Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 14/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 2

JUNTA DE ANDALUCÍA

n
Granada, lunes, 14 de diciembre de 2020
NÚMERO 4.921

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FINANCIACIÓN
EUROPEA
DELEGACIÓN DE GOBIERNO EN GRANADA
SERVICIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada por la que se autoriza administrativamente, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara en concreto de utilidad pública correspondiente al Proyecto de Ramal MOP 10 BAR para suministro a parque metropolitano industrial y tecnológico de Granada, en el término municipal de Escúzar Granada.
Expediente Nº DGC 15/18.
E-2786 fm/lh Vista las solicitudes formuladas por la empresa Redexis Gas, S.A., y visto lo actuado hasta la fecha se resuelve conforme a los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho que siguen:
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 7 de noviembre de 2018, D.
José Enrique Carretero Verdejo, en nombre y representación de la mercantil Redexis Gas, S.A., con C.I.F. A82.625.021 y domicilio a efectos de notificaciones en la Avda. Federico García Lorca, n.º 31 local 10, C.P. 18.014
Granada, solicitó de esta Delegación autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución del proyecto de instalaciones denominado Proyecto singular para suministro de gas natural a Parque metropolitano industrial y tecnológico de Granada en T.M. de Escúzar Granada, así como la declaración, en concreto, de utilidad pública.
SEGUNDO.- A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natura, y en base a la legislación de Expropiación Forzosa, se sometió la solicitud respectiva de dicho expediente a Información Pública mediante la publicación del correspondiente anuncio en el B.O.E. n.º 229 de fecha 24/09/2019, B.O.J.A. nº 172 de fecha 06/09/2019, B.O.P. n.º 159 de fecha 22/08/2019, en el diario Ideal con fecha 21/08/2019 y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Escúzar, para que en el plazo de veinte días se presentaran las alegaciones que se estimaran procedentes.
TERCERO.- Transcurridos los plazos reglamentarios, se han presentado las alegaciones referidas a continuación:
- Alegaciones de D. Luis Serrano Donaire e Ignacio Serrano Donaire, indicando que D Bernarda Rosario Lorca Rodríguez, usufructuaria registral de las fincas 29
y 57 del polígono 2, finca registral n.º 571 del t.m. de Escúzar, falleció en Granada el día 13 de abril de 2014, por lo que dicho usufructo quedó extinguido consolidándose por lo tanto la nuda propiedad, habiéndose constar de este hecho en el catastro, solicitando asimismo
n
B.O.P. número 211

modificación del trazado de la tuberías, estas alegaciones son contestadas por Redexis Gas, S.A., dando su conformidad en cuanto a la titularidad de las parcelas, y oponiéndose al cambio de trazado de la tubería propuesto por los linderos de la finca alegando que el trazado de la misma debe seguir una línea recta y no puede ajustarse a los distintos linderos, caminos o cañadas porque ello haría inviable dicho trazado tanto por razones de seguridad, de mantenimiento de las instalaciones como por razones técnicas de ejecución, ya que los cambios de dirección conllevarían unas pérdidas de carga que podrían afectar a la presión de garantía en las acometidas del polígono industrial, del cual se pretende dar suministro.
Redexis Gas, S.A., también se opone al cambio de trazado propuesto paralelo a las servidumbres ya existentes porque dicho cambio provocaría un aumento de las afecciones en las fincas GU-ES-01 y GU-ES-03 respecto a las contempladas en la información pública, ya que no pueden solaparse ambas servidumbres por la necesidad de respetar las distancias reglamentarias de seguridad entre ambas infraestructuras, además Redexis Gas, S.A. manifiesta la compatibilidad del proyecto con el uso agrícola de las parcelas referidas, ya que una vez instalada la tubería, el terreno se restituye a su estado inicial quedando apto para su posterior cultivo. No se expropia de pleno dominio, solo se constituye una servidumbre subterránea de paso de gas que al no dividir la finca, permite que, una vez finalizadas las obras, se pueda continuar la explotación agraria en la totalidad de las fincas afectadas.
- Alegaciones del Parque Metropolitano, solicitando modificación del trazado de las tuberías, por atravesar la parcela urbana M-S-6 por el centro de la misma, lo que la haría inservible para una futura construcción de nave o edificio sobre la misma, alegaciones que son estimadas por Redexis Gas, S.A., dando su conformidad a dicho cambio de trazado.
CUARTO.- Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los art. 80, 84 y 98 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, se remitió en su día separata del proyecto presentado a las siguientes Administraciones Públicas, organismos, y empresas de servicio público o de servicios de interés general de la documentación relativa a la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo:
Ayuntamiento de Escúzar, MoviStar, y Parque Metropolitano, Industrial y Tecnológico de Granada, que emitieron informes, los cuales se remitieron al peticionario, o tras reiteración de la petición de informe según los artículos 80, 84 y 98 del Real Decreto 1434/2002 y pasados quince días no emitieron contestación, con lo que se entiende que no tienen objeción o condición que formular.
QUINTO.- Con fecha 22 de junio de 2020, esta Delegación solicito al Ayuntamiento de Escúzar, para que en el plazo de un mes, emitiera Informe de Compatibilidad Urbanística a los efectos del artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en su redacción dada por el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 14/12/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaeseSpagna

Data14/12/2020

Conteggio pagine41

Numero di edizioni5536

Prima edizione01/06/2002

Ultima edizione24/06/2024

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