Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 9/10/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 195

9 de octubre de 2020

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Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de subvenciones a las ganaderías de bovino de lidia de la provincia de Teruel, para paliar, en la medida de lo posible, los efectos del Covid-19.
En todo lo no previsto expresamente en las presentes bases, serán de aplicación:
- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- El R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
- Ley 5/2015, de 25 de Marzo de 2015, de Subvenciones de Aragón, modificada por la ley 5/201, de 1 de julio de integridad y ética públicas.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- La Ley 7/1999, de 9 de abril, de la Administración Local de Aragón arts. 224-228.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- El Decreto 347/2002, de 19 del noviembre, Reglamento de Bienes, Actividades, Obras y Servicios de Aragón arts. 176-190.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, artículos 189.2 y 214.2, por el que se aprobó el Texto Refundido.
- Las Bases de Ejecución del Presupuesto 2020 de la Corporación Provincial.
- La Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación Provincial de Teruel, de 30 de abril de 2020, BOP N.º 86 , de 8 de mayo de 2020.
- El Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Teruel, de 30 de enero de 2020, B.O.P.
N.º 23, de 4 de febrero, y la modificación del mismo por Resolución N.º 2020-1414, de 23 de junio, B.O.P. N.º 122, de 29 de junio, en la que se incluye esta subvención.
- La aprobación por el Pleno, de fecha 27 de mayo de 2020, por la que se aprueba el expediente de modificación de créditos, por créditos extraordinarios y suplementos, B.O.P. N.º 100, de 28 de mayo y definitivo B.O.P.
N.º 116, de 19 de junio de 2020.
Tercero.- los beneficiarios y finalidad de la concesión, son:
La Diputación Provincial de Teruel, en el ejercicio de sus competencias, que vienen establecidas en el artículo 36.1 d de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local en la mejora y fomento de los recursos pecuarios de la provincia, colabora activamente en la recuperación y desarrollo de las razas autóctonas de diversas especies animales.
El objeto de estas ayudas a las ganaderías de bovino de lidia ubicadas en la provincia de Teruel es paliar, en la medida de lo posible, la crisis ocasionada por el Covid-19, a desarrollar durante el periodo de tiempo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2020.
Podrán acogerse a este Programa de Ayudas las ganaderías de bovino de lidia, con domicilio social y fiscal en la provincia de Teruel, debidamente acreditados en los libros genealógicos.
Se establecen las ayudas económicas reguladas por este Programa para sufragar los costes derivados de la alimentación, transportes y gastos sanitarios.
Cuarto.- Concurrencia.
La Convocatoria que se realiza es a través de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Quinto.- Los requisitos, cuantías y condiciones exigidos a los solicitantes son los siguientes:
Serán objeto de subvención los siguientes gastos realizados por las ganaderías de bovino de lidia:
1 Los gastos derivados de la alimentación de las reses piensos compuestos, suplementos y correctores alimenticios, alquiler de pastos etc..
2 Los gastos derivados del transporte de los animales en el caso de que los mismos realicen trashumancia, con relación de numero de viajes, fechas, kilómetros recorridos y guías pecuarias de transporte.
3 Los gastos veterinarios derivados de los tratamientos sanitarios de las reses cuotas de la Agrupación de Defensa Sanitaria y productos zoo-sanitarios.
Los gastos y costes correspondan al periodo en que efectivamente se realiza la actividad, tal y como está regulado en la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Se establecen las siguientes condiciones para ser beneficiarios de las ayudas:
1- Tener el domicilio fiscal y social en la provincia de Teruel.
2- Estar inscrita y registrada la ganadería en el Libro Genealógico de la Raza Bovina de Lidia, cumpliendo todos los requisitos legales.
3- Haber realizado festejos y/o espectáculos taurinos en el último ejercicio fiscal completo 2019.
Se establecen las siguientes cuantías de subvención:
1.- La cantidad de hasta 500 euros por ganadería que cumpla las condiciones para ser beneficiario del programa, hasta un máximo de 6.000 euros, a repartir entre todas las ganaderías beneficiarias acogidas al programa parte fija 2.- la cantidad de hasta 40 euros por animal machos y / o hembras entre 1 y 10 años nacidos desde 2009 a 2019 inscritos en en el libro genealógico de la raza. Se contemplaran, también, las reses que mantengan los estándares raciales y que por motivo de crisis sanitaria no se han podido herrar durante la pasada primavera,

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 9/10/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaeseSpagna

Data09/10/2020

Conteggio pagine23

Numero di edizioni5745

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione06/06/2024

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