Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/01/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 28 de enero de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXVI - Nº 18
CORDOBA, R.A. LUNES 28 DE ENERO DE 2008

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

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Decretos
Resoluciones
CENTENARIO DEL NATALICIO DE ATAHUALPA YUPANQUI

Declaran al año 2008
AÑO YUPANQUIANO
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 35
Córdoba 15 de enero de 2008.VISTO:
La proximidad de la celebración del centenario del nacimiento de Héctor Roberto Chavero, "Atahualpa Yupanqui".
Y CONSIDERANDO:
Que la posibilidad de realizar un homenaje al centésimo aniversario del nacimiento de una figura señera en la cultura folklórica Argentina, siendo merecidamente representante a nivel universal de nuestras expresiones; hacen que este Poder Ejecutivo realce la necesidad de valorar la dimensión de tan fausto acontecimiento promoviendo un sentido homenaje a su memoria.
Que Héctor Roberto Chavero Aramburu, nombre con el que fue inscripto en la Ciudad de Pergamino, nació en la Provincia de Buenos, el 31 de enero de 1908, en el paraje conocido como Campo de la Cruz, su padre era originario de la provincia de Santiago del Estero Loreto, y tenía sangre quechua, en tanto que su madre era vasca, combinación de estirpes que generaron la sangre de uno de los poetas más profundos de nuestro país y de toda la humanidad.
Que durante su infancia sus días transcurrieron entre los asombros y revelaciones que le brinda la vida rural y el maravilloso descubrimiento del mundo de la música, al que se acerca a través del canto de los paisanos y el sonido de sus guitarras.
Que desde que empezó a dar a conocer sus
poemas firmaba con el seudónimo de Atahualpa Yupanqui; la etimología de este nombre la dio él mismo: "Viene de lejanas tierras para contar algo"
Ata: viene; Ku: de lejos; Alpa: tierra; Yupanqui:
narrarás, haz de contar.
Que el homenaje que por este acto se propicia, no es sólo por la calidad de su música y poesía, sino también por su voluntad inquebrantable de defensa de la libertad del hombre ante la tiranía y la opresión vivida en oscuras épocas de nuestra patria, reflejadas maravillosamente, entre otras, en la letra de las "Coplas del Payador perseguido", que ponen de manifiesto la inestimable valía de "Don Ata", que debe ser transmitida como un legado cultural y humano para las nuevas generaciones de argentinos.
Que la figura de Atahualpa Yupanqui recordada en el mundo entero, -más allá de sus rasgos y facciones que acreditan su estirpe americana-, por el valor de su trova y pensamiento argentino, traducido a muchos idiomas, sumado a la vigencia de sus aciertos poéticos y musicales que a raíz de ello día a día nos tienen presentes en los más recónditos lugares del orbe como un pueblo de tradiciones propias y buenas costumbres, hacen que corresponda -al cumplirse un siglo de su nacimientoreconocer y difundir el valor de su denodado trabajo.

que descansen junto a él sus versos y sus coplas.
Que en mérito de lo brevemente reseñado, corresponde declarar en la Provincia de Córdoba a este Año 2008 como el "Año Yupanquiano", amén de justicia y merecimiento, adelantándonos a cualquier otra decisión tardía; y a la vez, por haber sido el paisaje de "Cerro Colorado" uno de sus yacimientos preferidos en cuanto a inspiración y alimento de su recreación artística nuestro coterráneo homenaje.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º: DECLÁRASE, en el ámbito de la Provincia de Córdoba, al año 2008, centenario del natalicio del señor Héctor Roberto Chavero "Atahualpa Yupanqui", como "AÑO YUPANQUIANO".
Artículo 2º: INSTRÚYESE al Ministerio de Educación para que adopte las medidas conducentes a fin de difundir la obra de Atahualpa Yupanqui en los establecimientos escolares de su dependencia.
Artículo 3: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado y firmado por el señor Secretario de Cultura.
Artículo 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese al Ministerio de Educación a sus efectos, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.

Que como una anécdota de la dimensión del poeta, debe recordarse que al día siguiente, 24 de mayo de 1992 después que la noticia de su muerte llegara a la Universidad de la Sorbona, las autoridades de la alta casa de estudios ordenaron un minuto de silencio en homenaje y respeto hacia tan célebre nombre de lo que fue su persona.

ARQ. JOSÉ JAIME GARCIA VIEYRA
SECRETARIO DE CULTURA

Que la Provincia de Córdoba, tiene el orgullo de haber recibido en su seno al eximio poeta, en el Cerro Colorado, lugar que eligió para
DR. JOSÉ GOMEZ DEMMEL
FISCAL DE ESTADO ADJUNTO
A/C FISCALÍA DE ESTADO

CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCION Nº 1
Córdoba, 11 de Diciembre de 2007.VISTO: la necesidad de designar el representante del Poder Ejecutivo dentro de estructura del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario Ley 9120 y art. 85 de la Ley N
9235.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 2 de la citada ley N 9120 prevé que el referido TRIBUNAL DE CONDUCTA
estará integrado por tres miembros titulares y tres suplentes, especificando que el Poder Ejecutivo tendrá un representante titular y un suplente en dicho Tribunal.
Que el artículo 3 del mencionado cuerpo formativo, establece que los representantes del Poder Ejecutivo serán designados por el Ministerio de Seguridad.
Que conforme la nueva estructura orgánica del Poder Ejecutivo dispuesta por Ley N 9454, compete al Ministerio de Gobierno la integración y funcionamiento del Tribunal de Conducta Policial art. 17 inc. 20.
Por ello, EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha de la presente resolución a la Dra. ANA MARÍA
BECERRA D.N.I. N 5.893.903 como miembro titular del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario, en representación del Poder Ejecutivo Provincial.
Artículo 2º.- DESÍGNASE a partir de la fecha de la presente resolución al Dr. CÉSAR ANTONIO MARTINEZ REMACHA D.N.I. N
13.275.026 como miembro suplente del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario, en representación del Poder Ejecutivo Provincial.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/01/2008 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data28/01/2008

Conteggio pagine7

Numero di edizioni4163

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione19/06/2024

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