Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/02/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 20.918
Salta, martes 2 de febrero de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
256:182;
Que en el presente caso, la razonabilidad y proporcionalidad de la medida adoptada por la Administración surge de las constancias que obran en autos, las que por si solas son suficientes para fundar la decisión adoptada;
Que por todo ello, habiéndose observado el respeto al debido proceso y al derecho de defensa, el acto atacado, resulta ajustado a derecho;
Que en virtud a lo expresado y atento al Dictamen Nº 346/2020 de la Fiscalía de Estado, corresponde rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Cristián Alfredo Vázquez, en contra del Decreto Nº 461/2020;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por los artículos 140 segundo párrafo y 144 inciso 2º, de la Constitución Provincial, y en el marco de las competencias atribuidas por el artículo 2º de la Ley Nº 8.171, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Rechazase el recurso de reconsideración interpuesto por del señor CRISTIAN
ALFREDO VÁZQUEZ, DNI Nº 36.630.211, en contra del Decreto Nº 461/2020, atento las razones invocadas en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SAÉNZ - Pulleiro - Posadas
Fechas de publicación: 02/02/2021
OP N: SA100037294
SALTA, 28 de Enero de 2021
DECRETO Nº 85
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Expediente Nº 1100395-164104/2019-0
VISTO la Ley Nº 8.141; y, CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se autorizó a transferir en carácter de donación a la Biblioteca Popular Dr. Mariano Boedo, Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 148/1997, una fracción del inmueble matrícula Nº 149.035 del Departamento Capital, actualmente identificada con la matrícula catastral Nº 182.553 del Departamento Capital, de titularidad de la Provincia de Salta, con el cargo de ser destinado a las actividades que les son propias;
Que consecuentemente, se dio cumplimiento a lo establecido por el artículo 56
de la Ley de Contabilidad Decreto-Ley Nº 705/1957;
Que en ejercicio de las competencias asignadas por Decretos Nº 1.407/2006 y 127/2020, la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado dependiente de la Secretaría de Tierras y Bienes, consideró oportuno dar continuidad al trámite tendiente a la aceptación de la donación;
Que la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Secretaría General de la
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