Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/12/2020 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXXII - Nº 281
CORDOBA, R.A., VIERNES 11 DE DICIEMBRE DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

tinuación se fijan para los períodos indicados: a Desde el 01/03/2020 en adelante:

Hasta 29 años De 30 a 34 años De 35 a 39 años De 40 a 49 años De 50 años en adel.

Categ. A
6,84%
17,08%
21,64%
23,97%
25,12%

Categ. B Categ. C Categ. D
7,01%
7,10%
7,15%
17,52%
17,73%
17,87%
22,19% 22,44% 22,60%
24,57% 24,87% 25,06%
25,73% 26,04% 26,25%

b Desde el 01/06/2020 en adelante:

Hasta 29 años De 30 a 34 años De 35 a 39 años De 40 a 49 años De 50 años en adel.

Categ. A
7,50%
18,75%
23,75%
26,25%
27,50%

Categ. B Categ. C Categ. D
7,69%
7,78% 7,84%
19,22% 19,46% 19,60%
24,35% 24,64% 24,82%
26,91% 27,24% 27,44%
28,19% 28,53% 28,74%

Artículo 3: Regístrese, publíquese y archívese.
Córdoba, 20 de Febrero de 2020.Directorio.
1 día - Nº 288284 - $ 1916,47 - 11/12/2020 - BOE

NOVARUM PHARMA S.A.
Renuncia y Reestructuración Directorio Mediante Asamblea General Ordinaria Unánime de fecha 04.12.2020 se resolvió: a. Aprobar las renuncias de los Sres. Facundo Matías Méndez, DNI N 25.499.775 a su cargo de Director Titular y Vicepresidente y Humberto Matías Gangitano, DNI N 27.172.107 como Director Suplente; b.
Reestructurar el Directorio hasta completar el mandato en curso, quedando conformado del siguiente modo: Presidente: Diego RICHARTE, DNI N 28.344.186; Director Titular y Vicepresidente: Javier Francisco LENCIONI, D.N.I. Nº 25.246.541; y Director Suplente: Gonzalo EPELDE, DNI N 29.606.972.
1 día - Nº 288732 - $ 445,30 - 11/12/2020 - BOE

Caja de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba Resolución General N 16/2020.Modificación de haberes previsionales y porcentuales de aportes personales.VISTO:Lo dispuesto por el Art. 30 de la Ley 8349.Y CONSIDERANDO:Que la normativa referenciada, manifiesta que los haberes de Jubilación Ordinaria y Ordinaria por Minusvalía se ajustarán conforme lo establecido por el régimen jubilatorio nacional.Que por Decreto N 495/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, se dispuso que todas las prestaciones
previsionales a cargo de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, otorgadas en virtud de la Ley N 24.241, sus modificatorias y complementarias, tendrán un incremento equivalente a SEIS COMA
DOCE POR CIENTO 6,12 % a partir del 1 de junio de 2020.Que, aplicando dicho incremento, el haber de jubilación ordinaria categoría A de la Caja de Previsión, se elevaría de $ 25.650 a $ 27.220, a partir del 01 de junio de 2020.Que por Resolución N 20/2015, aprobada en Asamblea Extraordinaria de fecha 11 de Diciembre de 2015, la Caja estableció el mecanismo de actualización de los aportes personales, que contempla tanto la movilidad jubilatoria para los pasivos como el plan de recupero de equilibrio actuarial, garantizando la sustentabilidad del régimen.Que en tal sentido, y a fin de determinar los ajustes necesarios en los porcentuales de aportes personales, se practicaron los análisis actuariales correspondientes, de los cuales surgió la necesidad de aplicar un incremento en los aportes en el mismo porcentual que los haberes a los fines de no reducir el plazo de suficiencia de recursos.Que, a los fines de cumplir con el plan de recupero de equilibrio actuarial, corresponde aplicar el adicional del 0,9 autorizado por la Asamblea de Afiliados, llevando el total del incremento en los aportes de activos al 7,6%.Que, a los fines de contemplar la situación de los activos en el marco de la crisis económica, se considera conveniente postergar el incremento de aportes para el mes de septiembre de 2020, especialmente considerando que la Resolución N 02/2020 determinó un incremento de aportes para el mes de junio del 9,6%.
Que la propuesta desarrollada, en atención a las necesidades de ambos sectores tanto de activos como de pasivos, lo es previa verificación actuarial, legislación vigente y en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Asamblea Extraordinaria del mes de Diciembre pasado.Por ello, lo normado en los arts. 7, 30 y 37 de la Ley 8.349 T.O. 2012 en uso de sus atribuciones;El Directorio de la Caja de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba Resuelve: Artículo 1º:
ESTABLECER el haber de las Prestaciones a que hace referencia el artículo 30 inc. a de la Ley 8349 T.O. 2012 para la categoría A, en la suma de Pesos Veintisiete mil doscientos veinte $ 27.220,00 a partir del primero de junio del año 2020, de acuerdo a lo dispuesto por el Art.
30de la Ley 8349 T.O. 2012.Artículo 2: MODIFICAR las escalas de aportes personales establecidas en el art. 7º inc. a de la Ley 8.349 T.O.
2012, calculadas sobre el nuevo haber de la jubilación ordinaria, por las que a continuación
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

