Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 01/03/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 20.935
Salta, lunes 1 de marzo de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
desarrollo, favoreciendo el comercio, turismo, y contribuirá a la mejor operatividad del tránsito nacional e internacional;
Que, por tales motivos, recomendó que el proyecto presentado por las referidas empresas sea declarado de interés público en los términos del artículo 8º del Decreto Nº 805/1996;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley Nº 8.072 y Decreto Nº 805/1996;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Público el Proyecto de Iniciativa Privada denominado Autopista Circunvalación Noroeste - Ruta Provincial N 28 - San Lorenzo, Construcción Paso Bajo Nivel Rotonda San Pablo, presentado por las empresas Ingeniero Medina SA - Vicente Moncho Construcciones SRL - UT.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase a la Dirección de Vialidad de Salta, Organismo Autárquico vinculado al Ministerio de Infraestructura a efectuar el llamado a Licitación Pública de la obra referida en el artículo anterior, a elaborar los documentos licitatorios a utilizarse en la misma y a realizar los demás actos posteriores al llamado.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Camacho - Posadas Fechas de publicación: 01/03/2021
OP N: SA100037522
SALTA, 25 de Febrero de 2021
DECRETO Nº 170
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Expedientes Nros. 44-120.150/2020, 44-120.150/2020 Cpde. 1, 44-120.150/2020 Cpde.
2, 44-120.150/2020 Cpde. 3, 44-120.150/2020 Cpde. 4, 76-198.667/2018 Cpde. 38, 11-253.672/2020, 11-260.138/2020, 76-253.357/2020, 76-198.667/2018 Cpde. 42, 363-72.353/2019 Cpde. 1, 11-268.729/2020, 11-282.866/2020, 321-236.933/2020, 11-279.459/2020, 120-285.270/2020, 11-289.891/2020, 341-253.498/2020 Cpde. 6, 11-296.933/2020, 321-282.059/2020, 341-276.194/2020, 341-290.343/2020, 47-229.451/2020, 11-289.898/2020, 41-283.587/2020 y 11-229.588/2020 Cpde. 2
VISTO los pedidos de incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias efectuados por diversos Servicios Administrativos Financieros de Administración Central y Organismos Autárquicos, referidos al Ejercicio 2020; y, CONSIDERANDO:
Que las partidas de recursos a incorporar corresponden a diversas cuentas integrantes del clasificador presupuestario de recursos por rubros del Ejercicio 2020;
Que la Ley Nº 8.127 de Presupuesto Ejercicio 2019, prorrogada para el Ejercicio 2020 por la Ley Nº 8.178, en su artículo 19 autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar presupuestariamente el excedente que se produzca en la ejecución de cada rubro de recursos y/o financiamiento o se encuentren disponibles al inicio del mismo por conceptos
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