Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 28/4/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 79
Miércoles, 28 de abril de 2021
Pág. 4


ADMINISTRACIÓN LOCAL
2065/21

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO
ÁREA DE PRESIDENCIA Y PLANIFICACIÓN
ANUNCIO
D. Francisco Góngora Cara, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido Almería, hago saber en fecha 23 de abril de 2021 lo que sigue:
"El Ayuntamiento en Junta de Gobierno Local, en Sesión Ordinaria nº 16 celebrada el día 22 de abril de 2021, adoptó, entre otros el acuerdo de la Proposición relativa a la aprobación de las Bases Reguladoras para la concesión de las ayudas del Ayuntamiento de El Ejido destinadas a paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 sobre empresarios, autónomos y PYMES., disponiendo su publicación en el B.O.P de Almería, cuyo texto íntegro es el siguiente:

El Estado de Alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, a consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, fue prorrogado por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo BOE nº 86, de 28 de marzo, por el Real Decreto 487/2020, de 10 de abril, y por el Real Decreto 492/2020, de 24 de abril y se extendió hasta las 00:00 horas del día 10 de mayo de 2020.
Seguidamente el pasado 25 de octubre el Gobierno de la Nación aprobó el Real Decreto 926/2020, por el que se declara de nuevo el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, con el fin de hacer frente a la tendencia ascendente del número de contagios y casos confirmados de coronavirus COVID-19, así como contener la progresión de la enfermedad y reforzar los sistemas sanitarios y sociosanitarios. Posteriormente, el pasado 3 de noviembre se aprobó el Real Decreto 956/2020, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, que extiende la aplicación de las medidas establecidas desde las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021.
La situación establecida en los diferentes Reales Decretos por los que se declaran los Estados de Alarma, así como el desarrollo existente, han determinado el conjunto de actividades que pueden desarrollarse, las no permitidas, y la relación de servicios que pueden considerarse esenciales, en virtud del necesario régimen de confinamiento que exige la situación de pandemia.
Ante esta situación las Administraciones Públicas, y en especial la Administración Local, han adoptado medidas sanitarias para la contención del virus, medidas sociales y también de índole económica.
El Ayuntamiento El Ejido tiene competencia para ejercer su iniciativa en la ordenación y ejecución de cualesquiera actividades y servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades de la comunidad municipal, siempre que no estén atribuidas a otros niveles de gobierno, artículo 25.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local En cuanto a la competencia de las entidades locales para conceder ayudas, éstas vienen determinadas con carácter general, por un lado, en la normativa básica de régimen local, emitida por la Administración del Estado, en el ejercicio del art 149.1.18 de la Constitución Española, esto es Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y por otro, por la normativa de desarrollo en materia de régimen local de la Junta de Andalucía, que ha sido emitida al amparo de lo dispuesto en el art 60 del Estatuto de Autonomía, esto es Ley 5/2010 de 11 de junio de autonomía local.
Así, el art 25.1 e de la LRBRL establece que las entidades locales son competentes para la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social y el art 9 apartado 21 de la Ley 5/2010 de 11 de junio, de autonomía local de la Junta de Andalucía establece que las entidades locales serán competentes para el fomento del desarrollo económico y social en el marco de la planificación autonómica.
Asimismo la subvención es un instrumento de la acción de fomento y, en consecuencia, el objetivo de las bases reguladoras de la presente subvención tiene su encaje legal en el apartado 21 del artículo 9 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local de Andalucía, que atribuye a los municipios, como competencia propia, el fomento del desarrollo económico social en el marco de la planificación autonómica.
Los Ayuntamientos también están aprobando medidas económicas, como son ayudas de carácter urgente para paliar la situación a la que se han visto avocados las empresas.
Artículo 1º Objeto y finalidad.
1.1 Objeto:
Paliar las consecuencias económicas sufridas por las empresas, que no hayan sido declaradas esenciales, mediante el estado de alarma acordado por el Gobierno en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, Anexo del Real Decreto Ley 10/2020, de 29 de marzo de 2020 y Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre; por la Orden de 29 de octubre de 2020 de la Consejería de Salud y Familias, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19; por la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se


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BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS DEL AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO DESTINADAS A
PALIAR EL IMPACTO DERIVADO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19 SOBRE EMPRESARIOS
AUTÓNOMOS Y PYMES.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 28/4/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaeseSpagna

Data28/04/2021

Conteggio pagine37

Numero di edizioni6243

Prima edizione26/04/1999

Ultima edizione21/06/2024

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