se fijan para los períodos indicados: a Desde el 01/06/2020 en adelante:

Hasta 29 años De 30 a 34 años De 35 a 39 años De 40 a 49 años De 50 años en adel.

Categ. A
7,07%
17,67%
22,38%
24,74%
25,91%

Categ. B Categ. C Categ. D
7,25%
7,33%
7,39%
18,11% 18,34% 18,47%
22,95% 23,22% 23,39%
25,36% 25,67% 25,86%
26,56% 26,88% 27,08%

b Desde el 01/09/2020 en adelante:

Hasta 29 años De 30 a 34 años De 35 a 39 años De 40 a 49 años De 50 años en adel.

Categ. A
7,60%
19,01%
24,08%
26,62%
27,88%

Categ. B Categ. C Categ. D
7,80%
7,89%
7,95%
19,49% 19,73% 19,87%
24,69% 24,98% 25,17%
27,29% 27,62% 27,82%
28,58% 28,93% 29,14%

Artículo 3: Regístrese, publíquese y archívese.
Córdoba, 11 de junio de 2020.Directorio.
1 día - Nº 288294 - $ 1996,50 - 11/12/2020 - BOE

Caja de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba Resolución General N 22/2020.Posterga actualización de porcentuales de aportes.VISTO:Lo dispuesto por los Arts. 30 y 7 de la Ley 8349.Y
CONSIDERANDO:Que la Resolución N 16/2020
estableció, con motivo de la actualización de haberes jubilatorios acaecida en junio de 2020, un incremento en los porcentuales de aportes equivalente al 7,6% para el mes de septiembre de 2020.Que la Resolución N 20/2015, aprobada en Asamblea Extraordinaria de fecha 11 de diciembre de 2015, dispuso un mecanismo de actualización de los aportes personales y otorgó al Directorio la facultad de aplicar el incremento de aportes en el transcurso de los seis 6 meses posteriores a cada actualización de haber jubilatorio.Que atendiendo a la situación excepcional de Pandemia y en concordancia con las medidas de diferimiento dispuestas en los vencimientos de aportes personales de los meses abril a agosto de 2020, se considera necesario postergar la actualización de aportes dispuesta por RG 16/2020
para ser aplicada en el mes de diciembre de 2020.
Que la propuesta desarrollada, en atención a las necesidades de ambos sectores tanto de activos como de pasivos, lo es previa verificación actuarial, legislación vigente y en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Asamblea Extraordinaria del mes de Diciembre pasado.Por ello, lo normado en los arts. 7, 30 y 37 de la Ley 8.349 T.O.
2012 en uso de sus atribuciones;El Directorio de
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/12/2020 - 3º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaeseArgentina

Data11/12/2020

Conteggio pagine42

Numero di edizioni3961

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione19/06/2024

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