Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 18/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / VIERNES 18 DE AGOSTO DE 2023

El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados GUERRA OLIVA, MICAELA DRUCIANA s/Otras diligencias; Expte. CUIJ Nº 20-02958873-9, ha decretado lo siguiente: Rosario, 30 de Agosto de 2022. Por presentada, con domicilio ad litem constituido y en el carácter invocado, por derecho propio y con patrocinio letrado. Por ratificado lo actuado por la Sra. Mariela Oliva en escrito cargo N
7481/21. Por iniciada la acción que expresa. En virtud de la naturaleza de la demanda incoada, imprímase a los presentes el trámite del juicio sumarísimo art. 70
Cód. Civil y Com. de la Nación. Cítese y emplácese al Sr. Facundo Guerra a que conteste la demanda y ofrezca prueba por el término y bajo los apercibimientos de ley. Dése intervención al Sr. Fiscal. Notifíquese por cédula. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL una vez por mes, durante dos meses. Ofíciese al Registro de la Propiedad y al Registro Nacional de Reincidencia a fin de que informen respectivamente si existen medidas precautorias y antecedentes penales a nombre de Micaela Druciana Guerra y/o Micaela Druciana Guerra Oliva. Téngase presente la prueba ofrecida. Fecho, córrase vista al Asesor letrado del Registro Civil y al Fiscal.
Fdo: Dr. Luciano D. Juárez - Juez en suplencia; Dra. Daniela E. Jaime Secretario. Secretaría. Rosario, 23 Diciembre de 2022.
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Ago. 18


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4 Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: FERREYRA, ADRIAN MARCELO c/PAGANO, SALVADOR MIGUEL s/Escrituración; Expte. N 21-02895377-9 se ha ordenado notificar a los herederos del demandado Sr. Salvador Miguel Pagano la Sentencia N 607/23 de fecha 13/06/2023: Rosario, 13 de junio de 2023. Y vistos:
Y Considerando: Fallo: rechazar la demanda interpuesta, con costas Art. 251
C.P.C.C.S.F.. 2. Regular los honorarios profesionales una vez que resulte firme la presente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Nicolás Villanueva Juez, Dra. Daniela A. Jaime Secretaria. Rosario, 03 de agosto de 2023.
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Ago. 18 Ago. 23


Por disposición del Juzgado de 1 instancia de Ejecución de circuito 1 Nominación Rosario y en autos caratulados ESPINOSA, GABRIELA FERNANDA y otros c/PEGORARO, NELIDA SONIA s/Juicio ejecutivo; CUIJ Nº: 21-13925236-2 se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, 30 de Marzo de 2023. Téngase por acompañado edicto publicado. Atento lo cumplimentado, provéase el primer decreto de trámite: Por presentada/s, domiciliada/s, en el carácter invocado y por derecho propio, désele la participación que por ley corresponda. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres 3 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. A la cautelar solicitada, procédase a la desafectación de la inembargabilidad dispuesta por el artículo 14 inciso c de la ley N 24.241 y trábese embargo sobre los haberes previsionales de Pegoraro Nélida Sonia DNI Nº 13.449.058, beneficio Nº 14-00744983-0-9, hasta cubrir la suma de $ 64.500, en proporción de ley, estimados provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas futuras, previa reposición de ley si correspondiere. Líbrese el despacho pertinente y deposítese en el Banco Municipal de Rosario Sucursal 80, Caja de Abogados, Montevideo 2076, Rosario, consignando el número de Cuenta Judicial y CBU. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Firmado: Dra. Silvina López Pereyra, Secretaría; Dra. Mariana Martínez, Juez.
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Ago. 18 Ago. 23


El Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10 Nominación de Rosario, Santa Fe, en los autos caratulados CONTI, MARIA DEL ROSARIO s/Otras diligencias; CUIJ
Nº 21-02970700-3, ha dispuesto publicar edictos una vez por mes en el lapso de dos meses la solicitud de cambio de prenombre respecto de la Sra. María Del Rosario Conti, DNI Nº: 38.172.188, domiciliada en calle Jacarandá 2222 de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe, en los términos del artículo 70 del Código Civil y Comercial de la Nación, para que los que se consideren con derecho formulen oposición dentro de los quince 15 días hábiles, computados desde la última publicación.
Rosario, 30 Junio de 2023. Dra. Lina Tognarelli, prosecretaria.
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Ago. 18


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Ejecución de Circuito de la 1 Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO SRT c/TALLER DASH SRL
s/Apremio; Expte. CUIJ Nº 21-13925126-9, se ha ordenado notificar a la parte demandada lo siguiente: N 676. Rosario, 10/05/2023. Y vistos Y considerando
Fallo: Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Taller Dash SRL
hasta que la actora perciba el importe íntegro de su crédito por la suma de pesos cuarenta y cinco mil ochocientos noventa y siete con cincuenta y ocho centavos $
45.897,58, con más los intereses determinados en la parte considerativa de la presente. Imponer las costas a la parte demandada vencida art. 251 CPCC. Diferir la regulación de honorarios hasta la confección de la respectiva planilla. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Martínez Juez, Dra. Silvina López Pereyra Secretaria. Rosario, 4 de agosto de 2022. Publicación sin cargo.
S/C

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Ago. 18 Ago. 23


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1 Instancia de Circuito de Ejecución 1 Nominac. de Rosario - Sec. 1 de Rosario, Dra. Mariana Martínez, dentro de los autos caratulados CONFICRED S.A. c/HEREDIA LUIS ALBERTO s/Demanda ejecutiva; Expte. N 21-13894358-2 se ha dictado lo siguiente: Rosario, 13 de Marzo de 2023. A los escritos cargo N 2502/2023 y 2504/2023 se provee: Agréguese la cédula/edicto en copia acompañada. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial. Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada art. 261
y 263 Código Penal, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto 13 del Reglamento de Presentación electrónica de escritos en expedientes - http www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACIONES%20ELECTR%C3%93NICAS/Pautas%20PEE%20a%20traves%20Autoconsulta%20-%20TO%20oct2021.pdf.
Firmado: Dra. Silvina López Pereyra - Secretaria. Dra. Mariana Martínez Jueza.
Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario.
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Ago. 18 Ago. 23

Pág. 33

El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil Comercial de la 17º Nominación de Rosario, DR. MARIA SILVIA BEDUINO, notifica al Sr. LUGO, JUAN
ALCIBIADES, DNI N 40.359.473,lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ LUGO, JUAN ALCIBIADES s/Ejecutivo CUIJ N 21-02948322-9:
ROSARIO, 22/05/2023 Agréguese la cédula acompañada. No habiendo comparecido la parte demandada JUAN ALCIBIADES LUGO a/estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláresela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edicto. Firmado:
DR. MARIA SILVIA BEDUINO Juez, DR. HERNAN AGUZZI ProSec..
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Ago.18 Ago. 23


