Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/09/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5809

Objetivo General Crear el Observatorio Provincial de Derechos de las Infancias y Adolescencias dependiente de la SENAF en asociación con la Secretaría de Derechos Humanos, dependiente del Ministerio de Educación y DDHH de la provincia, a fin de producir un sistema de indicadores, que permitan monitorear y evaluar el impacto de las politicas públicas provinciales, en los avances y retrocesos en relación a la garantía de derechos, y las metas del ODS para el año 2.030.
Objetivos Específicos Producir insumos acordes a las politicas públicas de protección integral, generando las condiciones de fiabilidad y viabilidad para el monitoreo, la evaluación y la democratización de la información en torno al ejercicio de derechos de las infancias y adolescencias.
- Aportar al diseño y gestión de las políticas públicas de promoción, protección y reparación de derechos de las infancias y adolescencias, efectuando el seguimiento permanente de la legislación y de las políticas que les conciernen, en el marco de la CIDN y las metas ODS para el año 2.030
- Facilitar la intersectorialidad y la planificación de acciones conjuntas entre los distintos sectores del Estado y el Tercer Sector.
- Promover la participación de los niños, niñas y adolescentes en el diseño, planificación y gestión de las politicas públicas tendientes a garantizar sus derechos.
- Cumplir con los compromisos asumidos recientemente por nuestro país ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, en relación a la promoción de las reformas necesarias para lograr mejores niveles de transparencia, acceso a la información, confección de datos y estadísticas públicas a fin de tener un mejor conocimiento de la situación de los derechos humanos en nuestra provincia, en todo lo relativo a las infancias y adolescencias.
- Integrar la participación de los niños, niñas y adolescentes y diversos actores abocados a la promoción y protección de los derechos consignados en la CIDN para enriquecer las miradas e interpretaciones en torno al ejercicio de sus derechos.
- Constituir una instancia de referencia y apoyo para la acción de instituciones, profesionales y técnicos que actúan en la promoción, protección y restitución de los derechos de la infancia y adolescencia.
- Construir y mantener un diagnóstico integral sobre las condiciones de vida de las infancias y adolescencias, identificando los cambios que las afectan, las áreas deficitarias, las prioridades de atención y los impactos de las políticas públicas dirigidas a ella.
Misión Monitorear el ejercicio de los derechos en las Infancias y Adolescencias y realizar el seguimiento a las políticas públicas de protección integral en el ámbito provincial en torno a las metas ODS para el año 2.030 y definidos en la CIDN.
Funciones - Recolectar, procesar, registrar, analizar, publicar y difundir información periódica, sistemática y comparable, de manera democrática y transparente sobre el cumplimiento de las garantías de derecho contempladas en la CIDN para las infancias y adolescencias en el ámbito provincial.
- Impulsar el desarrollo de estudios e investigaciones sobre la evolución en las metas de la ODS para el año 2.030.
- Celebrar convenios de cooperación con organismos públicos o privados, provinciales, regionales, nacionales o internacionales, y en particular con las Universidades Nacionales del Comahue y de Río Negro.
- Crear una página web, vinculada al portal de la SENAF, mediante la cual se brindara toda la información del Observatorio.
- Articular acciones con organismos gubernamentales y no gubernamentales con competencia en el Sistema de Protección Integral para las infancias y adolescencias.
- Fomentar y promover la organización y celebración periódica de debates públicos, con participación de los adolescentes, centros de investigación instituciones académicas, organizaciones de la sociedad civil y representantes de organismos públicos y privados, nacionales e internacionales con competencia en la materia, fomentando el intercambio de experiencias e identificando temas y problemas para la agenda pública.
- Brindar capacitación, asesoramiento y apoyo técnico a organismos públicos y privados para la puesta en marcha de los registros y protocolos que se implementen.
- Articular las acciones del Observatorio de Derechos de las infancias y Adolescencias con otros Observatorios que existan a nivel provincial, nacional e internacional.

