Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/10/2010

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Nº 24.602 - 190/10

PARANA, miércoles 13 de octubre de 2010

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción
SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 2163 GOB
Paraná, 19 de julio de 2010
Reconociendo el gasto y autorícese el reintegro del mismo al Sr. Director General de Información Pública de la Provincia, Pedro Baez, según factura B N 001-00000230 emitida por la firma Renovart" por la suma de $
2.920, por la provisión y colocación de cerramiento en durlock en la terraza de Casa de Gobierno.
Reconociendo el gasto y autorízase el pago de las siguientes facturas: Factura B N
0001-00000089, por $ 22.990, emitida por la firma Think Grupo de Comunicación S.R.L en concepto de servicio de producción integral de contenidos para un programa especial de televisión denominado Vuelve El Tren;
Factura C Nº 0001-00000884, por $ 18.600, de la firma Grupo Mercado de Jorge E. Majluff, en concepto de servicios de estudio de opinión pública cualitativo a fin de determinar la percepción de la población entrerriana acerca de la gestión de gobierno durante los dos primeros años del mismo;
Facturas B N 0001-00000359, por $
23.346,71; B 0001-00000360 por $
20.535,64; B 0001-00000371 por $
10.970,59; B 0001-00000364 por $
26.436,46; B 0001-000010363 por $
15.050,34; B 0001-00000365 por $
25.451,14; B 0001-00000366 por $ 5.485,29;
B 0001-00000367 por $ 5.485,29; B
0001-00000368 por $ 19.832,87; B 000100000369 por $ 20.535,64, todas ellas de las firmas V.T.S SA., en concepto de servicio móvil de producción, móvil satelital, espacio utilizado y personal técnico operativo en diversos eventos provinciales, por un total de 173.129,97;
Factura B Nº 0001-00000121, por $
160.000,00, emitida por la firma Fullscreen S.R.L. en concepto de publicidad por acción promocional en vía pública, publicidad móvil vehículo ploteado, logo de Subsecretaría de Turismo en folletos gorros, mazo de naipes y uniformes correspondiente al aviso oficial Subsecretaría de Turismo de Entre Ríos -Entre Ríos Una Tierra Diferente.

EDICION: 24 Págs. - $ 2,00

D. Sergio Daniel Urribarri Dr. D. José Eduardo Lauritto Cr. D. Adán Humberto Bahl Cr. D. Diego Enrique Valiero D. José Orlando Cáceres Dr. D. Angel Francisco Giano Arq. D. Guillermo Luis Federik Cr. D. Roberto Emilio Schunk
Reconociendo el pago de las facturas B
0010-00000078 y B 0010-00000079 por la suma de $ 5.000,00 cada una, y autorizando el gasto por los meses subsiguientes del corriente ejercicio presupuestario, en concepto de publicidad correspondiente al auspicio Subsecretaría de Turismo de Entre Ríos de la Provincia de Entre Ríos en boxes del piloto Prospero Martín Bonelli de la categoría Turismo de Carretera.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir las órdenes de pago a fin de efectuar el pago de las sumas determinadas y hasta la suma de $ 432.639,97, conforme facturas obrantes en autos.
DECRETO Nº 2203 GOB
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 21 de julio de 2010
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales la Dra. Lorena Pamela María, MI N 24.300.353, legajo N 149476, agente perteneciente a la planta de personal permanente de la Dirección General de Recursos Naturales de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios, Recursos Naturales y Desarrollo Rural dependiente del Ministerio de Producción, interpone recurso de apelación jerárquica contra la Resolución N
3949/07 SPG y N 068/07 CORUFA, para que revocadas que sean las mismas se le abone:
a el adicional por responsabilidad funcional como jefe de Departamento Administrativo Legal CORUFA y b el adicional especial otorgado mediante Decreto N 4771/03 SEPG, de la ex Secretaría de la Producción, por prestar funcione en dicha área; y CONSIDERANDO:
Que como previo cabe acotar, en el aspecto formal, las presentes actuaciones han tenido un procedimiento irregular en cuanto al cumplimiento de las formalidades así por ejemplo el recurso de revocatoria, que se adjunta a las actuaciones referenciadas, interpuesto por la agente María, no cumple con la constitución del domicilio, la mención de los agravios que le causa la norma atacada, etc.;
Que no obstante lo antes expuesto, no caben dudas de que la recurrente se ha disconformado a través de su escrito recursivo, de la Resolución N 3949/07 SPG que le fue notificada
el día 30 de julio de 2007, tal como surge de las constancias obrantes en autos y que, habiéndose operado la continuidad del trámite y dictada que fue la Resolución N 068/07 CORUFA, notificada a la recurrente en fecha 6 de noviembre de 2007, sería ésta resolución la que resuelve el supuesto recurso de revocatoria;
Que la mencionada Resolución N 068/07
CORUFA fue puesta en su momento en discusión por la ex Asesoría Legal de la ex Secretaría de la Producción, negándole virtualidad jurídica por la falta de firma del presidente del CORUFA sin embargo, tal cuestionamiento, ha sido salvado con la documentación que se agrega al expediente administrativo identificado con N U 887351, de la que surge de manera indubitada, que las decisiones del CORUFA
se toman por simple mayoría, sin que se necesite la firma del presidente;
Que así entonces, siendo válida la mentada resolución a los efectos del cómputo del plazo, se concluye que el recurso de apelación jerárquica interpuesto en fecha 7 de noviembre de 2007 según constancias obrantes en autos y conforme lo informado por la Fiscalía de Estado de la Provincia, debe tenerse al recurso de apelación jerárquica en análisis, como presentado en tiempo y forma;
Que en este estado, resulta procedente abocarse al análisis del aspecto sustancial del recurso, destacando en un principio que la pretensión respecto del pago del adicional por incompatibilidad parcial en el ejercicio de la profesión, ya ha sido resuelto mediante el Decreto N 9386/08 GOB, acto que se encuentra firme y consentido;
Que ahora bien, existiendo otras pretensiones formuladas por la recurrente, y a efectos de un mejor análisis las mismas se tratarán por separado;
Que en cuanto a la pretensión de pago del adicional especial de la ex Secretaría de la Producción, al acordarse intervención a la Fiscalía de Estado ésta entendió que tal planteo debía rechazarse por no corresponderle a la agente Lorena Pamela María, dado que le fue reconocido el derecho a la estabilidad y habiendo sido designada en la planta de personal permanente de la Dirección General de Recursos Naturales, conforme surge del Decreto N
5272/06 GOB, y por lo tanto no desempeña

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/10/2010

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data13/10/2010

Conteggio pagine24

Numero di edizioni4753

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione21/05/2024

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