Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/04/2023 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 70
CORDOBA, R.A., VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

como Miembros Titulares de la Comisión Fiscalizadora: al Señor Edgar Guillermo AMIGÓ, Documento Nacional de Identidad nº 7.998.414; y al Señor Edgardo Pedro FUGANTE, Documento Nacional de Identidad nº 06.556.889; y como Miembros Suplentes de la Comisión Fiscalizadora: al Señor Lucas Ariel VELI PALU, Documento Nacional de Identidad nº 27.134.247; a la Señora Lucina GALAR, Documento Nacional de Identidad nº 36.535.082; y al Señor Lucas ALMITRANI, Documento Nacional de Identidad nº 31.220.088, correspondiendo dejar constancia que todas las personas referidas anteriormente, presentes en la citada Asamblea, procedieron a aceptar en dicha asamblea y mediante la suscripción del acta respectiva los cargos para los cuales fueran designados, declarando bajo juramento que i no revestían el carácter de personas expuestas políticamente y ii no les comprendían las prohibiciones e incompatibilidades previstas en la Ley de Sociedades Comerciales, fijando asimismo domicilio especial en la sede social de la Sociedad. Se deja constancia que, por asamblea de fecha 12-07-2022, se resolvió aprobar la renuncia oportunamente presentada por el Dr. Lucas Ariel Veliz Palu ha presentado su renuncia al cargo de Síndico Suplente, por cuanto la misma no ha sido dolosa ni intempestiva ni ha afectado el normal funcionamiento de los órganos de la Sociedad, difiriéndose hasta una próxima asamblea de elección de autoridades la elección de un nuevo Síndico Suplente y encomendándose al Directorio de la Sociedad que oportunamente ponga en conocimiento del Registro Público y de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas la referida renuncia a través de los trámites pertinentes, y aprobando el desempeño de su gestión como Síndico Suplente de la Sociedad, desde el momento de su designación hasta su efectiva renuncia. Se deja constancia que, por asamblea de fecha 29-11-2022, se resolvió aprobar las renuncias oportunamente presentadas por la totalidad de los directores y síndicos de la Sociedad, aprobándose la gestión de los mismos; y, como consecuencia de ello, proceder a la reorganización del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad, procediéndose a la elección de Directores Titulares y Suplentes y de miembros titulares y suplentes de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad por un nuevo período
dente: a la Sra. María Victoria ACOSTA, D.N.I. nº 34.839.565; como Director Titular: al Sr. Juan Carlos ACOSTA, D.N.I. nº 32.683.621; como Director Suplente: al Sr. Juan Manuel Pereyra argentino, DNI Nº 26.018.792; como Director Suplente: al Sr. Edgardo Daniel GONZALO, D.N.I.
nº 16.338.192; y como Director Suplente: al Sr.
Jorge LUQUE, Documento Nacional de Identidad n 20.076.884; y designándose a las siguientes personas para ocupar los siguientes cargos: como Miembro Titular y Presidente de la Comisión Fiscalizadora: al Sr. Javier Carlos Andrés ELGUETA, D.N.I. nº 8.633.214; como Miembro Titular de la Comisión Fiscalizadora: al Sr. Edgar Guillermo AMIGÓ, D.N.I. nº 7.998.414;
como Miembro Titular de la Comisión Fiscalizadora: al Sr. Edgardo Pedro FUGANTE, D.N.I. nº 06.556.889; como Miembro Suplente de la Comisión Fiscalizadora: a la Sra. Micaela GARCÍA
APERIO, D.N.I Nº 37.821.235; como Miembro Suplente de la Comisión Fiscalizadora: a la Sra.
Lucina GALAR, D.N.I. nº 36.535.082; y como Miembro Suplente de la Comisión Fiscalizadora:
al Sr. Lucas ALMITRANI, D.N.I. nº 31.220.088, correspondiendo dejar constancia que todas las personas referidas anteriormente, presentes en la citada Asamblea, procedieron a aceptar en dicha asamblea y mediante la suscripción del acta respectiva los cargos para los cuales fueran designados, declarando bajo juramento que i no revestían el carácter de personas expuestas políticamente y ii no les comprendían las prohibiciones e incompatibilidades previstas en la Ley de Sociedades Comerciales, fijando asimismo domicilio especial en la sede social de la Sociedad. Se transcribe a continuación el Texto Ordenado del Estatuto Social: GRUPO ELING