Viedma, 19 de Septiembre de 2019

- Preparar un informe anual sobre las actividades desarrolladas, el que deberá contener información sobre los estudios e investigaciones realizadas y propuestas de reformas institucionales o normativas. El mismo será elevado a la Legislatura provincial, a las autoridades con competencia en la materia para que adopten las medidas que correspondan y difundido a la ciudadanía.
- Institucionalizar mecanismos de participación activa para y con las Infancias y Adolescencias en la generación y gestión de conocimientos Principios Rectores Los estándares refieren a una definición legal que incluye principios que son el resultado del proceso de interpretación de una norma o de un tratado internacional Abramovich, 2.007. Son declaraciones fundamentales sobre el resultado deseado y no están diseñados para ser verificados directamente.
El contenido de un estándar va a ser aportado por las pautas y criterios que establecen las condiciones necesarias para aplicar tal principio y que resulte posible comprobar directamente a partir de los indicadores. Desde el corpus de producción de las distintas instancias del sistema de derechos humanos se han definido los siguientes estándares: i contenido mínimo y universalidad de los derechos, ii utilización al máximo de los recursos disponibles; iii progresividad y no regresividad; iv igualdad y no discriminación; v acceso a la justicia y mecanismos de reclamo; vi producción y acceso a la información; y vii participación de los sectores afectados en el diseño de las politicas públicas, Pautassi, 2010. Estos estándares a su vez, deben ser medidos a través de indicadores, los que se utilizan para supervisar aspectos de realización progresiva de cada derecho bajo análisis, a partir de establecer una correspondencia, lo más exacta posible, entre la norma contenida en el derecho y la unidad de .medida, que es el indicador. Pautassi y Royo, 2.012.
- El principio de universalidad deviene del reconocimiento de la dignidad que tienen todos los miembros de la raza humana sin distinción de nacionalidad, credo, edad, sexo, preferencias o cualquier otra, por lo que los derechos humanos se consideran prerrogativas que le corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo.
- El principio de interdependencia consiste en que todos los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí, de tal forma, que el respeto y garantía o bien, la transgresión de alguno de ellos, necesariamente impacta en otros derechos. En el entendido de que por esta interdependencia unos derechos tienen efectos sobre otros, se debe tener una visión integral de la persona humana a efecto de garantizar todos y cada uno de sus derechos universales.
- El principio de Integralidad indica que todos los derechos humanos son infragmentables sea cual fuere su naturaleza. Cada uno de ellos conforma una totalidad, de tal forma que se deben garantizar en esa integralidad por el Estado, pues todos ellos derivan de la necesaria protección de la dignidad humana.
- El Principio de Progresividad establece la obligación del Estado de generar en cada momento histórico una mayor y mejor protección y garantía de los derechos humanos, de tal forma, que siempre estén en constante evolución y bajo ninguna justificación en retroceso.
- El Principio de Exigibilidad y Justiciabilidad la definición de políticas públicas tendientes al cumplimiento de derechos, debe acompañarse con mecanismos de tutela, garantía y responsabilidad por parte de los Estados Abramovich, 2.006.
- Producción, acceso a la información, transparencia y democratización de la misma. Participación de los niños, niñas y adolescentes de acuerdo a su situación vital en las diversas producciones.
- Principio de Objetividad, excelencia técnica, autonomía de identificación de indicadores, pluralidad y capacidad de incidencia en las políticas públicas de las diferentes esferas de decisión.
Esquema metodológico:
La provincial de Río Negro abarca 203.013 kilómetros cuadrados y tiene 638.645 habitantes censo año 2.010, a razón de 3,10 habitantes por kilómetro cuadrado. Sus trece departamentos presentan una muy alta dispersión y su población se concentra mayoritariamente en cuatro ciudades San Carlos de Bariloche, General Roca, V edma y Cipolletti. El relevamiento objetual inicial mantendrá la intención de afianzar el comienzo de la producción de indicadores que abonen series históricas con las cuales poder operar sincrónica y diacrónicamente.
Las dimensiones analíticas establecidas son:
1- Dimensión Población y Desarrollo.
Indicadores: Población Total, Población Adolescente trece a dieciocho años, Población Indígena o descendientes de pueblos indígenas u originarios.
Población Migratoria o Inmigrantes.
Convención Internacional para la Protección de los Todos los Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familiares. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos. Convención Internacional sobre la Eliminación
Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5809.pdf

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/09/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data19/09/2019

Conteggio pagine42

Numero di edizioni1913

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione13/05/2024

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