Boletín Oficial de la República Argentina del 20/12/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Buenos Aires, miércoles 20
de diciembre de 2006

Año CXIV
Número 31.057
Precio $ 0,70

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Primera Sección
Legislación y Avisos Oficiales Sumario Pág.

LEYES

LEYES

EMERGENGIA PUBLICA

EMERGENGIA PUBLICA
26.204
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la vigencia de la Ley Nº25.561, sus prórrogas y sus modificatorias.
IMPUESTOS
26.180
Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias. Impuesto al Valor Agregado. Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos. Prórrogas. Otras Disposiciones. Vigencia.
26.181
FONDO HIDRICO DE INFRAESTRUCTURA. Establécese en todo el territorio de la Nación, con afectación específica al desarrollo de proyectos, obras, mantenimiento y servicios de infraestructura hídrica, de recuperación de tierras productivas, de control y mitigación de inundaciones y de protección de infraestructura vial y ferroviaria, de manera que incida en una sola de las etapas de su circulación, un impuesto sobre la transferencia o importación de naftas y sobre el gas natural distribuido por redes destinado a gas natural comprimido para el uso como combustible en automotores, o cualquier otro combustible líquido que los sustituya en el futuro. Alcances. Exenciones.
Vigencia.
JUSTICIA
26.174
Créase un Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Corrientes, provincia de Corrientes.
LEALTAD COMERCIAL
26.179
Sustitúyese el artículo 9º bis de la Ley Nº22.802, sobre diferencias de vueltos menores a cinco 5
centavos a favor del consumidor. Establécese la obligatoriedad de exhibir esta disposición a través de carteles o publicaciones permanentes.
SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA
26.182
Modificación de la Ley Nº24.464, a fin de establecer un cupo en los planes que se ejecuten con los fondos del FONAVI, destinado a personas con discapacidad o familias en las que al menos uno de sus integrantes sea una persona con discapacidad. Requisitos.

Ley 26.204

1

Sancionada: Diciembre 13 de 2006.
Promulgada: Diciembre 19 de 2006.

3

ARTICULO 1º Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la vigencia de la Ley Nº 25.561, sus prórrogas y sus modificatorias.

3

1

3

4

5

1884/2006
Promociones.

5

HUESPEDES OFICIALES
1786/2006
Convalídase el tratamiento de Huéspedes Oficiales del Gobierno argentino acordado al Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y comitiva.

4

POLICIA FEDERAL ARGENTINA
1878/2006
Promociones.
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
1880/2006
Promociones.
Continúa en página 2

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 7º La presente ley entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2007.
ARTICULO 8º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL
TRECE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
REGISTRADO BAJO EL Nº 26.204
ALBERTO BALESTRINI. JOSE J. B. PAMPURO. Enrique Hidalgo. Juan H. Estrada.

Decreto Nº 1903/2006
Bs. As., 19/12/2006
POR TANTO:

DECRETOS
GENDARMERIA NACIONAL
1879/2006
Promociones.

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007
la vigencia de la Ley Nº 25.561, sus prórrogas y sus modificatorias.

cional declarada por el Decreto Nº 108 del 15 de enero de 2002 y sus normas modificatorias y complementarias, en los términos de la Ley Nº 26.077.

4

ARTICULO 2º Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la vigencia de la Ley Nº 25.790 y su modificatoria.
ARTICULO 3º Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 el estado de emergencia sanitaria nacional dispuesto por el Decreto Nº 486 del 12 de marzo de 2002, sus disposiciones complementarias y modificatorias, en los términos de la Ley Nº 26.077.
ARTICULO 4º Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la emergencia ocupacional nacional declarada por el Decreto Nº 165/02, ratificada por el Decreto Nº 565/02 y oportunamente prorrogada por los Decretos Nros. 39/03, 1353/03
y 1506/04, en los términos de la Ley Nº 26.077.

JUSTICIA
Ley 26.174
Créase un Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Corrientes, provincia de Corrientes.
Sancionada: Noviembre 22 de 2006.
Promulgada de Hecho: Diciembre 15 de 2006.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 5º Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la vigencia del Programa Jefes de Hogar, según los términos del Decreto Nº 565/
02, sus modificatorios y complementarios. Prorrógase por igual plazo las tareas de clasificación y traspaso de los beneficiarios del Programa Jefes de Hogar que en forma conjunta realizan los Ministerios de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y de Desarrollo Social, de acuerdo a los lineamientos y condiciones establecidos en el Decreto Nº 1506/04, en los términos de la Ley Nº 26.077.

ARTICULO 1º Créase un juzgado federal de primera instancia con asiento en la ciudad de Corrientes, provincia de Corrientes, con competencia en materia civil, comercial, laboral, tributaria, de la seguridad social, contencioso administrativo y criminal y correccional.

ARTICULO 6º Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la Emergencia Alimentaria Na-

ARTICULO 2º El juzgado que se crea por el artículo anterior tendrá jurisdicción sobre los miszzsaltozz
PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº451.095

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
5

Téngase por Ley de la Nación N 26.204 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Felisa Miceli.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/12/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data20/12/2006

Conteggio pagine40

Numero di edizioni9362

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione10/06/2024

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