Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 01/07/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.020
Salta, jueves 1 de julio de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

OP N: 100086498

SALTA, 25 de Junio de 2021
RESOLUCIÓN Nº 295
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125-55.109/18-46 Cpde. y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 4 y 5 de la obra REFACCIÓN Y AMPLIACIÓN
ESCUELA Nº 4.528 - MISIÓN CHAQUEÑA - EMBARCACIÓN - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA
DE SALTA; y, CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución SOP Nº 305/19
rectificada por su similar Nº 18/2020 fs. 47/49 a la empresa ÁLVAREZ CHAMÓN SRL, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 5.745.880,93 pesos cinco millones setecientos cuarenta y cinco mil ochocientos ochenta con 93/100 IVA incluido, a valores correspondiente al mes de abril de 2019 fs. 03 vta.;
Que por Resolución SOP Nº 18/21 fs. 43, se aprobó el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, 2 y 3, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 6.664.833,09 pesos seis millones seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos treinta y tres con 09/100 IVA incluido, a valores correspondientes al mes de septiembre de 2019 fs. 20/21;
Que a fs. 22/23, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la SOP, considera cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 07, rola Nota de Pedido Nº 01, mediante la cual la contratista adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación artículo 3º Decreto Nº 3.721/13;
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 25, mediante actuación Nº 53/2021 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 27/28 el Dictamen Nº 91/21 y a fs. 29 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 10,37 % y 10,44 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de noviembre de 2019 y enero de 2020 respectivamente;
Que a fs. 30/31, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 6.839.956,15 pesos seis millones ochocientos treinta y nueve mil novecientos cincuenta y seis con 15/100 IVA
incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2020, comprensivo del monto
Pág. N 21

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 01/07/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data01/07/2021

Conteggio pagine66

Numero di edizioni2485

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione23/06/2026

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