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en Lo Civil y Comercial de la 9 Nominación de Rosario DR. MARÍA FABIANA GENESIO notifica al Sr. SUÁREZ
CLARA INES, DNI N 18.890.799, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ SUAREZ, CLARA INES s/Ejecutivo CUIJ N 21-02933123-2: Rosario. 25 de agosto de 2020. Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado, a mérito del poder que en copia acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra Clara Inés Suárez DNI 18.890.799, por cobro de la suma de $100.525,99.- más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Líbrese mandamiento de intimación de pago por la suma indicada con más la del 50% estimada provisoriamente para intereses y costas. En caso de no realizarse el pago, procederá a trabar embargo sobre los bienes libres propiedad del demandado hasta cubrir dichos importes, y a citado y emplazado para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. El actor podrá optar por realizar la citación y emplazamiento por cédula. Resérvese en Secretaria la documentación acompañada, dejándose copia digitalizada en el sistema informático y copia certificada en el expediente. Certifíquese En copia del poder acompañada.
Manifieste el profesional su situación frente al IVA y acompañe constancia de inscripción en la AFIP. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la diligencia, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. Asimismo, hágase saber que en el punto VII del Acta N 16 Acuerdo Extraordinario de la CSJSF, se ha puesto en funcionamiento el sistema de notificaciones electrónicas con firma digital aprobado por Acta Acuerdo N 7, Punto 11 del 07.03.2019, en todas las unidades jurisdiccionales y dependencias de este Poder Judicial a partir del 18.06.2020. A tales fines los profesionales deben denunciar dentro de los presentes un correo electrónico a los fines de recibir el aviso de cortesía, previsto en el artículo 6 del Reglamento respectivo, obligándose a comunicar cualquier cambio bajo su entera responsabilidad. Téngase presente que la omisión de denunciar correo electrónico no obsta al cumplimiento de la notificación de conformidad al artículo 14 de dicha normativa. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http iurixonline.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_INTERNET/faces/internet/I nicio.jspx, con la clave: 9339. FIRMA: DRA. VERONICA
A. ACCINELLI SECRETARIA, DRA. MARÍA FABIANA GENESIO JUEZ.
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Ago. 18 Ago. 23


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1 Nominación de Rosario, DR. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. SANCHEZ, ISAIAS PABLO DAVID DNI N 37.208.002 lo declarado en autos: ELECTRONICA
MEGÁTONE S.A. c/ SANCHEZ, ISAIAS PABLO DAVID s/Ejecutivo CUIJ N 2113883166-0: Nro.: 1566 Rosario, 18 de septiembre de 2020 VISTOS Y CONSIDERANDO FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de SANCHEZ, ISAIAS PABLO DAVID hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $7.883,94 Siete mil ochocientos ochenta y tres pesos con 94/100 cent. en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II Costas a la parte demandada vencida art. 251 CPCC. III-Regular los honorarios del/la Dr/a. KNAFEL, ROSANNA NOEMI - CUIT -2721307016-4 en la suma de $5.144,41 equivalentes a 1, 16 JUS arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767
t.o. ley 12.851.Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal AFIP en el término de cinco días, si no lo hubiera cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese. Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA-Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito la. Nom. Rosario Dra. MARIANA PAULA MARTINEZ - Jueza - 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. - Rosario $ 50

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Ago. 18 Ago. 23


El Sr. Juez a cargo del juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO JUDICIAL N 4 DR. RAGONESE CLAUDIA ALEJANDRA, notifica al Sr. GONZALEZ, ROBERTO EDUARDO D.N.I N 25.729.190 lo declarado en autos: ELECTRONICA
MEGATONE S.A. c/ GONZALEZ, ROBERTO EDUARDO s/Ejecutivo CUIJ N 2112630673-0: ROSARIO, 04 de Septiembre de 2020.Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial.Firmado: DR. RAGONESE CLAUDIA ALEJANDRA Juez, DRA. PAULA MARINA HELTNER Sec..
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Ago. 18 Ago. 23


El Sr. Juez a cargo del juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO JUDICIAL Nº 3 DR. CECILIA CAMAÑO notifica al Sr. DELGADO KEVIN ELIAN DNI F N
40777771 lo declarado en autos ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ DELGADO
KEVIN ELIAN s/ Ejecutivo CUIJ N 21-12626991-6: Tomo: 125 Folio: 167 Resolución: 389 VISTOS Y CONSIDERANDO FALLO: 1. Mandando seguir adelante la ejecución contra DELGADO KEVIN ELIAN hasta tanto la actora se haga integro cobro de la suma de $ 20.973,16 con más los intereses establecidos en los considerandos precedentes. 2. Aplicar las costas a la demandada vencida. art. 251 del CPCC. 3. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Firmado: DR. CECILIA CAMAÑO Juez,DRA.
PAULA MARINA HELTNER Sec..DRa. Maria Mure, prosecretaria.
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Ago. 18 Ago. 23

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 18/8/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data18/08/2023

Conteggio pagine38

Numero di edizioni695

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione24/05/2024

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