Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 23/11/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 23 de Noviembre de 2018

PAGINA 3

BOLETIN OFICIAL

conscriptos que estuvieron bajo Bandera del 2 de abril al 14 de junio de 1982 y a aquellos soldados que fueron convocados a participar de la Guerra de Malvinas con domicilio o residencia en la Provincia del Chubut, sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 08 de noviembre de 2018, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N 159/18 - P.HL., el día 12 de noviembre de 2018.Artículo 2.- Comuníquese a la Honorable Legislatura Provincial.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.Artículo 4.- Regístrese, Comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.Esc. MARIANO E. ARCIONI
Sr. MARCIAL PAZ

PODER EJECUTIVO: Vétase Proyecto de Ley Dto. N 1104/18
Rawson, 21 de Noviembre de 2018
VISTO:
El proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 08 de noviembre de 2018, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N
159/18 - P.HL., el día 12 de noviembre de 2018; y CONSIDERANDO:
Que es política de este Poder Ejecutivo velar por el pleno funcionamiento del Sistema Republicano de Gobierno establecido en el artículo primero de la Constitución Nacional y Provincial, y en tal sentido, proveer a la actuación independiente pero coordinada de los Poderes del Estado cuando expresan la voluntad pública;
Que en dicho marco institucional el Poder Legislativo ha sancionado un proyecto de ley mediante el cual se sustituyen los artículos 3 y 4 de la Ley XVIII N 32, del Régimen Previsional para el Personal de la Administración Provincial;
Que tales artículos prevén la constitución y organización del órgano de administración del Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia Directorio, el cual actualmente está conformado por un Presidente designado por el Poder Ejecutivo y tres vocales, uno de los cuales representa a éste último y los otros dos a los trabajadores activos y pasivos que conforman el sistema previsional provincial;
Que más allá de no existir observaciones de tipo legales al Proyecto en análisis, éste es pasible de cuestionamientos de oportunidad, mérito y conveniencia, por lo que se considera oportuno ejercer la facultad de vetarlo conforme a las consideraciones que a continuación se exponen;
Que la integración del Directorio del modo en que es modificada, afecta directamente la participación del Poder Ejecutivo en las decisiones del mismo, atento aumentar su integración con representantes de los traba-

jadores activos y pasivos;
Que por otro lado, el inciso c del artículo 4 establece en su nueva redacción que la Presidencia del Directorio del Instituto será rotativa, estableciendo el orden por sorteo entre los integrantes del Directorio al inicio de la gestión;
Que tal modificación elimina la presidencia -con facultad de desempate en caso de paridadde manera fija en cabeza del representante del Poder Ejecutivo, generándose la posibilidad que ciertas decisiones puedan ser tomadas solamente con las mayorías de los activos y pasivos;
Que si bien el ISSyS es un ente autárquico con las autonomías propias de su naturaleza, forma parte del Poder Ejecutivo Provincial, el cual es directamente responsable a nivel económico y político de todas las cuestiones que se desprendan de su correcto o incorrecto funcionamiento;
Que los representantes ajenos al Ejecutivo carecen de la responsabilidad que recae sobre éste, la cual puede verse altamente afectada por la directa disminución de votos en el Directorio;
Que por lo expresado y en uso de la facultad que le otorga el artículo 142 de la Constitución Provincial este Poder Ejecutivo considera necesario vetar el Proyecto de Ley sancionado;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
Artículo 1.- Vétase el Proyecto de Ley mediante el cual se sustituyen los artículos 3 y 4 de la Ley XVIII N
32, del Régimen Previsional para el Personal de la Administración Provincial; sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 08 de noviembre de 2018, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N 159/18
- P.HL., el día 12 de noviembre de 2018.Artículo 2.- Comuníquese a la Honorable Legislatura Provincial.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.Artículo 4.- Regístrese, Comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.Esc. MARIANO E. ARCIONI
Sr. MARCIAL PAZ

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 1037

08-11-18

Artículo 1º.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2018, en la Ju-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 23/11/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data23/11/2018

Conteggio pagine27

Numero di edizioni4340

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione06/06/2024

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