Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/03/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXIII - Nº 54
CORDOBA, R.A. VIERNES 13 DE MARZO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Artículo 6.- La condición de beneficiario del Programa no generará relación laboral alguna con la Provincia.
Artículo 7º.- El Programa comenzará a regir a partir del día 1 de febrero de 2020 y finalizará el día 31 de diciembre del mismo año, no pudiendo los servicios comunita-rios extenderse más allá de la fecha indicada para la finalización del mismo. La ayuda económica prevista en el artículo 5, será liquidada a cada beneficiario del PROGRAMA AUXILIARES ESCOLARES 2020, desde la fecha de vigencia prevista para el mismo.
Artículo 8º.- DESÍGNASE como Autoridad de Aplicación del presente Programa al Ministerio de Educación, el que estará facultado a dictar las reglamentaciones necesarias para hacer efectiva la puesta en marcha del Programa; como así también para modificar el monto de la ayuda económica en concepto de asignación solidaria de carácter no remunerativo, previa imputación presupuestaria de rigor.
Artículo 9.- FACÚLTASE a la Autoridad de Aplicación, para que, en casos de excepción y cuando las necesidades del servicio y los requerimientos de los estableci-mientos así lo justifiquen, disponga la reducción de hasta el cincuenta por ciento 50% de la carga horaria de los beneficiarios y, en consecuencia, del monto de la ayuda económica en concepto de asignación solidaria de carácter no remunerativo que aquéllos reciben.

Artículo 10º.- El procedimiento de selección, admisión, control y supervisión de los postulantes a Auxiliares Escolares, así como el procedimiento de pago de la ayuda económica a los beneficiarios, estará a cargo de la Autoridad de Aplicación.
Artículo 11º.- El gasto que demande la ejecución del Programa en cuestión, que as-ciende a la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA
Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL $ 145.200.000,00 se imputará a la Jurisdicción 1.35 Ministerio de Educación, Programa 352-000, Partida Principal 6, Parcial 06, Subparcial 01 Transferencias para Capacitación, Promoción o Inserción Laboral, del P.V., conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción Administración del Ministerio de Educación en el Documento de Contable, Nota de Pedido N 2020/000031.
Artículo 12º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 13.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 120

rídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 50 por la Dirección General de Asuntos Legales;
Córdoba, 10 de marzo de 2020

VISTO: El Expediente Nº 0645-001654/19 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasificación por localización del Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos C.E.N.M.A. N 191
-AnexoEE0110379 de Guatimozín, dependiente de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos, y la pertinente asignación de la bonificación respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para acceder a dicho beneficio, conforme con lo previsto en los arts. 2 inc. g y 9 del Decreto N 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasificar al mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente el respectivo porcentaje de bonificación por ese concepto.

Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 2873/19 del Área Ju-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo B de localización al Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos C.E.N.M.A. N 191 -AnexoEE0110379
de Guatimozín, dependiente de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos, a partir de la fecha de la presente resolución, y en consecuencia OTORGAR por ese concepto la bonificación del veinte por ciento 20% a su personal docente y del trece por ciento 13% a su personal no docente, conforme con lo previsto en los arts. 2 inc. g y 9 del Decreto N
1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 366; Partidas: Principal 01, Parciales: 01 Personal Permanente y 02 Personal No Permanente.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Secretaría de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO. : WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/03/2020 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data13/03/2020

Conteggio pagine9

Numero di edizioni4135

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione09/05/2024

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