Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 27/2/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 39

27 de febrero de 2019

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- Tener la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para ser contratado por la Administración.
4.- SISTEMA DE SELECCIÓN
La selección se efectuará mediante concurso-oposición.
En la fase de méritos el Tribunal valorará a los aspirantes mediante la puntuación ponderada de:
1.- FORMACIÓN:
-1.- Cursos de formación directamente relacionados con las funciones propias de la subescala.. Máximo 2
puntos, valorados según establece el art. 30 del Pacto de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Alcañiz.
-2.- Titulación académica: Máximo 3 puntos.
Doctorado: 1 punto Licenciatura: 0,80 puntos Diplomado: 0,60
2.- EXPERIENCIA.
- Experiencia laboral previa en plazas de la categoría: Máximo 3 puntos a valorar de la siguiente forma:
Experiencia previa en la Administración: 0,24 puntos año en jornada completa.
Para periodos inferiores se puntuará proporcionalmente.
En caso de empate, se decidirá este a favor del aspirante con mayor puntuación en el segundo criterio, de persistir el empate se estará a la mayor puntuación en el primero.
La fase de oposición consistirá en la superación de dos ejercicio prácticos, sobre las materias que figuran en el Programa Anexo de esta convocatoria.
Cada uno de los supuestos prácticos tendrá carácter eliminatorio y serán puntuados de 0 a 10, siendo preciso para aprobar obtener un 5 en cada uno de ellos.
5.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y ACREDITACIÓN DE MÉRITOS:
Los interesados presentarán solicitud dirigida al Sr. Alcalde del Ayuntamiento, conforme al modelo que se inserta como anexo a estas bases, acompañando fotocopia compulsada del DNI, y en su caso tarjeta de identidad y permiso de residencia en España, declaración jurada sobre su aptitud para desempeñar el trabajo y de no haber sido separado del servicio de la Administración Pública por causa de expediente disciplinario, y copia compulsada del certificado acreditativo de la titulación exigida, de la experiencia laboral previa y de la documentación acreditativa de los méritos que alegue. Asimismo acompañarán resguardo bancario de haber efectuado el pago de los derechos de examen que se establecen en 12,00 euros y que serán ingresado en la cuenta número 2085
3903 31 0300012828 que el Ayuntamiento tiene abierta en IBERCAJA
El plazo para la presentación de instancias finalizará a los DIEZ días de la publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia.
6.- LISTA DE ADMITIDOS, COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL Y VALORACIÓN DE MÉRITOS
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a resolver sobre los admitidos y excluidos provisionalmente concediendo plazo de tres días para subsanación de deficiencias.
El Tribunal que valorará los méritos será nombrado por la Alcaldía y estará constituido de la siguiente manera:
Presidente: Un Empleado Público del Subgrupo A-1 designado libremente por la Alcaldía..
Vocales: Un funcionario a propuesta por la Junta de Personal.
Dos funcionarios de carrera del Subgrupo C1, pertenecientes a la Subescala Administrativa o superior.
Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue..
De la celebración de las sesiones se levantará acta que contendrá la relación de los aspirantes por su orden de puntuación.
La valoración de méritos será objeto de publicación al objeto de que los interesados puedan alegar contra la misma en plazo de tres días. En el acta que fije la valoración definitiva se procederá a señalar día y hora para la realización del primer ejercicio de la oposición.
Para proceder a los nombramientos, se contactará telefónicamente con los aspirantes presentados a este procedimiento, por su orden de puntuación, efectuando nombramiento a favor de las personas disponibles en ese momento. Quienes rechacen una oferta de trabajo sin acreditar causa que lo justifique quedarán automáticamente excluidos de la bolsa de trabajo. Quienes justifiquen adecuadamente la imposibilidad de la prestación pasarán a ocupar el último lugar de la bolsa.
7.- NOMBRAMIENTO
El Sr. Alcalde, mediante Resolución, acordará el nombramiento de la persona propuesta, que deberá tomar posesión en el plazo que se le señale, que no podrá ser superior a ocho días naturales.
Para los sucesivos nombramientos, se dejará constancia en el expediente de las llamadas efectuadas y de las contestaciones dadas por los aspirantes.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 27/2/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaeseSpagna

Data27/02/2019

Conteggio pagine24

Numero di edizioni5745

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione06/06/2024

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