Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/12/2006
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
PARANA, jueves 21 de diciembre de 2006 - Nº 23.684 - 241/06
SUMARIO
DECRETOS
Año 2006
Gobernación 2066, 2094, 2095, 2106, 2120, 2121, 2193, 2199, 2200, 2201, 2202, 2203, 2204, 2205, 2206, 2207, 2208, 2209, 2210, 2211, 2212, 2213, 2214, 2215, 2217, 2219, 2220, 2221, 8423
Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos 2242, 2276, 2277, 2287, 2296
Ministerio de Salud y Acción Social 2216, 2218, 2226, 2229, 2230, 2231, 2232, 2233, 2234
Municipalidad de Colonia Avellaneda Decretos Nºs. 5, 6, 36, 37, 59
Gobernación DECRETO Nº 2066 GOB
- Paraná, 27 de abril de 2006
Modificando la cláusula cuarta de los contratos de locación de servicios celebrados entre la Fiscalía de Estado y el personal profesional de dicha repartición, y que fueran aprobados mediante Decreto N
9292/05
GOB, con retroactividad al 1.1.06 y conforme al detalle de planilla anexo I, la que quedara redactada de la siguiente manera:
Cuarta: Como retribución por sus servicios "el locador"
percibirá la suma mensual de $ 1.882,05, suma que incluye la bonificación especial remunerativa no bonificable del 40% que percibe el personal profesional de Fiscalía de Estado, instituido por Decreto N 6504/91 GOB, que será abonada a través de la Dirección de Administración de la Jurisdicción, por mes vencido, debiendo efectuarse las retenciones y descuentos de ley. Se le adicionará el subsidio por cargas de familia, y viáticos, si fueran necesarios para el cumplimiento de los servicios pactados".
Autorizando al Servicio Administrativo Contable de Fiscalía de Estado a abonar con retroactividad al 1.1.06 al personal consignado en el anexo I, las diferencias correspondientes conforme lo determinado en las cláusulas pertinentes de los referidos contratos, y a partir de la fecha del presente, los haberes que surgen de la aplicación de la cláusula cuarta modificada.
- Anexo I
Nº - Apellido y Nombres - Nº Documento 1, Acosta Gustavo Adolfo, 18.182.511;
2, Amore María Victoria, 26.332.429;
3, Aruga Carina, 26.150.217;
4, Auch Sonia María, 23.030.930;
5, Cali Carlos Norberto, 18.442.331;
6, Casey Maximiliano, 26.874.748;