Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/01/2020 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del
General Manuel Belgrano
MARTES 7 DE ENERO DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXI - Nº 4
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO
1
a SECCION
Decreto N 1764
Córdoba, 10 de diciembre de 2019
VISTO:
La necesidad de asesoramiento en materia de régimen y política previsional, en el ámbito de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que a tal fin resulta necesario designar funcionarios que reúnan las condiciones de capacidad e idoneidad para cubrir el cargo de Asesor de Gabinete del Ministerio de Finanzas.
Que los señores Sergio Esteban Castro y Nestor Prioto Lescano cumplen con los requisitos personales y de idoneidad para cubrir el cargo de Asesor de Gabinete del Ministerio de Finanzas.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 144, incisos 1 y 10 de la Constitución Provincial;
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1764 Pag. 1
Decreto N 1845 Pag. 1
Decreto N 1846 Pag. 2
Decreto N 1847 Pag. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 391 Pag. 2
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N 70 Pag. 3
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
Resolución N 25 Pag. 4
TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución N 228 Pag. 6
DIRECCION DE INTELIGENCIA FISCAL
Resolución N 01/2020 Pag. 6
Resolución N 02/2020 Pag. 7
Resolución N 03/2020 Pag. 8
Resolución N 04/2020 Pag. 8
Resolución N 05/2020 Pag. 9
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA :
Artículo 1.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, a los señores Sergio Esteban Castro M.I. N 11.745.504 y Néstor Prioto Lescano M.I. N 6.691.206 como Asesores de Gabinete del Ministerio de Finanzas, con nivel de Subdirector de Jurisdicción.
presente Decreto.
Artículo 2.- ORDÉNASE a las autoridades de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, prestar la máxima colaboración con los funcionarios designados en el artículo 1, facultándoselos a recabar toda la información necesaria que requiera el cumplimiento de su tarea.
Artículo 5.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése a la Secretaría General de la Gobernación, a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Finanzas, la señora Ministra de Coordinación y el señor Fiscal de Estado.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, MINISTRA DE
Artículo 3.- FACÚLTASE al Señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el
Decreto N 1845
COORDINACIÓN - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS - JORGE
EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
D E C R ETA
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
Artículo 1.- DESÍGNASE, a partir de la fecha de este instrumento legal, al señor Cr. Omar Clemente SOLDANO, D.N.I. N 11.767.320, como Subsecretario de Administración dependiente del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia de Córdoba.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Artículo 2.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar todas
Córdoba, 10 de diciembre de 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
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