplir con su objetivo primordial que no es otro que el de garantizar la normal prestación de los mismos art. 2, Ley Nº 7.322.
Que la Ley Nº 7.322, otorga a este organismo el poder de policía referido al servicio de transporte, asignándole entre otras funciones las de: a dictar y hacer cumplir los reglamentos a los cuales deberán ajustarse los prestadores de servicios públicos propios e impropios de transporte de pasajeros, en materia de seguridad, normas y procedimientos técnicos, operación, recorridos, tipos y cupos de servicios, formas de otorgamiento de los permisos; b tendrá facultades sancionatorias por sí mismas, las que incluyen aquellas preventivas, tales como el secuestro de la unidad en infracción, y coercitivas, como la aplicación de multas e inhabilitaciones y c en general, realizar todas las acciones que resulten necesarias para asegurar el cumplimiento de sus misiones y funciones y los objetivos de la Ley N 6.994 y de su reglamentación art. 4 Ley Nº 7.322.
Que asimismo, en virtud del dictado del Decreto Provincial N 1.103, de fecha 14
de agosto de 2017, se dispuso lo siguiente: ARTÍCULO 1.- Déjase establecido que a partir
de la fecha del presente, la Autoridad de Aplicación de la Ley N 7.126, sus normas reglamentarias y complementarias, será la Autoridad Metropolitana de Transporte, quedando facultada para el dictado de normas necesarias y conducentes para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en dichas normas.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/07/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data08/07/2021

Conteggio pagine66

Numero di edizioni2482

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione18/06/2026

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