S.A. ESTATUTO SOCIAL. TEXTO ORDENADO. ARTÍCULO PRIMERO: La Sociedad se denomina GRUPO ELING S.A. El domicilio legal de la Sociedad se fija en jurisdicción de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina. La Sociedad podrá por resolución del directorio establecer sucursales, representaciones o agencias, y constituir domicilios especiales en cualquier lugar del país y en el extranjero.
ARTÍCULO SEGUNDO: La sociedad tiene por objeto exclusivo llevar a cabo actividades de inversión, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en la República Argentina y/o en el exterior, dentro de los límites fijados por las
liario; efectuar colocaciones de sus disponibilidades en forma transitoria en oro, títulos de participación y/u otros valores mobiliarios negociables o no; otorgar y recibir préstamos.
Asimismo, la Sociedad podrá también avalar, afianzar, otorgar y constituir cauciones y/o garantías prendarias, hipotecarias y/o de cualquier otro tipo incluyendo, sin limitación, mediante cesiones fiduciarias, respecto de cualquiera de los bienes presentes o futuros de la Sociedad, a fin de garantizar las obligaciones de cualquiera de las sociedades en las cuales mantenga una inversión en los términos de este artículo segundo. Por otra parte, la Sociedad podrá prestar servicios de administración y gerenciamiento a dichas sociedades. Quedan expresamente excluidas todas aquellas actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras Ley 21.526. Cuando fueren aplicables, la Sociedad deberá cumplimentar las exigencias contenidas en la Ley de Inversiones Extranjeras vigente Ley 21.382 o las que se encuentren vigentes en el momento pertinente. A tal fin, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. ARTÍCULO TERCERO: Su duración es de 99 años contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. ARTÍCULO CUARTO: El capital social es de $168.887.214, y se divide en 168.887.214 acciones ordinarias escriturales. Cada acción tiene un valor de $1 un peso y da derecho a un 1
voto por acción. ARTÍCULO QUINTO: El capital puede aumentarse al quíntuplo por resolución de la asamblea ordinaria de accionistas, mediante la emisión de acciones ordinarias escriturales, con derecho a un voto cada una y de valor $1 cada una, emisión que la asamblea podrá delegar en el directorio en los términos del artículo 188 de la Ley General de Sociedades nº 19.550. ARTÍCULO SEXTO: Las acciones escriturales se inscribirán en cuentas llevadas a nombre de sus titulares en un registro habilitado al efecto, que podrá ser llevado por la Sociedad, otro banco o una caja de valores. La transmisión de las acciones deberá inscribirse en los registros, cumpliéndose asimismo los demás requisitos que establezcan las normas legales y reglamentarias. Las acciones serán siempre de igual valor en moneda argentina. ARTÍCULO SÉPTI-

estatutario de tres ejercicios, fijándose el número de Directores Titulares en tres miembros y el de Suplentes en tres miembros, designándose a las siguientes personas para ocupar los siguientes cargos: como Director Titular y Presidente del Directorio: al Sr. Santiago ACOSTA, D.N.I. nº 30.329.166; como Director Titular y Vicepresi-

leyes y reglamentaciones vigentes, y con sujeción a las mismas; tomar y mantener participaciones en sociedades existentes y/o a crearse en la República y/o en el exterior; efectuar inversiones de todo tipo, incluyendo inversiones en activos inmobiliarios, títulos y valores públicos o privados o cualquier otra especie de valor mobi-

MO: En caso de mora en la integración de las acciones, el directorio podrá elegir cualquiera de los mecanismos previstos por el artículo 193
de la Ley General de Sociedades nº 19.550 para esos fines. ARTÍCULO OCTAVO: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo del Directorio integrado por un mínimo de uno 1 y
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/04/2023 - 3º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaeseArgentina

Data15/04/2023

Conteggio pagine41

Numero di edizioni3961

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione19/06/2024

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