Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 9/2/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Viernes 9 de febrero de 2018

Número 33

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Economía y Conocimiento - Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Hostelería.
Expediente: 41/01/0152/2017.
Fecha: 19 de enero de 2018.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: Ángel Trujillo Ramírez.
Código: 41001465011981.
Visto el Convenio Colectivo del Sector Hostelería Código 41001465011981, suscrito por las Patronales: Asociación de Hoteles de Sevilla Asociación Empresarial de Hostelería de Sevilla, Asociación de Salas de Bailes y Discotecas, Asociación de Salas de Fiestas, Tablaos Flamencos y Cafés Cantantes y las Centrales Sindicales CC.OO. y UGT, con vigencia desde el 1 de enero de 2017 a 31 de diciembre de 2019.
Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre E.T., de acuerdo con el cual, loo convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósitos de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo, serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos colectivo de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Titulo III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de Planes de Igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los arts. 3, 6 y 8 del RD 713/2010 de 28 de mayo, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo y el Decreto 342/2012
de 31 de julio, que regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
Esta Delegación Territorial acuerda:
Primero.Registrar y ordenar el depósito del Convenio Colectivo del Sector Hostelería Código 41001465011981 , suscrito por las Patronales: Asociación de Hoteles de Sevilla, Asociación Empresarial de Hostelería de Sevilla, Asociación de Salas de Bailes y Discotecas, Asociación de Salas de Fiestas, Tablaos Flamencos y Cafés Cantantes y las Centrales Sindicales CCOO y UGT, con vigencia desde el 1 de enero de 2017 a 31 de diciembre de 2019.
Segundo.Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
Sevilla, 19 de enero de 2018.El Delegado Territorial, Juan Borrego Romero.
Convenio para el sector de la hostelería de Sevilla 2017-2019
Disposición Preliminar.Ambas partes, Patronal y Sindical, firmantes del presente Convenio, declaran que la clasificación profesional grupos y categorías profesionales, establecida en el Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el Sector de Hostelería, firmado con fecha 25 de marzo de 2015, y la tabla de correspondencia, no afectan, modifican o alteran los niveles salariales y retribuciones del anexo II, del Convenio Colectivo vigente en los años 2017/2019, ni tampoco a las categorías profesionales, establecidas en el anexo I de dicho Convenio, categorías profesionales que continúan subsistentes en el presente convenio para 2017/2019, a los solos efectos de aplicación de los niveles salariales y retribuciones pactados en el anexo II de este Convenio, en el bien entendido que en el marco de un Convenio unitario dichas Tablas Salariales tendrán el incremento que las partes acuerden.
Artículo 1.º Ámbito territorial.
El presente Convenio es de aplicación en Sevilla y su provincia.
Artículo 2.º Ámbito funcional.
El presente Convenio regula las condiciones mínimas de trabajo y su retribución en las empresas dedicadas a la actividad de Hostelería.
Artículo 3.º Ámbito personal.
Se regirán por este Convenio, todas las empresas y los trabajadores, que actualmente o mientras dure su vigencia, presten sus servicios en las empresas que se relacionan en el artículo 4º del Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el Sector de Hostelería.
Al personal que desarrolle su trabajo, total o parcialmente, en las categorías de camareras/os de pisos, camarero/a, y ayudantes de camareros/as, que sean o estén contratados por cualquier empresa que preste sus servicios a las empresas recogidas en los ámbitos funcional y personal del presente convenio, a partir del 1 de enero de 2019 les serán de aplicación las condiciones laborales y de empleo esenciales previstas en el presente convenio que fuesen de aplicación en la empresa principal o, en su caso, las que tendrían si fueran trabajadores contratados directamente por dicha empresa principal.
A estos efectos se consideran condiciones laborales y de empleo esenciales las referidas a remuneración y cuantía salarial, condiciones de contratación, tiempo de trabajo y descanso, igualdad, protección de la maternidad, lactancia y paternidad y frente a riesgos laborales.
Esta regulación no será de aplicación al personal puesto a disposición a través de empresas de trabajo temporal que se regulará por su normativa específica.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 9/2/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaeseSpagna

Data09/02/2018

Conteggio pagine72

Numero di edizioni6939

Prima edizione02/11/1999

Ultima edizione30/11/2022

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