Boletín Oficial de la República Argentina del 05/02/2007 - Primera Sección

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Primera Sección
Lunes 5 de febrero de 2007

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AVISOS OFICIALES
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ASOCIACIONES SINDICALES
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 71/2007-MTESS
Apruébase el texto del Estatuto Social del Sindicato Empleados de Comercio de la Capital Federal.

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dispónese la integración de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO ACUMAR, de la siguiente forma:
- PRESIDENTE: SECRETARIO DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
- TRES 3 representantes del PODER EJECUTIVO NACIONAL
- DOS 2 representantes de la PROVINCIA DE
BUENOS AIRES
- DOS 2 representantes de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Art. 2º Invítase al Gobierno de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y al Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a designar a sus representantes en la AUTORIDAD DE
CUENCA MATANZA RIACHUELO ACUMAR.
Art. 3º Dispónese la integración del Consejo Municipal al que hace referencia el artículo 3º de la Ley Nº 26.168, con UN 1 representante de cada uno de los Municipios citados en el artículo 1º de la referida ley.
Art. 4º Invítase a los Municipios de LANUS, AVELLANEDA, LOMAS DE ZAMORA, ESTEBAN
ECHEVERRIA, LA MATANZA, EZEIZA, CAÑUELAS, ALMIRANTE BROWN, MORON, MERLO, MARCOS PAZ, PRESIDENTE PERON, SAN VICENTE y GENERAL LAS HERAS, todos ellos de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a integrar en el ámbito de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO ACUMAR, el Consejo Municipal al que hace referencia el artículo 3º de la Ley Nº 26.168.
Art. 5º Dispónese la integración de la Comisión de Participación Social en el ámbito de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO ACUMAR, con UN 1 representante de cada una de las Organizaciones a las que hace referencia el artículo 4º de la Ley Nº 26.168, que invite el Presidente de la AUTORIDAD DE CUENCA
MATANZA RIACHUELO ACUMAR.
Art. 6º El Presidente de la AUTORIDAD DE
CUENCA MATANZA RIACHUELO ACUMAR
ejercerá las facultades previstas en los artículos 5º, 7º y 8º de la Ley Nº 26.168. Asimismo tendrá a su cargo la coordinación de las actividades inherentes al COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE
GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA
CUENCA HIDRICA MATANZA RIACHUELO, creado por el artículo 1º del Decreto Nº 482/95, en calidad de MIEMBRO COORDINADOR del mismo, hasta tanto se disponga su liquidación.
Art. 7º Transfiérense las partidas presupuestarias correspondientes a la SUBSECRETARIA DE
RECURSOS HIDRICOS del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de la JURISDICCION 56, relativas al PROGRAMA 17, PROYECTO SANEAMIENTO DE LA CUENCA DEL RIO MATANZA RIACHUELO, a la SECRETARIA DE AMBIENTE

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Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, JURISDICCION 25 - SERVICIO 317 - PROGRAMA 34 PROYECTO 01 COMITE EJECUTOR DEL PLAN
DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA
CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO.
Art. 8º Suprímense de los objetivos asignados a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
mediante Decreto Nº 1142 del 26 de noviembre de 2003, Planilla Anexa al artículo 1º, el correspondiente al punto 8.
Art. 9º Transfiérese el uso, a título gratuito, a la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO ACUMAR, con destino a la sede de sus oficinas, de los inmuebles identificados como Unidades funcionales números Dos de Planta Baja, Tres del Primer Piso y Cuatro del Segundo Piso y Unidades complementarias de Planta Sótano, números II, III, IV y V del edificio sito en la calle San Martín números 318, 320, 322 y 326 de CAPITAL FEDERAL Matrículas F. R. 14-157512
compl. II, III, IV y V, F. R. 14-1575/3 y F. R. 141575/4, así como del mobiliario que los adornan.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.088

la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL ANSES se efectuaron inversiones financieras de corto y largo plazo.
Que resulta necesario modificar el presupuesto de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES a fin de reflejar los efectos presupuestarios de las citadas operaciones financieras.
Que se deben incrementar los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO a los efectos de registrar las colocaciones de Títulos Públicos emitidos como consecuencia del Programa de Reordenamiento del Sistema Financiero previsto por los Decretos Nros. 905
de fecha 31 de mayo de 2002 Nº 739 de fecha 28 de marzo de 2003 y de la Ley 25.796.
Que con el objeto de afrontar el refuerzo presupuestario señalado precedentemente, se prevé la disminución de los créditos vigentes de la Jurisdicción 90 SERVICIO DE LA
DEUDA PUBLICA.
Que como consecuencia de ello, resulta preciso suspender la restricción impuesta en el Artículo 12 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o.
2005.
Que es necesario atender lo dispuesto por el Artículo 8º de la Ley Nº 23.548 y sus modificatorias de Coparticipación Federal de Impuestos que establece que la Nación de la parte que le corresponde, entregará una participación a la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO
SUR y a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES resultante de la mayor recaudación esperada.
Que atento a la urgencia en resolver las situaciones expuestas resulta imperioso adoptar las medidas proyectadas, configurando una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites ordinarios previs-

tos por la CONSTITUCION NACIONAL para la sanción de las leyes.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, incisos 1 y 3 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1º Modíficase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, de acuerdo con el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2º Suspéndase la aplicación de las disposiciones del Artículo 12 de la Ley Nº 11.672
Complementaria Permanente de Presupuesto t.o.
2005, al solo efecto de registrar las presentes colocaciones de Títulos Públicos emitidos como consecuencia del Programa de Reordenamiento del Sistema Financiero.
Art. 3º Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Aníbal D. Fernández. Felisa Miceli. Alicia M.
Kirchner. Alberto J. B. Iribarne. Ginés M.
González García. Carlos A. Tomada. Daniel F. Filmus. Julio M. De Vido. Nilda Garré.
Jorge E. Taiana.
NOTA: Este Decreto se publica sin planillas anexas. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

Art. 10. La SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION fiscalizará la correcta aplicación de los fondos que financien el programa de saneamiento.
Art. 11. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.

2

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 2/2007

Dase por aprobado un procedimiento de contratación y renovaciones de contrataciones de prestación de servicios celebradas por el citado Ministerio.

PRESUPUESTO
Decreto 2063/2006

Bs. As., 15/1/2007

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006.

VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su Decreto Reglamentario Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 601 del 11 de abril de 2002 y Nº 577 del 7 de agosto de 2003, y el Expediente E-441-2007
del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y
Bs. As., 28/12/2006
VISTO, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, aprobado por la Ley Nº 26.078 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 9º del Anexo a la referida Ley, prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado, estableciéndose mediante el artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/
02, reglamentario de la Ley citada, las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de ese personal.

CONSIDERANDO:
Que a partir del año 2007 se constituye el Fondo de Garantía de la Movilidad del Régimen Previsional público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
Que dicho Fondo estará integrado por los activos financieros de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ANSES organismo dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL al cierre del Ejercicio presupuestario 2006.
Que a fin de preservar el valor cancelatorio de los recursos financieros administrados por
Que por la Resolución Nº 48/02 de la aludida Subsecretaría, se aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones referido.
Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en este último al personal transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 se estableció que toda contratación, en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente o superior a la suma de PESOS DOS MIL $ 2.000.
Que asimismo, en el artículo 2º del citado Decreto se estableció que en aquellos casos en los cuales la retribución mensual u honorario equivalente fuera inferior a la suma consignada

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/02/2007 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data05/02/2007

Conteggio pagine36

Numero di edizioni9376

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione24/06/2024

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