Boletín Oficial de la República Argentina del 19/03/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 19 de marzo de 2004

blece el Estatuto que rige las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004 aprobado por la Ley Nº 25.827 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 14 de enero de 2004, la Ley Nº 25.467 de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y su Decreto Reglamentario Nº 601
del 11 de abril de 2002 y la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:
Que la formación de recursos humanos constituye uno de los objetivos prioritarios del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS CONICET, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
Que se han producido TREINTA Y SEIS 36 vacantes, derivadas de las normas que rigen para la Administración Pública Nacional y la Administración de las Carreras del Personal Científico y Tecnológico.
Que el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004 aprobado por la Ley Nº 25.827 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 14 de enero de 2004, contempla el financiamiento de SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA NUEVE 6.359
cargos en las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo, permitiendo la incorporación del personal científico-tecnológico en la medida en que se vayan generando las vacantes.

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.364

CATEGORIA

APELLIDO Y NOMBRE

Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Adjunto Investigador Adjunto Investigador Adjunto Profesional Asistente Profesional Adjunto Profesional Adjunto Profesional Principal Técnico Asistente Técnico Asistente Técnico Asistente Técnico Asistente Técnico Asistente Técnico Asistente Técnico Asociado Técnico Asociado Técnico Auxiliar Técnico Principal
TRICERRI, MARIA ALEJANDRA
VESPRINI, JOSE LUIS
LUQUET, CARLOS MARCELO
RODRIGUEZ, MARIA FERNANDA RAMONA
SAPAG, MANUEL KARIM
POVSE, VICENTE GREGORIO
CANTEROS, MARIA ALEJANDRA
NOVARA, MAURO
ESPINOLA, LUIS GUILLERMO
AZRILEVICH, PAOLA ALEJANDRA
CAMPOS, MARIA DOLORES
COSTA, ANDRES ESTEBAN
CREUS, ESTEBAN
GOMEZ, ANDREA NATALIA ROXANA
VIDMAR, JUAN ADOLFO
CACERES, MIGUEL ANGEL
RUSSO, RICARDO DANIEL
ARGAÑARAS, LAURA LORENA
SOTO, PATRICIA MONICA

M.I.
16.153.898
18.296.266
14.463.480
13.212.245
16.332.699
17.646.588
20.403.298
23.903.507
8.153.031
24.776.008
27.857.051
18.435.777
14.837.003
27.333.037
25.096.528
13.999.643
8.318.775
25.202.356
13.878.006

Que mediante el dictado del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y su Decreto Reglamentario Nº 601 del 11 de abril de 2002, se ha establecido que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el Artículo 6º del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS CONICET, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA se encuentra exceptuado de lo previsto en el Artículo 7 de la Ley N 25.827 por estar comprendido dentro de los organismos indicados en el inciso a del Artículo 14 de la Ley N
25.467.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la medida que se propicia no altera el total del crédito asignado al CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS CONICET para el Ejercicio 2004.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, del Artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS
Decreto 333/2004
Designaciones en Planta Permanente.

Bs. As., 18/3/2004
VISTO el Expediente Nº 917/03 en TRES 3 cuerpos del Registro del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS CONICET, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, la Ley Nº 20.464 que establece el Estatuto que rige las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004 aprobado por la Ley Nº 25.827 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 14 de enero de 2004, la Ley Nº 25.467 de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y su Decreto Reglamentario Nº 601
del 11 de abril de 2002 y la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:

Por ello, Que la formación de recursos humanos constituye uno de los objetivos prioritarios del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS CONICET, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase en la Planta Permanente del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS CONICET, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, en las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo del Programa 16 Formación de Recursos Humanos y Promoción Científica y Tecnológica, al personal obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo, cuya financiación está contemplada en la Ley Nº 25.827 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004 y en la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 14 de enero de 2004 distributiva del mismo.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Daniel F. Filmus.
Planilla Anexa al Artículo 1º PROGRAMA 16 FORMACION DE RECURSOS HUMANOS Y PROMOCION CIENTIFICA Y
TECNOLOGICA
RECURSOS HUMANOS DE LA ACTIVIDAD 01
CATEGORIA

APELLIDO Y NOMBRE

Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente Investigador Asistente
ALVAREZ, SILVIA
BACELO, DANIEL ENRIQUE
BRITES, FERNADO DANIEL
CAMERUCCI, MARIA ANDREA
CASTELLANI, OSCAR FRANCISCO
DA SILVA CATELA, LUDMILA GILDA VERONICA
DI BITETTI, MARIO SANTIAGO
EIMER, GRISELDA ALEJANDRA
EVELSON, PABLO ANDRES
FEITO, MARIA CAROLINA
GOMEZ ZAVAGLIA, ANDREA
GRAÑA, MATIAS ALEJO
IRURZUN, ISABEL MARIA
JULIAN, PEDRO MARCELO
LESGART, CECILIA NORA
MARCO, DIANA ELISABETH
RUMBO, MARTIN

M.I.
18.413.877
18.290.827
18.253.450
18.139.439
20.797.401
18.536.585
16.727.562
20.783.681
18.222.967
17.931.892
20.665.464
20.536.683
20.404.584
21.624.802
21.528.573
16.576.600
21.430.765

Que se han producido DIECISIETE 17 vacantes, derivadas de las normas que rigen para la Administración Pública Nacional y la Administración de las Carreras del Personal Científico y Tecnológico.
Que el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004 aprobado por la Ley Nº 25.827 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 14 de enero de 2004, contempla el financiamiento de SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE 6359
cargos en las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo, permitiendo la incorporación del personal científico-tecnológico en la medida en que se vayan generando las vacantes.
Que mediante el dictado del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y su Decreto Reglamentario Nº 601 del 11 de abril de 2002, se ha establecido que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el Artículo 6º del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular Nº 4 de fecha 15
de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Que el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS CONICET, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA se encuentra exceptuado de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827 por estar comprendido dentro de los organismos indicados en el inciso a del Artículo 14 de la Ley Nº 25.467.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la medida que se propicia no altera el total del crédito asignado al CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS CONICET para el Ejercicio 2004.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, del Artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/03/2004 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data19/03/2004

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9374

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione22/06/2024

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