Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 22/4/2020

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Source: Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 49, miércoles 22 de abril de 2020

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Ayuntamiento de la Villa de La Victoria de Acentejo 52181 Bases que rigen la convocatoria para la configuración de una lista de reserva de Técnicos Medios, Rama Económica Página 5382
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de La Orotava 36410 Expediente de dominio nº 535/2015 a instancia de Carlos Antonio Plasencia Romero

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
CABILDO INSULAR DE TENERIFE
Área de Planificación del Territorio, Patrimonio Histórico y Turismo Servicio Administrativo de Patrimonio Histórico ANUNCIO
185352331
Continuación del procedimiento administrativo de contratación de las obras para la ejecución del proyecto de la Fase IV de la Rehabilitación de la Finca Borges Estévanez denominada de resto de zona 2 exterior y ajardinamiento. Proyecto complementario exteriores, como indispensable para el interés general.
Se hace público que mediante Resolución del Señor Consejero Insular del Área de Planificación del Territorio, Patrimonio Histórico y Turismo, número R0000007415 de fecha 15 de abril de 2020, se ha resuelto lo siguiente:
En virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como la modificación producida mediante el Real Decreto 465/2020, en atención a lo dispuesto en la Circular 3/2020, de 31
de marzo de la Dirección de la Asesoría Jurídica, y teniendo en cuenta los siguientes antecedentes de hecho y consideraciones jurídicas,
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Primero: mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se establece, en su disposición adicional tercera, la suspensión de los plazos administrativos. En este sentido, dispone el apartado 1 de la citada disposición adicional lo siguiente:
1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
Segundo: tras la modificación del citado Real Decreto, aprobada mediante Real Decreto 465/2020
de 17 de marzo se modifica la disposición adicional tercera señalando en su apartado 4 lo siguiente:
4. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, desde la entrada en vigor del presente real decreto, las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.
Tercero: en este sentido se ha pronunciado la Dirección de la Asesoría Jurídica del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, mediante la Circular 3/2020, de 31
de marzo, en la que se señala que, si bien con carácter general se produce una suspensión, no obstante, podrá acordarse de forma expresa y motivadamente el inicio o la continuación, con las siguientes consideraciones:

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 49, miércoles 22 de abril de 20205201
a La motivación expresa que abarca hasta su resolución y notificación debe dictarse por el órgano competente para resolver y deberá fundamentarse sobre Disposición adicional Tercera.4.:
a.1. Situación estrechamente vinculada a los hechos justificativos del estado de alarma.
a.2. Indispensable para la protección del interés general.
a.3. Los que sean indispensables para el funcionamiento básico de los servicios importante motivar ese carácter indispensable.
Cuarto: en este sentido, desde el Servicio Administrativo de Patrimonio Histórico se está tramitando la contratación de las obras para la ejecución del proyecto de la Fase IV de la Rehabilitación de la finca Borges Estévanez denominada de resto de zona 2 exterior y ajardinamiento. Proyecto complementario exteriores.
La Finca Borges Estévanez, sita en el término municipal de San Cristóbal de La Laguna, datada en el siglo XVIII y declarada Bien de Interés Cultural con categoría de Sitio Histórico por Decreto nº 58/2014, de 29 de mayo, de la Comunidad Autónoma de Canarias BOC 110 de 10/06/2014, es propiedad de la Corporación Insular y constituye un magnífico ejemplo de hacienda rural tradicional, cuyos valores patrimoniales han ido recuperándose fruto de las distintas fases de rehabilitación promovidas por el Cabildo de Tenerife, que ha cumplido así con el deber de administración, mantenimiento y conservación de los bienes del patrimonio histórico insular, según lo dispuesto en los artículos 14.a, 16 y 57 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias.
La ejecución de este proyecto consistirá en la culminación de un proyecto de restauración iniciado en 2010 para la inmediata puesta en uso de este inmueble propiedad de este Cabildo Insular, siendo indispensable para el interés general su culminación y así evitar el posible deterioro de un inmueble de tales características.
Las obras de restauración en el exterior de la Finca Borges Estévanez comprenden la recuperación del almendro como elemento emblemático de la canariedad, al que Nicolás Estévanez dedicó su poema Canarias, en el que plasma su concepto de patria y al que se refiere el himno de Canarias, aprobado por
la Ley territorial 20/2003, de 28 de abril del Himno de Canarias.
En el jardín, además de los almendros, también se mantendrán los elementos característicos de la flora insular como los dragos y las retamas. Además, se mantendrá en pie la solitaria palmera que, a modo de vigía, se levanta justo al lado del balcón de la casa y enfatiza el sabor rural que tuvo este paraje antaño.
Todo ello configurará una estampa que se adecuará para el uso y disfrute de los visitantes, según detalla el arquitecto redactor.
Quinto: asimismo, debe tenerse en cuenta que la presente licitación fue aprobada mediante acuerdo de Consejo de Gobierno Insular de fecha 2 de abril de 2019, tras los informes emitidos por la Asesoría Jurídica y la Intervención General. No obstante, con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de seguridad digital, contratación en el sector público y telecomunicaciones y atendiendo a la Circular 2/2019
de la Asesoría jurídica, se deben remitir nuevamente los pliegos de cláusulas administrativas particulares los cuales han sido adaptados a los pliegos tipos aprobados por el Consejo de Gobierno Insular con fecha 30 de diciembre de 2019.
Sexto: corresponde al Consejero Insular del Área de Planificación del Territorio, Patrimonio Histórico y Turismo la adopción de la siguiente Resolución.
Por lo expuesto, es por lo que resuelvo:
Primero: declarar, indispensable para el interés general la continuación del procedimiento administrativo de contratación de las obras para la ejecución del proyecto de la Fase IV de la Rehabilitación de la finca Borges Estévanez denominada de resto de zona 2 exterior y ajardinamiento. Proyecto complementario exteriores dadas las especiales características del inmueble de referencia, así como a la necesidad de la inmediata puesta en uso del mismo y de garantizar la continuación de la economía de la Isla durante el estado de alarma.
Segundo: publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia B.O.P. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 22/4/2020

TitoloBoletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

PaeseSpagna

Data22/04/2020

Conteggio pagine101

Numero di edizioni5575

Prima edizione01/01/1992

Ultima edizione21/06/2024

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