Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/02/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.918
Salta, martes 2 de febrero de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

Suplementaria de Retiros Policiales-, en mérito a las razones enunciadas en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que, en forma previa a hacerse efectivo el pase a retiro de la agente, deberá hacer uso de las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72
del Decreto Nº 1.950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2.875/1997.
ARTÍCULO 3º.- Déjase aclarado que la Sargento Ayudante de la Policía de la Provincia de Salta Rossana Elizabeth Ponce, DNI Nº 26.876.119, Clase 1978, Legajo Personal Nº 12.655, cuyo pase a retiro obligatorio se dispone en el artículo 1º del presente, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8 inciso c del Decreto Nº 248/1975; como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1.950/1977.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.
SÁENZ - Pulleiro - Posadas Fechas de publicación: 02/02/2021
OP N: SA100037291

SALTA, 28 de Enero de 2021
DECRETO Nº 82
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Expediente Nº 44-289761/2017, agregados y adjunto.
VISTO el recurso de reconsideración interpuesto por la ex cabo de la Policía de la Provincia de Salta Débora Leonor Castillo, en contra del Decreto Nº 461/2020; y, CONSIDERANDO:
Que por conducto del mismo, se dispuso la conversión del retiro obligatorio en destitución por exoneración de la Cabo Castillo, de conformidad con lo establecido por el artículo 61 inciso b de la Ley Nº 6.193 del Personal Policial, ambos por infracción a lo dispuesto en el artículo 30 inciso c de la misma normativa, y a los artículos 108, incisos o y v, con el agravante del artículo 140, incisos b y c del Decreto Nº 1.490/2014 Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia-;
Que por su parte, la agente fue notificada del Decreto Nº 461/2020 en fecha 7 de agosto de 2020, mientras que el recurso de reconsideración fue interpuesto el 24 de agosto de 2020, es decir dentro de los diez días hábiles previstos por el artículo 177 de la Ley Nº 5.348 -Ley de Procedimientos Administrativos para la Provincia de Salta-, por lo que resulta procedente su tratamiento;
Que se agravia la señora Castillo por la aplicación de la sanción de exoneración en base a la tipificación del hecho descripto en el Decreto cuestionado, pues a su entender, la imputación no tiene ningún sustento fáctico ni jurídico, lo que torna arbitraria la decisión adoptada, constituyendo un vicio grave que afecta su validez y la nulifica;
Que sostiene que no se menciona expresamente cual es la conducta concreta configurativa de las faltas imputadas, vulnerándose así el derecho constitucional de defensa, por ser esta una acusación genérica, lo cual vicia al acto impugnado, tornándolo revocable;
Que aduce que la destitución por exoneración aplicada ha sido dispuesta sin que en
Pág. N 10

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/02/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data02/02/2021

Conteggio pagine82

Numero di edizioni2481

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione16/06/2026

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