Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/04/2019 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLII - Nº 67
CORDOBA, R.A. LUNES 08 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Art. 4º El Departamento Ejecutivo Municipal podrá reglamentar a través de un Decreto el Régimen de Horario extraordinario del Personal Municipal, el Régimen de Salario y adicionales, y el Régimen de viáticos y movilidad.

Art. 5º El Departamento Ejecutivo Municipal podrá realizar compensaciones de rubros y/o partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, mediante Decreto.
Art. 6º ELÉVESE copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo Municipal y al Honorable Tribunal de Cuentas para su conocimiento.

Art. 7º COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa General Belgrano a los diez Días del mes de Diciembre de Dos Mil Dieciocho.FOLIO Nº: 2343.F.A.H/l.m.ANEXOS
1 día - Nº 202349 - s/c - 08/04/2019 - BOE

MUNICIPALIDAD de
VILLA YACANTO
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 827/2019
VISTO: El Informe de la Cuenta Anual Municipal de Villa Yacanto desde el 01 de enero al 31 de diciembre del año 2018
Y CONSIDERANDO:
Que el informe mencionado en los vistos hace referencia a lo efectivamente ejecutado por la Secretaría de Economía y Finanzas, y a lo Resuelto por el Honorable Tribunal de Cuentas de Villa Yacanto respecto a la cuenta anual desde el 1 de enero al 31 de diciembre Año 2018 correspondiente a la Municipalidad de Villa Yacanto;
Que dicho informe alega, que mediante sistema de control de la documentación debidamente aportada por el Departamento Ejecutivo Municipal se cotejaron las órdenes de pago N 50.215 de fecha 02 de Enero de 2018
hasta la orden de pago N 53.368 de fecha 28 de diciembre de 2018 y al respecto no se objetaron ni se encontraron observaciones que merezcan ser destacadas;
Que el desarrollo administrativo-contable llevado a cabo por la Administración Municipal ha sido eficiente y acorde a las exigencias preestablecidas;
Que se sugirió de manera unánime por el HTC a este HCD aprobar la Cuenta Anual desde el 1 de enero al 31 de diciembre Año 2018;
Que se adjuntaron las rendiciones de cuentas correspondientes a Ingresos y Egresos 2018;
Que es atribución del Honorable Concejo Deliberante según el Art. 30
inc. 24 de la ley 8102 examinar y aprobar o desechar la cuenta anual de la administración previo informe del tribunal de Cuentas, dentro de los noventa días de recibido;
Por ello:

ARTÍCULO.3-COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO
MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.

Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria correspondiente a la fecha 28 de Marzo de 2019, Acta N 05/2019.
Fdo. Luciana Salgado Presidente, Claudia Escalante Secretaria. Promulgada por Dto. 09/2019 Fdo. por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pablo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios Secretaria de Economía y Finanzas.
1 día - Nº 202291 - s/c - 08/04/2019 - BOE

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 828/2019
VISTO: La necesidad de Apertura de Cuenta en Banco Santander Rio
Sucursal Santa Rosa de Calamuchita Y CONSIDERANDO:
Que se generará un punto más de pago para los contribuyentes del municipio;
Que se optimizará y agilizará la gestión de trámites y cobros de los tributos;
Que el municipio está en condiciones de contar con una cuenta corriente en esta entidad bancaria, además de las que ya existen en el Banco de la Provincia de Córdoba-BANCORSucursal Santa Rosa y Banco de la Nación Argentina, Sucursal Villa General Belgrano;
Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO
Sanciona con Fuerza de ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO
Sanciona con Fuerza de ORDENANZA

ARTÍCULO.1-APRUÉBESE la Cuenta Anual desde el 1 de enero al 31 de diciembre Año 2018 de la Municipalidad de Villa Yacanto de Calamuchita.

ARTÍCULO 1- AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar la apertura de una cuenta corriente en pesos en el Banco Santander Rio Sucursal de Santa Rosa de Calamuchita.

ARTÍCULO.2-DÉSE copia de la presente al Honorable Tribunal de Cuentas para conocimiento y efectos que estime corresponder.

ARTÍCULO 2- DESÍGNESE como firmantes para operar en la cuenta descripta en el artículo primero a los Sres.: Intendente Municipal OSCAR

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/04/2019 - 5º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaeseArgentina

Data08/04/2019

Conteggio pagine9

Numero di edizioni1450

Prima edizione31/07/2018

Ultima edizione24/06/2024

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