Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/06/2021 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
MARTES 1 DE JUNIO DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 107
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
REMATES
El martillero Leandro Ariel Agusti comunica por 1
día que por cuenta y orden de Banco Santander Rio S.A. Art 39 Ley 12.962 y conf. Artículo 2229
del Código Civil y Comercial, subastará por ejecución de prendas, el 11/06/2021 a partir de las 11.30horas en el portal de Agusti www.agustisubastas.com.ar, los automotores que se detallan, en el estado en que se encuentran y fueran exhibidos los días 7 y 8 de Junio De10 a 12 y de 14 a 16 hs en POLO INDUSTRIAL EZEIZA AUT.
CAÑUELAS SALIDA TRISTÁN SUAREZ KM 41
PUENTE DEL INCA 2450 EZEIZA CALLE 15
LOTE 5074, Provincia de Buenos Aires. Puesta en marcha virtual POLZONI, DUILIO DANIEL
CHERY Rural 5 puertas TIGGO 2.0 LUXURY
A/T DOMINIO MZX 377 AÑO 2013 $ 267256,9
PEREYRA, DARIO MARTIN CHEVROLET SEDAN 5 PUERTAS CRUZE 5P 1.4 TURBO LT MT
DOMINIO AC758LR AÑO 2018 $ 461712,6
DIAZ, GILDA ANALIA VOLKSWAGEN SEDAN
5 PUERTAS SURAN 1.6 5D 060 AÑO 2019
DOMINIO AD401OI $ 796056,59// CIRELLI, MARIA CAROLINA RENAULT SEDAN 5 PUERTAS KWID INTENS 1.0 AÑO 2018 DOMINIO
AD339PK $ 376848,93// Venta sujeta a aprobación de la vendedora. Es de responsabilidad exclusiva de los participantes cerciorarse del estado y condición en el que se encuentran los bienes, debiendo concurrir al lugar de exhibición.
Seña $10.000. Comisión 10% del valor de venta más TASA ADMINISTRATIVA MAS IVA sobre comisión; grabado, verificación policial digital e informe de dominio a cargo del comprador. Saldo en 24 hs en efectivo en cuenta bancaria que se designará a tales efectos bajo apercibimiento de rescindir la operación con pérdida de la totalidad de las sumas entregadas por cualquier concepto a favor de la vendedora y del martillero actuante, sin interpelación previa alguna. Deudas de patente, impuestos e infracciones, como trámites y gastos de transferencia a cargo del comprador. La información relativa a especificaciones técnicas de los vehículos prestaciones, accesorios, años, modelos, deudas, patentes, radicación, etc. contenida en este aviso puede estar sujeta a modificaciones o cambios de úl-

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a SECCION

timo momento, dado que los vehículos se encuentran en exhibición por lo cual la información registral, de rentas y de infracciones puede ser consultada por los interesados directamente en el Registro de La Propiedad Automotor o en los entes correspondientes, la responsabilidad por estos cambios no corresponderá ni a la entidad vendedora ni al martillero actuante. Para certificados de subasta a efectos de realizar la transferencia de dominio en caso de compra en comisión se tendrá 120 días corridos para declarar comitente desde la fecha de subasta, transcurrido este plazo el mismo se emitirá a nombre de la persona que figure como titular en el boleto de compra. La unidad deberá ser retirada dentro del plazo que se anunciara en la plataforma web: www.agustisubastas.com.ar, vencido dicho plazo, el comprador deberá abonar la estadía por guarda del vehículo en el lugar donde se encuentre. Los compradores mantendrán indemne a Banco Santander Rio S.A., de cualquier reclamo que pudiera suscitarse directa o indirectamente con motivo de la compra realizada en la subasta. Se deberá concurrir con documento de identidad a la exhibición subasta. Se encuentra vigente la resolución general de la AFIP Número 3724. Buenos Aires, 31 de Marzo de 2021.- Martillero Nacional M 894 F 144 T III.
1 día - Nº 315574 - s/c - 01/06/2021 - BOE

CONCURSOS Y QUIEBRAS
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación, Secretaría N 3 de la ciudad de San Francisco, se hace conocer la siguiente resolución dictada en los autos caratulados:
DALMASSO, VICTOR HUGO QUIEBRA INDIRECTA.- SENTENCIA NUMERO: TREINTA Y
TRES. San Francisco, dieciocho de mayo de dos mil veintiuno. Y VISTOS: Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: I Declarar la quiebra del Sr.
Víctor Hugo DALMASSO, argentino, D.N.I. Nº 16.038.826, C.U.I.L. N 23-16038826-9, de estado civil casado con María Guadalupe Vaschetto, fecha de nacimiento: 04/02/1964, hijo de Mateo Dalmasso y de Esther Juan Rosa Ferrando, de profesión trabajador en relación de dependencia,
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SUMARIO
Remates Pag. 1
Concursos y Quiebras Pag. 1
Declaratorias de Herederos Pag. 2
Citaciones Pag. 6
Notificaciones Pag. 22
Presunciones de Fallecimiento Pag. 22
Sentencias Pag. 23
Sumarias Pag. 23
Usucapiones Pag. 23

con domicilio real en Pje. Rafael Núñez N 56 de la localidad de Devoto y con domicilio constituido en calle Bv. Roca N 1119 de esta ciudad de San Francisco, ambos del Departamento San Justo, Provincia de Córdoba. II Disponer que los acreedores posteriores a la presentación en concurso deben acudir por la vía incidental a los fines de requerir la verificación de sus créditos art. 202 de la L.C.. III Anotar la presente quiebra y la inhibición de los bienes del fallido en los Registros correspondientes, a cuyo fin ofíciese.
IV Ordenar al fallido y a los terceros que tengan bienes de la misma a ponerlos a disposición del Sindico dentro del término de veinticuatro horas de requeridos. V Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, si los llevara.
VI Prohibir que se efectúen pagos al fallido bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. VII
Interceptar la correspondencia dirigida al fallido, la que deberá ser entregada al Señor Sindico, a cuyo fin ofíciese a OCA, Correo Oficial de la República Argentina S.A., Andreani y Seprit. VIII
Procédase a efectuar las comunicaciones pertinentes a fin de asegurar el cumplimiento del art.
103 de la Ley Concursal, a cuyo fin ofíciese a la Dirección Nacional de Migraciones. IX Disponer la inmediata realización de los bienes que conforman el activo Concursal, a cuyo fin hágase saber a la sindicatura que deberá proceder al inmediato desapoderamiento de los bienes del Sr. Víctor Hugo DALMASSO, previo inventario, a cuyo fin ofíciese. Oportunamente la Sindicatura aconsejará la forma de realización de los mismos, que resulte más conveniente para los intereses de la masa 204 y siguientes de la L.C.
y la designación en su caso del enajenador art.
88 inc. 9 y 261 de la ley 24.522. X Cumplimén-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/06/2021 - 2º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaeseArgentina

Data01/06/2021

Conteggio pagine32

Numero di edizioni3621

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione31/05/2024

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