Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/03/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 23 de Marzo de 2017

Nº 5548

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 13,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVII
EDICION DE 56 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 56

DECRETOS

DECRETO Nº 2203
Viedma, 29 de diciembre de 2016.
Visto, el Expte. 93.782-S-2016, del registro del Ministerio de Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramitan las promociones automáticas de los agentes comprendidos en la Ley L N 1904, con funciones en los distintos Hospitales y en Organismo Central dependientes del Ministerio de Salud;
Que el Art. 8 de la Ley L N 1904 establece: que las promociones a los Grados subsiguientes se harán cada cuatro 4 años de servicios consecutivos, en zonas inhóspitas o cada cinco 5 años de servicios en las demás zonas;
Que a fojas 48 ha intervenido la Subsecretaría de Presupuesto, dándose cumplimiento a lo normado por el Art. 33 de la Ley N 5096;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Capacitación del Ministerio de Salud, la Secretaría Ejecutiva de la Función Pública y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 06070-16 obrante a fojas 136/137;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Promover a los Grados y desde las fechas que en cada caso se indica, a los agentes comprendidos en la Ley L N 1904 con funciones en los distintos Hospitales y en Organismo Central, dependientes del Ministerio de Salud, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley L N 3959.Art. 2º - Por el Departamento de Sueldos procédase a la liquidación de las diferencias de grados desde la fecha que en cada caso corresponda, por los motivos expuestos en el presente Decreto.Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Salud.Art. 4º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- L. F. Zgaib.

Anexo al Decreto Nº 2203
Promociones Automáticas Personal Planta Permanente Escalafón Ley L Nº 1904

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/03/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data23/03/2017

Conteggio pagine56

Numero di edizioni1913

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione13/05/2024

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