Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/02/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.918
Salta, martes 2 de febrero de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

el expediente administrativo surja elemento de prueba regular y legalmente obtenida;
Que, en primer término, cabe precisar que la sanción aplicada a través del Decreto Nº 461/2020, se sustenta en los hechos acreditados en el marco del sumario disciplinario iniciado en contra de la agente, a partir de una investigación que culminó con su exoneración;
Que se le reprocha el incumplimiento al deber general de todo policía, en razón del artículo 48 de la Ley Nº 6.193, el cual proporciona una base cierta para la aplicación de la sanción, en virtud de la naturaleza y gravedad de la falta cometida, como así las circunstancias del tiempo, lugar y modo de ejecución, entre otros aspectos;
Que por ello, en virtud de la naturaleza de los hechos y su repercusión en el servicio, se ha configurado para la Administración, la aludida pérdida de confianza en la señora Débora Leonor Castillo, por cuanto su conducta resulta especialmente reprochable, pues transgredió deberes fundamentales de todo policía, los que se encuentran expresamente dispuestos en el artículo 30 inciso c de la Ley Nº 6.193; y en el artículo 108 del Decreto Nº 1.490/2014, que reflejan como denominador común la previsión y sanción al incumplimiento de actuar acorde a los deberes generales de todo personal policial, atentando contra la propiedad, comprometiendo el decoro y afectando el prestigio de la Institución;
Que es del caso señalar que, en este mismo sentido se ha pronunciado la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte de Justicia local al sostener que: El estado policial, presupone el sometimiento de su personal a las normas que estructuran la institución de manera especial dentro de la Administración Pública, sobre la base de la disciplina y la subordinación jerárquica CSJN, fallos 320:T47; 250:393, entre otros; y que, El voluntario sometimiento del interesado a un determinado régimen jurídico, sin reserva expresa, impide su ulterior impugnación con base constitucional Cfr. CJS, Tomo 68: 875; 69: 867, entre otros;
Que con relación a la prueba, corresponde decir que la Administración valoró a reunida en el sumario de conformidad con las pautas establecidas en el artículo 166 de la Ley Nº 5.348 y consideró que la misma era suficiente para fundar la decisión adoptada mediante el acto administrativo cuestionado;
Que por lo demás, tampoco en esta instancia recursiva se arrimó elemento alguno que permita desvirtuar las faltas que se le imputan a la sumariada, correspondiendo confirmar el acto administrativo emitido;
Que en tal sentido, la Corte de Justicia de Salta dijo, el poder disciplinario de la Administración sobre los agentes públicos no importa el ejercicio de la jurisdicción criminal ni del poder ordinario de imponer penas, razón por la cual no se aplican a su respecto los principios generales del Código Penal. Siendo ello así, la absolución o el sobreseimiento del agente en sede criminal no impide la consideración de las infracciones administrativas en que pueda haber incurrido y ello resulta congruente con la independencia de ambos procedimientos y el carácter estatutario de la relación de empleo público esta Corte, Tomo 61:731, considerando 6 y sus citas, 77:397. CSJN, Fallos, 115:0027/0034; 256:182;
Que en el presente caso, la razonabilidad y proporcionalidad de la medida adoptada por la Administración surge de las constancias que obran en autos, las que por sí solas son suficientes para fundar la decisión adoptada;
Que vale aclarar, que se incorporaron a las actuaciones ampliación de recurso de reconsideración interpuesto por la señora Castillo, siendo improcedente su análisis por encontrarse manifiestamente extemporáneo;
Que por todo ello, habiéndose observado el respeto al debido proceso y al derecho
Pág. N 11

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/02/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data02/02/2021

Conteggio pagine82

Numero di edizioni2482

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione18/06/2026

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