Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 16/4/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA

FRANQUEO A PAGAR

VICTOR HUGO LANARO
Dire ctor General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LIV Nº 4273
LEY Nº 3043

OFICIAL

LEYES

El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerz a de :
LE Y
Artículo 1.- ADHIERASE la provincia de Santa Cruz a las Leyes Nacionales 25.864, Ciclo Lectivo Anual Mínimo; Ley Nacional 26.058, Ley de Educación T écnico Profesional en el Nivel Medio y Superior no Universitario del Sistema Educativo Nacional y la Formación Profesional; Ley Nacional 26.075, Financiamiento en Educación, Ciencia y Tecnología y Ley Nacional 26.150, Programa Nacional de Educación Sexual Integral.Artículo 2.- La mesa de Ecuación Santacruceña establecida en el Decreto Nº 2448/08, deberá realizar, teniendo como marco normativo general la Ley Nacional 26.206 y la Ley Provincial 2411, modi-ficatoria de la Ley 263, el análisis respecto de la educación como tema prioritario en la agenda pública, promoviendo la participación, el debate y la generación de propuestas y acuerdos, las cuales estarán incluidas en un futuro proyecto de ley.Artículo 3.- CO MUNIQ UESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DESESIO NES: RIO GALLEGO S; 12 de Marzo de 2009.Dr. LUIS HERNAN MARTINEZ CRESPO
Presidente Honorable Cámara de Diputados Prof. DANIEL ALBERTO NO TARO
Secretario General Honorable Cámara de Diputados DECRETO Nº 0578
RIO GALLEGOS, 06 de Abril de 2009.V I ST O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Marzo de 2009, mediante la cual la Provincia de Santa Cruz se ADHIERE a las Leyes Nacionales Nros. 25.864
Ciclo Lectivo Anual Mínimo, 26.058 Ley de Educación T écnico Profesional en el Nivel Medio y Superior no Universitario del Sistema Educativo Nacional y la Fo rmació n Prof esiona l, 26 .075
Financiamiento en Educación, Ciencia y Tecnología y 26.150 Programa Nacional de Educación Sexual Integral; y CONSIDE RANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- PRO MULGASE bajo el Nº 3043 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputa-

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobern ad or Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Min istro de la Jefatura de Gabi nete de Mi nistros Sr. CARLOS ALBERTO BARRETO
Mi nistro d e Gobierno Ingº. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Mi nis tro de la Secretaría General de la Gob ernación C.P.N. JUAN MANUEL CAMPILLO
Ministro de Econ omía y Obras Públi cas HORACIO MATIAS MAZU
Mi nistro d e As untos Social es Ingº. JAIME HORACIO ALVAREZ
Minis tro de l a Producción Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Pres i den te del Consejo Provi nci al de Ed ucaci ón Dr. CARLOS JAVIER RAMOS
Fiscal de Estado
dos en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Marzo de 2009, mediante la cual la Provincia de Santa Cruz se ADHIERE a las Leyes Nacionales Nros. 25.864 Ciclo Lectivo Anual Mínimo, 26.058 Ley de Educación T écnico Profesional en el Nivel Medio y Superior no Universitario del Sistema Educativo Nacional y la Formación Profesional, 26.075 Financiamiento en Educación, Ciencia y Tecnología y 26.150 Programa Nacional de Educación Sexual Integral.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-Dr. Pablo Gerardo González ________
LEY Nº 3044
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerz a de :
LE Y
Artículo 1.- APRUEBASE en todos su términos el Convenio suscripto con fecha 8 de Mayo de 2008, entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC, representado por su Directora Licenciada Ana María EDWIN por una parte, y por la otra la Dirección Provincial de Estadística y Censos de la Provincia de Santa Cruz, representada por su Directora Licenciada Soledad BOGGIO, el cual tiene por finalidad establecer una cooperación técnica y financiera a efectos de dar cumplimiento al Programa de Estadística del año 2008; y que como Anexo I forma parte integrante del presente.Artículo 2.- COMUNIQ UESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DESESIONES: RIO GALLEGO S;12 de Marzo de 2009.Dr. LUIS HERNAN MARTINEZ CRESPO
Presidente Honorable Cámara de Diputados Prof. DANIEL ALBERTO NO TARO
Secretario General Honorable Cámara de Diputados
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4273 DE 16 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 16 de Abril de 2009.Entre el INST IT UT O NACIONAL DE ESTADIST ICA Y CENSOS, en su carácter de organismo que dirige el Sistema Estadístico Nacional, según las disposiciones de la Ley Nº 17.622 y su Decreto Reglamentario Nº 3110/70, en adelante denominado EL
INDEC representado en este acto por su Directora Lic. Ana María EDWIN, con domicilio legal en Av.
Julio A. Roca Nº 609, CIUDAD DE BUENOS AIRES, por una parte, y por la otra la DIRECCION
PROVINCIAL DE ESTADIST ICA Y CENSOS de la Provincia de SANTA CRUZ, en adelante denominada LA DIRECCIO N, representada en este acto por su Directora Lic. Soledad BOGGIO, con domicilio legal en Mariano Moreno Nº 123, RIO GALLEGOS, convienen en celebrar, conforme a las disposiciones de la Ley y Decreto citados y ad-referéndum del Señor Secretario de Política Económica de la Nación, el presente Convenio con las mutuas obligaciones que surgen de las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El presente Convenio tiene por objeto dar cumplimiento al PROGRAMA DE ESTADIST ICA del año 2008 y con tal fin se implementa una colaboración técnica entre los organismos firmantes que permita a EL INDEC cumplir con los fines públicos expuestos en el Artículo 2º del Decreto Nº 3110/70, en las actividades que a continuación se detallan:
1. Encuesta Permanente de Hogares Continua.2. Indice de Salarios.3. Marco de Muestreo Nacional de Viviendas.4. Encuesta de Ocupación Hotelera.5. Sistema Integrado de Estadísticas Sociodemográficas.6. Programa Análisis Demográfico.7. Mejoramiento de Estadísticas Vitales y de Registro Civil.SEGUNDA: Las actividades se acordarán por medio de Actas Complementarias que incluirán las tareas que ambas partes deberán realizar y las obligaciones especiales de cada actividad, conforme a los Artículos 2º y 3º del Decreto Nº 3110/70; el monto total a aplicar en dicha actividad la cantidad indicativa máxima de personal que deberá trabajar y los perfiles de estos; la duración indicativa máxima de los contratos de obra y el cronograma de entrega de ambas partes. En ningún caso, las partes asumirán obligación alguna que exceda el presupuesto previsto para cada actividad.
TERCERA: Las partes garantizan el estricto cumplimiento, por parte de todas las personas que participen de las actividades motivo del presente Convenio Marco, de las normas sobre secreto estadístico y la confidencialidad de la información, de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 17.622 y de la Disposición INDEC Nº 176/99.CUARTA: FUNCIONESY OBLIGACIONES DE
LASPART ES: Para el logro de los objetivos enunciados en la cláusula PRIMERA, cada uno de los organismos intervinientes se ajustará a las funciones y obligaciones que se detallan en esta cláusula y las que por cada actividad específicamente se enumeren en las respectivas. Actas Complementarias.
1.- EL INDEC se compromete a :
a Financiar con cargo a su presupuesto, de acuerdo al Artículo 7º Incisos a y b y Artículo 8º de la Ley Nº 17.622 los gastos que demande el cumplimiento del presente Convenio hasta un monto de PESOS DOSCIENT OS SET ENTA Y T RES MIL

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 16/4/2009

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data16/04/2009

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1654

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione21/03/2023

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