Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 12/7/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 12

Santa Rosa, 12 de julio de 2019

Res. N 393 -3-VII-19- Art. 1.- Postérgase por razones de servicio, la Segunda Fracción de Licencia Anual Reglamentaria, correspondiente al año 2018, solicitada por el agente Heraldo Lujan PERLO, D.N.I. N 25.903.327- Legajo N 69.698- Afiliado N 70.246, quien se desempeña en la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante ante este Ministerio.
Art. 2.- El agente de referencia usufructuará los 6 días de Licencia, correspondientes a la Primera Fracción, cuando las razones de servicio así lo permitan.
Res. N 395 -3-VII-19- Art. 1.- Otórgase al señor Alberto Horacio BEIERBACH, D.N.I. N 12.710.894, de la ciudad de Santa Rosa, titular del predio de explotación ubicado catastralmente en Sección X, Fracción C, Lote 6, Parcela 7, Partida N
664.121/8, situado en el departamento de Lihuel Calel, La Pampa, la suma $ 150.000,00 en carácter de préstamo para financiar la compra de alimento balanceado, en el marco de la Ley N 2595 Fondo para la Recuperación del Stock Bovino, su Decreto Reglamentario N 2909/10 y Resolución N 272/19.
Art. 2.- Facúltase a la señora Directora de la Dirección de Asistencia Técnica y Financiera y/o al señor Subsecretario de Industria, a suscribir con el Beneficiario el respectivo Contrato de Mutuo que como Anexo forma parte de la presente Resolución.
Art. 3.- La Habilitación del Ministerio de la Producción, liquidará y pagará la suma mencionada en el artículo 1, con imputación a la partida presupuestaria Jurisdicción G, Unidad de Organización 41 - Carácter 0 Cuenta 1 Finalidad y Función 720 02 070 02 00 00 139 - 8658 PRES. FDO.
RECUP. STOCK BOVINO del Presupuesto vigente.
Art. 4.- El Beneficiario deberá rendir expresa y documentada cuenta del Préstamo que se otorga en el artículo 1 de la presente Resolución, dentro del plazo de 90 días del efectivo otorgamiento, a efectos de verificar y evaluar el cumplimiento de las obligaciones asumidas.
Res. N 396 -3-VII-19- Art. 1.- Déjase sin efecto, la Resolución N 286/19, con fecha 16 de mayo de 2019, expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2.- Sustitúyase el artículo 2 de la Resolución N
100/19, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2.- Facúltase a la señora Directora de Asistencia Técnica y Financiera y/o al señor Subsecretario de Industria para que, con la intervención de Escribanía General de Gobierno y en nombre y representación del Ministerio de la Producción, suscriba la liberación de la Garantía Hipotecaria sobre el bien denominado catastralmente como: Ejido 026;
Circunscripción IV; Radio b; Manzana 40B; Parcela 24, Partida N 785660, propiedad de la señora Silvina Andrea DÍAZ, D.N.I.
N 21.638.427.
Res. N 397 -5-VII-19- Art. 1.- Dése por cancelado el crédito otorgado por Resolución N 915/11, de fecha 11 de noviembre de 2011, en el marco del Programa de Apoyo a Proyectos Productivos, establecido por Decreto N 2272/10
Texto Ordenado del Decreto N 947/97 y sus modificatorios, por la suma de $ 94.000,00, al señor Juan Carlos BARTEL, D.N.I.
N 20.987.992.
Art. 2.- Facúltase a la señora Directora de Asistencia Técnica y Financiera y/o al señor Subsecretario de Industria, para que, con intervención de Escribanía General de Gobierno y en nombre y representación del Ministerio de la Producción, suscriba la liberación de la Garantía Prendaria bajo Número de
BOLETÍN OFICIAL N 3370

Contrato de Prenda con Registro FHJ524.
Res. N 398 -5-VII-19- Art. 1.- Dése por cancelado el crédito otorgado al señor Jorge Ramón PLAKSIJ, D.N.I. N
27.174.266, por Resolución N 922/12, de fecha 27 de diciembre de 2012, en el marco del Programa de Apoyo a Proyectos Productivos, establecido por Decreto N 2272/10
Texto Ordenado del Decreto N 947/97 y sus modificatorios, por la suma de $ 70.000,00.
Art. 2.- Facúltase a la señora Directora de la Dirección de Asistencia Técnica y Financiera y/o al señor Subsecretario de Industria para que, con intervención de Escribanía General de Gobierno y en nombre y representación del Ministerio de la Producción, suscriba la liberación de la Garantía Prendaria inscripta bajo el Contrato de Prenda N GRN986.
Res. N 399 -5-VII-19- Art. 1.- Dése por cancelado el crédito otorgado por Resolución N 522/13, de fecha 5 de agosto de 2013, en el marco del Programa de Apoyo a Proyectos Productivos establecido por Decreto N 2272/10
Texto Ordenado del Decreto N 947/97 y sus modificatorios, por la suma de $ 100.000,00, a la señora Alicia DI COLA, D.N.I.
N 13.090.200.
Res. N 400 -5-VII-19- Art. 1.- Sustitúyase el artículo 2
de la Resolución N 212/19, de fecha 5 de abril de 2019, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2.- Facúltase a la señora Directora de Asistencia Técnica y Financiera y/o al señor Subsecretario de Industria para que, con la intervención de Escribanía General de Gobierno y en nombre y representación del Ministerio de la Producción, suscriba la liberación de la Garantía Hipotecaria sobre el bien denominado catastralmente como: Ejido 072, Circunscripción I, Radio f, Manzana 37, Parcela 24, Partida N
669.540, propiedad CIEN POR CIENTO 100% del señor MEYER
y BENDER o MEYER, Sergio Fabián.
Res. N 405 -5-VII-19- Art. 1.- Postérgase por razones de servicio, la Segunda Fracción de la Licencia Anual Reglamentaria, correspondiente al año 2018, Agustina Lucía HORN, D.N.I. N 32.046.808, Legajo N 126.522, Afiliada N
86.885 quien se desempeña en la Oficina de Defensa del Consumidor de la Dirección de Comercio dependiente de la Subsecretaría de Industria del Ministerio de la Producción.
Art. 2.- La agente de referencia usufructuará los 4 días que le restan de Licencia, cuando las razones del servicio así lo permitan.
Res. N 406 -5-VII-19- Art. 1.- Postérgase por razones de servicios, la Segunda Fracción de la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2018, solicitada por la agente Liliana Mónica TORCISI, D.N.I. N 14.857.173, Legajo N
17.174 Afiliada N 48.443, quién se desempeña sus tareas en la Delegación de Relaciones Laborales de General Pico de la Dirección General de Relaciones Laborales dependiente de la Subsecretaría de Trabajo, Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de la Producción.
Art. 2.- La agente de referencia usufructuará los 8 días de dicha Licencia, cuando las razones del servicio así lo permita.
Res. N 407 -5-VII-19- Art. 1.- Postérgase por razones de servicio, la Segunda Fracción de Licencia Anual Reglamentaria, correspondiente al año 2018, solicitada por el agente Fernando

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 12/7/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data12/07/2019

Conteggio pagine44

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

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