Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/09/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 2 de Septiembre de 2019

Nº 5804

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIX
EDICION DE 22 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Tel. 02920 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 22

DECRETOS

DECRETO Nº 1052
Viedma, 09 de Agosto de 2019.Visto, el Expediente N 18.002-SFP-19, del Registro del Ministerio de Economía, la Ley L N 679, el Decreto N 55/19,y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N 55/19, modificado por Decreto N 306/19, se dispuso la incorporación de una suma fija mensual de pesos Cuatro mil doscientos dieciseis con ochenta y siete centavos $ 4.216,87, remunerativa, no bonificable y de carácter general para el personal Policial escalafonado en los Agrupamientos Seguridad, Técnico y Servicios Auxiliares de la Ley L
N 679;
Que asimismo, se dispuso un incremento del quince 15% por ciento sobre los valores vigentes al mes de diciembre de 2.018 sobre el valor del punto policial, la compensación mensual por Indumentaria, la bonificación por Presentismo y las sumas previstas en los Decretos N 926/96, N
1.271/05 Artículo 4, N 1.652/05 Artículo 3, N 32/07 Artículo 3, N 446/09 Artículo 4, N 1.142/11 Artículo 1, que percibe el personal escalafonado en la Ley L N 679;
Que en reunión del Consejo Provincial de la Función Pública del día 10 de julio de 2.019 se acordó disponer un nuevo incremento salarial del nueve por ciento 9%, distribuido en los tramos de julio, agosto y septiembre a razón del tres por ciento 3% en cada uno de esos tramos, sobre la base de los valores vigentes a diciembre de 2018;
Que en consecuencia, resulta necesario disponer un nuevo aumento del valor del punto policial, la compensación mensual por Indumentaria, la bonificación por Presentismo y las sumas previstas en los Decretos N
926/96, N 1.271/05 Artículo 4, N 1.652/05 Artículo 3, N 32/07
Artículo 3, N 446/09 Artículo 4, N 1.142/11 Artículo 1, que percibe el personal escalafonado en la Ley L N 679;
Que han tomado debida intervención la Secretaría de la Función Pública, el Ministerio de Economía y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 0370119;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Incrementar el valor del punto policial en un equivalente al nueve por ciento 9% del valor del punto policial vigente al 1 de diciembre de 2.018, para los agentes comprendidos en el Régimen policial Ley L N
679, distribuidos en los siguientes tramos:
1 A partir del mes de julio de 2.019: tres por ciento 3%
2 A partir del mes de agosto de 2.019: tres por ciento 3%
3 A partir del mes de septiembre de 2.019: tres por ciento 3%
Art. 2.- Incrementar la compensación mensual por Indumentaria, la bonificación por Presentismo y las sumas previstas en los Decretos N
926/96, N 1271/05 Art. 4, N 1652/05 Art. 3, N 32/07 Art. 3, N

446/09 Art. 4, N 1142/11 Art. 1, en un valor equivalente al nueve por ciento 9% de los valores vigentes al 1 de diciembre de 2018, para los agentes comprendidos en el Régimen Policial Ley N 679, distribuidos en los siguientes tramos:
1 A partir del mes de julio de 2019: tres por ciento 3%
2 A partir del mes de agosto de 2019: tres por ciento 3%
3 A partir del mes de septiembre de 2019: tres por ciento 3%
Art. 3.- Autorizar al Ministerio de Economía a realizar las adecuaciones presupuestarias que considere necesarias para dar cumplimiento al presente Decreto.
Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Economía y de Seguridad y Justicia.
Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK.- A. Domingo.- G. P. Estebán oOo DECRETO Nº 1053
Viedma, 09 de Agosto de 2019.Visto, el Expediente N 18.001-SFP-19, del Registro del Ministerio de Economía, las Leyes L N 1.904, L N 3959, los Decretos N 1976/17, N
56/19, N 343/19, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N 56/19 se dispuso la incorporación de una suma fija y un incremento salarial para los agentes comprendidos en el Régimen Retributivo Transitorio Ley L N 3.959 y en el escalafón sanitario Ley L N 1.904 de tres 3%, siete 7% y cinco 5% por ciento a partir de los meses de enero, abril y junio de 2.019 respectivamente; todo sobre la base de los valores vigentes a diciembre de 2.018;
Que en consecuencia se dispuso el aumento del sueldo bruto mínimo previsto en el Artículo 1 del Decreto N 1.986/05 y del sueldo neto teórico mínimo por todo concepto previsto en el Artículo 4 del Decreto N 397/
11, actualizándose también los topes de las asignaciones familiares previstos en los Artículos 1 y 3 del Decreto N 1.163/18;
Que mediante el Decreto N 343/19 se dispuso el adelantamiento de los tramos y un incremento de los valores del adicional por titulo profesional, bloqueo de titulo y compensación full time;
Que en reunión del Consejo Provincial de la Función Pública del día 10 de julio de 2.019 se acordó disponer un nuevo incremento salarial del nueve por ciento 9%, distribuido en los tramos de julio, agosto y septiembre del tres por ciento 3% en cada uno de esos tramos, todo sobre la base de los valores vigentes a diciembre de 2.018;
Que, en consecuencia, resulta necesario disponer el aumento del sueldo bruto mínimo previsto en el Artículo 1 del Decreto N 1.986/05 y modificatorias, y del sueldo neto teórico mínimo por todo concepto previsto en el Artículo 4 del Decreto N 397/11;
Que, por último, se deben actualizar los topes de las asignaciones familiares;
Que han tomado debida intervención la Secretaría de la Función Pública, Ministerio de Economía, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 03702-19;

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5804.pdf

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/09/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data02/09/2019

Conteggio pagine22

Numero di edizioni1910

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione25/04/2024

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