Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/08/2016

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 19.838 - Salta, Lunes 8 de Agosto de 2.016

Salta, 26 de julio de 2016
DECRETO Nº 1140
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, TIERRA Y VIVIENDA
Expediente Nº 326-184992/14 y agregados.
VISTO el expediente de referencia; y, CONSIDERANDO:
Que a través del mismo la entonces Subsecretaría de Asistencia Crítica y Emergencia Social dependiente del ex Ministerio de Derechos Humanos, solicitó se gestione la entrega en comodato del inmueble identificado con Matrícula Nº 139.456 del Departamento Capital, de la Provincia de Salta, de propiedad del Estado Provincial a favor de la Asociación "Los Niños y Jóvenes Primero";
Que el objeto del comodato consiste exclusivamente en la utilización del inmueble requerido para el desarrollo de actividades de contención social y asistencia integral a niños y jóvenes de la Comunidad;
Que el Fondo de Administración y Disposición de los Bienes Muebles e Inmuebles del Estado Provincial F.A.D.M.I., dependiente de la Dirección General de Tierra y Bienes, emitió opinión favorable conforme competencia asignada por Decreto Nº 1.407/06;
Que, por lo tanto, ante el eventual incumplimiento a las obligaciones que asuma la mencionada Asociación, la Dirección General de Tierra y Bienes podrá, una vez verificado el mismo y sin necesidad de intimación, rescindir el respectivo contrato a cuya suscripción se autoriza por el presente;
Que en igual sentido, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Nº 1.372/05 y, en el marco del artículo 1.539 del Código Civil y Comercial de la Nación, la Provincia podrá requerir anticipadamente la restitución del bien;
Que la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, ha tomado en su oportunidad la intervención que le compete;
Que de conformidad a lo establecido por el Decreto Nº 7.655/72 y su modificatorio Nº 1372/05 y Decreto Nº 3149/10, corresponde la emisión del presente Decreto;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase en calidad de comodato por el plazo de 20 veinte años, a favor de la Asociación Civil "Los Niños y Jóvenes Primero", inscripta bajo Legajo Nº 590 de la Inspección de Personas Jurídicas, el inmueble identificado catastralmente con Matrícula Nº 139.456 del Departamento Salta Capital, de propiedad de la Provincia de Salta, el que será destinado al desarrollo de actividades de contención social y asistencia integral de los niños y jóvenes de la Comunidad ARTÍCULO 2º.- A través de la Dirección General de Tierra y Bienes dependiente de la Secretaría de Tierra y Bienes del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda deberá instrumentarse el pertinente contrato de Comodato.
ARTÍCULO 3º.- Dase intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su toma de razón, de acuerdo a lo previsto por Decreto Nº 3.263/00, a la Contaduría General de la Provincia para su registro y notifíquese a la Dirección General de Tierra y Bienes para su control.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, Ley Nacional N 25.506 - Ley Provincial N 7.850 - Disposiciones Boletín Oficial N 374/15 y 375/15

Pág. N 9

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/08/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data08/08/2016

Conteggio pagine62

Numero di edizioni2485

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione23/06/2026

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2016>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031