Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/10/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Las Malvinas son argentinas
LUNES 3 DE OCTUBRE DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCIV - Nº 201
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MINISTERIO DE FINANZAS

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a SECCION

Resolución N 264 - Letra:D
Córdoba, 29 de septiembre de 2022
VISTO: El Decreto Nº 1693/16 modificado por Decreto Nº 494/2020 que aprueba el Procedimiento para la implementación y mantenimiento del Proceso de Aprobación de Fraccionamiento Urbanos en la Provincia de Córdoba en el que se crea la Mesa Única de Entrada de Loteos M.E.U.L.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el citado procedimiento se propuso un mecanismo de tramitación simultanea e intercomunicada entre las dependencias estatales intervinientes para la aprobación de un loteo, tendiente a lograr mayor eficiencia y eficacia y reducir los plazos para su tramitación.
Qué asimismo, con posterioridad al dictado del Decreto N 1693/2016, se sancionó la Ley de Simplificación y Modernización de la Administración Pública que estableció en sus Arts. 3 y 4 que toda actividad cumplida en ejercicio de la función administrativa debe desenvolverse a través de medios digitales y formatos electrónicos.
Que no obstante ello, el procedimiento a los fines de la tramitación de aprobaciones de loteos hasta el momento es tramitado de manera mixta con la presentación de documentación en formato papel y digital, a la que pueden acceder las reparticiones intervinientes mediante el Sistema Único de Atención Ciudadana SUAC, siendo necesario la implementación del trámite de manera digital que permita mayor eficacia y reducir aún más los tiempos de las tramitaciones.
Que la Ministra de Coordinación, mediante Resolución N 46/2022, de fecha 10 de Agosto de 2022, dispuso que todas las actuaciones administrativas iniciadas por el ciudadano a través de la Plataforma Ciudadano Digital o por la Administración de oficio a partir de la entrada en vigencia de la citada resolución, deberán tramitarse en soporte digital a través de la Plataforma Expediente Digital sin perjuicio de aquellas que deban gestionarse en otras plataformas de trámites y servicios digitales específicos que brinda el Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Que la Secretaría de Innovación y Modernización dependiente del Ministerio de Coordinación desarrolló un sistema vertical a los fines de la tramitación de expedientes de MEUL íntegramente digital mediante e trámite Formulario de Ingreso digital FID conocido como CRM MEUL, el que se encuentra operativo, siendo necesaria su implementación de conformidad a lo dispuesto por el Ministerio de Coordinación, con vigencia a partir del 1
de octubre de 2022.
Que el Ministerio de Finanzas es la autoridad de aplicación del procedimiento aprobado por el Decreto N 1693/16 modificado por Decreto N
494/2020, estando facultado para disponer las modificaciones que estime pertinentes como así también al dictado de normas complementarias para su ca-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 264 - Letra:D Pag. 1
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 71 - Letra: D Pag. 2
Resolución N 419 Pag. 2
MINISTERIO DE SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N 292 Pag. 3
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Resolución N 116 Pag. 4
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N 531 Pag. 4
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N 75 Pag. 5

bal cumplimiento, por lo que corresponde establecer las condiciones a los fines de la tramitación obligatoria de los trámites correspondientes a MEUL mediante el citado e trámite, de conformidad a lo establecido precedentemente.
Por ello, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º ESTABLECER que, a partir del 1 de octubre de 2022, y en cumplimiento de lo establecido en la Resolución N 46/2022 del Ministerio de Coordinación las tramitaciones correspondientes al procedimiento establecido en el Decreto N 1693/2016 modificado por Decreto N 494/2020
a los fines de aprobación de loteos, tramitarán de manera íntegramente digital mediante e trámite, a través de la Plataforma CRM MEUL.
Artículo 2º ESTABLECER que los ingresos de nuevos expedientes y trámites a los fines de la aprobación de loteos deberán ser tramitados de manera obligatoria por e-trámite, correspondiente al CRM MEUL, publicado en la Guía de Trámites de la Provincia.
Artículo 3º DISPONER que, de manera gradual, los trámites que se encuentran en tratamiento en la MEUL deberán ser convertidos a los fines de su tramitación mediante e-trámite, mediante el uso del CRM MEUL, con el objeto de unificar su tramitación mediante un sistema único.
Artículo 4º ESTABLECER que las reparticiones intervinientes en el procedimiento para la aprobación de loteos deberán utilizar de manera obligatoria la plataforma de CRM MEUL, sin perjuicio de sus competencias, siendo responsables del cumplimiento de sus funciones conforme las siguientes consideraciones:

1

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/10/2022 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data03/10/2022

Conteggio pagine13

Numero di edizioni4157

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione08/06/2024

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