Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2020 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.539 - Primera Sección
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Viernes 11 de diciembre de 2020

Decretos

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO YOBLIGATORIO
YDISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO YOBLIGATORIO
Decreto 985/2020

DCTO-2020-985-APN-PTE - Ciudades deRawson ydeTrelew delaProvincia delChubut. Disposiciones.
Ciudad de Buenos Aires, 10/12/2020
VISTO el Expediente NEX-2020-85286440-APN-DGDYDJGM, la Ley Nº27.541, los Decretos Nros. 260 del 12
de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020, 956 del 29 de noviembre de 2020 y sus respectivas normas modificatorias y complementarias,y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N260/20 se amplió por el plazo de UN 1 año la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA
SALUD OMS con relación a la COVID-19.
Que a través del Decreto N297/20 se estableció una medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo el país, que fue prorrogada sucesivamente por los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20, 459/20 y 493/20, hasta el 7 de junio de 2020, inclusive.
Que por los Decretos Nros. 520/20, 576/20, 605/20, 641/20, 677/20, 714/20, 754/20, 792/20, 814/20, 875/20 y 956/20
se fue diferenciando a las distintas áreas geográficas del país, en el marco de la emergencia sanitaria originada por la COVID-19, entre las que pasaron a una etapa de distanciamiento social, preventivo y obligatorio, las que permanecieron en aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo momento y aquellas que debieron retornar a esta última modalidad sanitaria en virtud de la evolución de la pandemia y de acuerdo al estatus sanitario de cada provincia, departamento y aglomerado, por sucesivos períodos, hasta el 20 de diciembre de 2020, inclusive.
Que en el artículo 20 del Decreto N956/20 se dispuso que si un Gobernador o una Gobernadora de Provincia o el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, advirtiere una señal de alarma epidemiológica o sanitaria en un aglomerado urbano, departamento o partido determinado de su jurisdicción, podrá requerir al PODER EJECUTIVO NACIONAL, con el fin de proteger la salud pública, que dicho aglomerado, partido o departamento se excluya de las disposiciones del distanciamiento social, preventivo y obligatorio en forma preventiva, y pase a ser alcanzado por las normas del aislamiento social, preventivo y obligatorio. El PODER
EJECUTIVO NACIONAL queda facultado a disponer esa medida, previa intervención del MINISTERIO DE SALUD
de la Nación y en forma temporaria Que de conformidad con lo establecido por el artículo 3º del Decreto Nº 956/20, todos los departamentos de la Provincia del CHUBUT se encuentran alcanzados por el régimen de distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
Que el Gobernador de la Provincia del CHUBUT solicitó que se incluya a las Ciudades de Trelew y de Rawson entre los lugares alcanzados por el aislamiento social, preventivo y obligatorio, sustentando su petición en los resultados de la evaluación epidemiológica realizada por la autoridad sanitaria provincial, que da cuenta de la transmisión comunitaria sostenida del virus SARS-CoV-2 en las referidas localidades.
Que la autoridad sanitaria nacional se expidió, evaluando el estudio epidemiológico confeccionado por la autoridad sanitaria local, señalando que el informe presentado por la provincia es coincidente con la evaluación realizada por este ministerio, da cuenta del agravamiento de la situación epidemiológica y la tensión que esta situación genera en el sistema de atención local, y prestando conformidad a la solicitud del Gobierno de la Provincia del CHUBUT, con relación a considerar a las Ciudades de Rawson y de Trelew, ambas pertenecientes al departamento de Rawson, como una zona comprendida dentro del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Que en virtud de tales antecedentes y resultando las evaluaciones de las autoridades sanitarias local y nacional coincidentes respecto de la ausencia de cumplimiento positivo de los parámetros requeridos para resultar alcanzado por el régimen de distanciamiento social, preventivo y obligatorio y del riesgo sanitario y epidemiológico asociado a ello, se encuentran reunidos los extremos para disponer la aplicación de las normas establecidas en el CAPÍTULO DOS del Decreto Nº956/20, relativas al aislamiento social, preventivo y obligatorio, respecto de las Ciudades de Rawson y de Trelew, ambas en el departamento de Rawson, Provincia del CHUBUT.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2020 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data13/12/2020

Conteggio pagine98

Numero di edizioni9374

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione22/06/2024

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