Boletín Oficial de la República Argentina del 27/12/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Buenos Aires, miércoles 27
de diciembre de 2006

Año CXIV
Número 31.061
Precio $ 0,70

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Primera Sección
Legislación y Avisos Oficiales Sumario Pág.

LEYES

LEYES

ACUERDOS
ACUERDOS
26.193
Apruébase el Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional adoptado en Nueva York Estados Unidos de América el 9 de septiembre de 2002.
CONVENIOS
26.196
Apruébase el Convenio de Asistencia Judicial en Materia Penal suscripto con el Gobierno de la República Francesa el 14 de octubre de 1998.

Ley 26.193

1

5

MUSEO NACIONAL DE BELLAS ARTES
1917/2006
Transfórmase al Museo Nacional de Bellas Artes en organismo desconcentrado en el ámbito de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación. Disposiciones Generales. Organos de Conducción. Recursos Financieros. Presupuesto. Estructura Organizativa.
PROPIEDAD INTELECTUAL
1914/2006
Reconócese a la Sociedad Argentina de Gestión de Actores Intérpretes Asociación Civil S.A.G.A.I.
la representación dentro del Territorio Nacional de los artistas argentinos y extranjeros, referidos a las categorías de actores y bailarines en todas sus variantes y a sus derecho-habientes para percibir y administrar las retribuciones previstas en el artículo 56 de la Ley Nº11.723, por la explotación, utilización, puesta a disposición interactiva o comunicación al público en cualquier forma, de sus interpretaciones fijadas en grabaciones u otros soportes audiovisuales
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
1918/2006
Desígnase Presidente del citado organismo de autarquía funcional que actúa en jurisdicción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Sancionada: Diciembre 6 de 2006.
Promulgada: Diciembre 26 de 2006

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:

DECRETOS
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
1919/2006
Modifícase el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios. Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Apruébase el Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional adoptado en Nueva York Estados Unidos de América el 9 de septiembre de 2002.

10

8

10

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
1008/2006
Danse por aprobados contratos de locación de servicios celebrados en los términos del Decreto Nº1184/2001.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
1001/2006
Dase por aprobado un contrato de locación de servicios, celebrado bajo el régimen del Decreto Nº1184/2001.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
1006/2006
Danse por aprobados contratos de locación de servicios celebrados en los términos del Decreto Nº1184/2001.
MINISTERIO DE SALUD
1003/2006
Danse por aprobados contratos de locación de servicios, celebrados bajo el régimen del Decreto Nº1184/2001.
Continúa en página 2

18

15

Términos empleados A los efectos del presente Acuerdo:
a Por el Estatuto se entenderá el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, aprobado el 17 de julio de 1998 por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una corte penal internacional;
b Por la Corte se entenderá la Corte Penal Internacional establecida por el Estatuto;

e Por la Asamblea se entenderá la Asamblea de los Estados Partes en el Estatuto;

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS SEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL SEIS.

f Por Magistrados se entenderán los magistrados de la Corte;

ALBERTO E. BALESTRINI. JOSE J. B. PAMPURO. Enrique Hidalgo. Juan H. Estrada.
ACUERDO SOBRE LOS PRIVILEGIOS E
INMUNIDADES DE LA CORTE PENAL
INTERNACIONAL

Considerando que en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, aprobado el 17 de julio de 1998 por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas, se estableció la Corte Penal Internacional con la facultad de ejercer competencia sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascendencia internacional;

d Por representantes de los Estados Partes se entenderán los delegados, delegados suplentes, asesores, peritos técnicos y secretarios de delegaciones;

g Por la Presidencia se entenderá el órgano integrado por el Presidente y los Vicepresidentes primero y segundo de la Corte;
h Por el Fiscal se entenderá el Fiscal elegido por la Asamblea de conformidad con el párrafo 4
del artículo 42 del Estatuto;
i Por los Fiscales Adjuntos se entenderán los Fiscales Adjuntos elegidos por la Asamblea de conformidad con el párrafo 4 del artículo 42 del Estatuto;
j Por el Secretario se entenderá el Secretario elegido por la Corte de conformidad con el párrafo 4 del artículo 43 del Estatuto;
k Por Secretario Adjunto se entenderá el Secretario elegido por la Corte de conformidad con el párrafo 4 del artículo 43 del Estatuto;
l Por abogados se entenderán los abogados defensores y los representantes legales de las víctimas;

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº451.095

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
14

Artículo 1

ARTICULO 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Considerando que, según el artículo 4 del Estatuto de Roma, la Corte tendrá personalidad jurídi-

14

Han convenido en lo siguiente:

c Por Estados Partes se entenderán los Estados Partes en el presente Acuerdo;

Los Estados Partes en el presente Acuerdo,
DECISIONES ADMINISTRATIVAS

Considerando que, según el artículo 48 del Estatuto de Roma, la Corte Penal Internacional gozará en el territorio de cada Estado Parte en el Estatuto de los privilegios e inmunidades que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones;

ARTICULO 1º Apruébase el ACUERDO SOBRE LOS PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DE LA
CORTE PENAL INTERNACIONAL, adoptado en Nueva York ESTADOS UNIDOS DE AMERICA el 9 de septiembre de 2002, que consta de TREINTA Y NUEVE 39 artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

REGISTRADO BAJO EL Nº 26.193

7

ca internacional y la capacidad jurídica que sea necesaria para el desempeño de sus funciones y la realización de sus propósitos;

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/12/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data27/12/2006

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9356

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione04/06/2024

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