Boletín Oficial de la República Argentina del 14/06/2013 - Primera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, viernes 14
de junio de 2013

Año CXXI
Número 32.661
Precio $ 3,00

Sumario Pág.

LEYES

LEYES

DERECHO DE ACCESO, DEAMBULACION Y PERMANENCIA
Ley 26.858
Personas con discapacidad acompañadas por Perro Guía o de Asistencia
RUTAS NACIONALES
Ley 26.859
Desígnase con el nombre de José Gervasio Artigas a la ruta nacional 14

DERECHO DE ACCESO, DEAMBULACION Y
PERMANENCIA

1

2

Ley 26.858
Personas con discapacidad acompañadas por Perro Guía o de Asistencia.
Sancionada: Mayo 22 de 2013.
Promulgada: Junio 10 de 2013.

DECRETOS
DERECHO AL ACCESO, DEAMBULACION Y PERMANENCIA
Decreto 724/2013
Promúlgase la Ley Nº26.858
RUTAS NACIONALES
Decreto 725/2013
Promúlgase la Ley Nº26.859

2

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
Capítulo I
Disposiciones generales
3

FERIAS INTERNACIONALES
Decreto 723/2013
Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos originarios y procedentes de los países participantes en el evento FITHEP 2013, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

3

MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 745/2013
Acéptase renuncia presentada al cargo de Secretario de Estrategia y Asuntos Militares

3

Decreto 746/2013
Acéptase renuncia presentada al cargo de Secretario de Planeamiento

3

ARTICULO 1 Objeto. La presente ley tiene por objeto asegurar el derecho al acceso, deambulación y permanencia a lugares públicos y privados de acceso público y a los servicios de transporte público, en sus diversas modalidades, de toda persona con discapacidad, acompañada por un perro guía o de asistencia.
ARTICULO 2 Ejercicio. El ejercicio del derecho de acceso, deambulación y permanencia consiste en la constante presencia del perro guía o de asistencia acompañando a la persona con discapacidad.

Decreto 747/2013
Acéptase renuncia presentada al cargo de Jefe de Gabinete de Asesores

3

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 744/2013
Designación

ARTICULO 3 Gratuidad. El acceso, deambulación y permanencia del perro guía o de asistencia a los lugares mencionados en el artículo 1º no ocasiona para su usuario ningún gasto adicional.

3

Capítulo II
Perro de asistencia
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decreto 750/2013
Desígnase Jefe de Gabinete de Asesores

3

Decreto 752/2013
Desígnase Subsecretario de Planeamiento y Formación

3

Decreto 751/2013
Desígnase Subsecretario de Asuntos Jurídicos

3

Decreto 741/2013
Acéptase renuncia presentada al cargo de Secretario de Coordinación, Planeamiento y Formación

3

Decreto 749/2013
Dase por designada la Secretaria de Cooperación con los Poderes Judiciales, Ministerios Públicos y Legislaturas

4

Decreto 748/2013
Dase por designado el Secretario de Coordinación, Planeamiento y Formación

4

Continúa en página 2

ARTICULO 4 Definición de perro guía o de asistencia. Se considera perro guía o de asistencia a aquel que tras superar un proceso de selección, finalice satisfactoriamente su adiestramiento, para el acompañamiento, conducción, auxilio y alerta de las personas con
PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
discapacidad y obtenga el certificado que así lo acredite.
El certificado puede ser extendido por una institución nacional o internacional oficialmente reconocida u homologada por la autoridad de aplicación.
ARTICULO 5 Habilitación. Para ejercer los derechos establecidos en el capítulo I el usuario/a deberá contar con una credencial y un distintivo expedidos por la autoridad de aplicación para lo cual se deberá:
a Acreditar el cumplimiento del certificado al que se refiere el artículo 4.
b Acreditar el cumplimiento de las condiciones higiénicas y sanitarias a que se refiere el artículo 8.
c Identificar a la persona con discapacidad usuaria del perro guía o de asistencia.
En los supuestos de personas usuarias de perros guías o de asistencia no residentes en nuestro país, sólo será necesario exhibir certificado y distintivo concedidos por su país de origen y autenticados por representación consular.
ARTICULO 6 Identificación. Cada perro guía o de asistencia debe ser identificado, mediante la colocación en lugar y forma visible del distintivo oficial correspondiente.
La credencial expedida sólo puede ser exigida a la persona titular por la autoridad competente o por el responsable del lugar o servicio que esté utilizando.
ARTICULO 7 Obligaciones. El perro guía o de asistencia debe estar sujeto por una correa o arnés con agarradera de metal u otro elemento de similar función, no siendo obligatorio el uso del bozal.
La persona usuaria habilitada debe utilizar al perro guía o de asistencia para aquellas funciones para las que ha sido adiestrado.
La persona usuaria habilitada será responsable por los daños que pudiera causar el animal a su cargo.
ARTICULO 8 Condiciones higiénicas y sanitarias. Los perros guía o de asistencia deben cumplir con las condiciones higiénicas y sanitarias previstas para los animales domésticos en general y en particular para su función de perro guía o de asistencia, además de las siguientes:

www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº4.995.241
Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 52188400 y líneas rotativas

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/06/2013 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data14/06/2013

Conteggio pagine96

Numero di edizioni9376

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione24/06/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Junio 2013>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30