Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 06/04/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.716
Salta, lunes 6 de abril de 2020

DECRETOS
SALTA, 02 de Abril de 2020
DECRETO Nº 256
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
VISTO el estado de emergencia sanitaria declarado por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nºs 260/2020 y 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, y por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 250/2020 del Poder Ejecutivo Provincial; y, CONSIDERANDO:
Que, en este marco, se han adoptado diversas medidas respecto de la situación epidemiológica del COVID-19 coronavirus tanto en el ámbito nacional como provincial, con la finalidad de mitigar los efectos de la propagación de la pandemia y su potencial impacto en el sistema sanitario;
Que la evolución de los casos confirmados que agrava la situación epidemiológica en nuestro país, sumado a la experiencia de otros países, demuestra que resulta sumamente imperioso el fortalecimiento del sistema de salud a través de la adquisición de la mayor cantidad de insumos hospitalarios posibles;
Que el abordaje de la problemática que se presenta con el COVID-19 requiere, del esfuerzo y compromiso de todos los sectores para hacer frente a una potencial crisis no solo en el sistema de salud provincial, sino también social;
Que, ante tal escenario, urge la adopción e instrumentación de acciones concretas y anticipadas que permitan la provisión extra de los insumos que requiere el sistema sanitario;
Que, en tal sentido, el Gobierno de la Provincia considera necesaria la adopción de medidas que sirvan a tales propósitos, apelando a la solidaridad ciudadana, mediante la creación de un Fondo Solidario para combatir la pandemia del coronavirus, estimando que tal Fondo constituye una herramienta eficaz para reunir fondos destinados al servicio sanitario;
Que, en ejercicio de la atribución establecida por el artículo 144, inciso 2º de la Constitución Provincial, se estima conveniente y oportuno establecer que el Fondo Solidario estará compuesto por un aporte inicial proveniente de los haberes de los funcionarios jerárquicos del Poder Ejecutivo provincial; invitando a los demás poderes y organismos públicos a que se sumen a esta iniciativa, así como también a empresas privadas, organizaciones de la sociedad civil y toda persona humana o jurídica interesada en efectuar su aporte económico;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Créase el Fondo Solidario COVID-19, con la finalidad de fortalecer el sistema de salud provincial.
El Fondo Solidario COVID-19 se integrará con los aportes del sector público y del sector privado que se adhieran al mismo.
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que el Fondo Solidario COVID-19 estará integrado inicialmente por el aporte solidario del Gobernador, los Ministros, los Secretarios de Estado, los Subsecretarios de Estado, el Personal de Apoyo Nivel 1, 2 y 3 del Poder Ejecutivo Provincial y posteriormente por los aportes de quienes se adhieran al mismo.
Se establece que el aporte inicial se efectuará, de acuerdo a los niveles de responsabilidad de cada funcionario, de la siguiente manera:
- Gobernador de la Provincia: 100 % de su sueldo.
Ley Nacional N 25.506 - Ley Provincial N 7.850 - Disposiciones Boletín Oficial N 374/15 y 375/15

Pág. N 5

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 06/04/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data06/04/2020

Conteggio pagine30

Numero di edizioni2004

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione12/06/2024

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