Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 17/1/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 11
Jueves, 17 de enero de 2019
Pág. 4


ADMINISTRACIÓN LOCAL
186/19

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
SECRETARÍA GENERAL

ANUNCIO
El Sr. Presidente de la Diputación, D. Javier Aureliano García Molina, ha dictado, con fecha 14 de enero de 2019, el Decreto núm. 24, relativo a la delegación de competencias del Presidente en la Junta de Gobierno, por lo que procede su publicación, de conformidad con el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 64.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Tras la renuncia a la presidencia de la Diputación Provincial presentada por D. Gabriel Amat Ayllón, de la que tomó conocimiento el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 29 de diciembre de 2018, resulté elegido nuevo Presidente de esta Institución, por el Pleno, en la sesión extraordinaria celebrada el día 12 de enero de 2019.
En virtud de lo anterior, quedan automáticamente extinguidos los nombramientos y las delegaciones efectuadas por el anterior Presidente.
Resultando que, por Decreto número 23, de fecha 14 de enero de 2019, por la Presidencia, se han nombrado a las personas que integrarán la nueva Junta de Gobierno de esta Diputación Provincial y que este Presidente considera conveniente delegar parte de sus atribuciones en el citado órgano.
Considerando lo dispuesto en los artículos 32, 34 y 35 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 63, 64, 71 a 73, 112 a 118 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y artículos 54 a 57 y 65 a 67 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Excma. Diputación Provincial de Almería.
Esta Presidencia, RESUELVE:
ÚNICO: Delegar en la Junta de Gobierno, sin perjuicio de su atribución propia de asistencia al Presidente en el ejercicio de sus funciones, las siguientes competencias:
a Aquellas que corresponden al Presidente como órgano de contratación respecto de los contratos enumerados en el apartado 1 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con la salvedad de que las competencias en materia de contratos menores no son objeto de delegación en la Junta de Gobierno.
b La aprobación de proyectos de obras y servicios cuando el Presidente sea competente para su contratación y concesión, y estén previstos en el presupuesto, excepto en los contratos menores.
c La aprobación de convenios que, por razón de la materia o cuantía, sean de competencia del Presidente, cuando conlleven un gasto superior a treinta mil euros 30.000 €.
d La aprobación de planes, proyectos y programas de actividades cuya competencia corresponda al Presidente y el gasto supere los dieciocho mil euros 18.000 €.
En las aportaciones a entidades en que participe esta Diputación, que consten en el presupuesto general, las diferentes fases del gasto serán aprobadas por el Presidente.
e Aprobar expedientes de subvenciones que conceda esta Diputación y que superen los treinta mil euros 30.000 €, incluidos los que se instrumenten en convenios. Esta competencia comprende todas las atribuciones que, según el ordenamiento vigente, correspondan al órgano concedente de la subvención.
En Almería, a 15 de enero de 2019.
EL SECRETARIO GENERAL, Mariano José Espín Quirante.


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DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES EN LA JUNTA DE GOBIERNO

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 17/1/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaeseSpagna

Data17/01/2019

Conteggio pagine42

Numero di edizioni6238

Prima edizione26/04/1999

Ultima edizione13/06/2024

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